Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2010 (14/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de noviembre de 2010

de la Oficina Central de Asesoria Juridica de la UNFV, que contienen informaciones inexactas, como en el setimo considerando que precisa que el Padron de Docentes remitido por el Rector de la UNFV, mediante Oficio Nº 1264-2010-R-UNFV del 05.08.10, al Comite Electoral Externo "fue un padron provisional", y que la Oficina Central de Asesoria Juridica de la UNFV, con Oficio Nº 1674-2010-OCAJ-UNFV del 15.09.10, remitio a dicho Comite el "Padron Oficial de Docentes". Sin embargo, con el Oficio Nº 1264-2010-R-UNFV del Rectorado se remite el Oficio Nº 1405-2010-OCRH-UNFV de la Oficina Central de Recursos Humanos de la UNFV, con un ejemplar del padron de docentes de la Universidad en orden alfabetico, Facultad, categoria y relacion de suspendidos, con licencias y observaciones, en el que no se hace mencion alguna a que se trata de un padron provisional. Tambien en el octavo considerando de la citada Resolucion R. Nº 12161-2010-CU-UNFV, se refiere al caso del profesor cesante Jaysuno Abramovich Schwartzberg, se afirma que el Comite ha considerado al referido docente en el padron de docentes activos e integrante en la lista para Consejo de Facultad, y no toma en cuenta que con Resolucion Nº 006-2010-CEE-UNFV de fecha 11.10.10, el Comite Electoral Externo declaro FUNDADO el recurso de tacha interpuesto en su contra y con Resolucion Nº 046-2010-CEE-UNFV del 19.10.10, el Comite Electoral Externo declaro INFUNDADO el recurso de reconsideracion presentado contra dicha Resolucion. Ademas, sobre el sorteo de conformacion de las mesas de sufragio de los representantes de los alumnos, el Comite Electoral Externo, al MORDAZA del articulo 39º de la Ley Nº 23733, como organo encargado de organizar, conducir y controlar los procesos electorales, suspendio el sorteo de miembros de mesa y coordinadores para elecciones de estudiantes, debido a que el dia 19 de octubre del 2010, no se contaba con las garantias necesarias para continuar con dicho sorteo, por lo que junto con el Fiscal Adjunto Provincial del Pool de Fiscales de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y personeros de las Listas, suscribieron el Acta N° 55 en la que se acordo la forma y el modo de como se llevaria a cabo el sorteo para el dia 20.10.10 a las 16:00 horas, acuerdo que fue publicado el mismo dia 19.10.10. Sobre el sorteo de conformacion de las mesas de sufragio de los representantes para las mesas de sufragio de docentes, miembros, ubicacion de mesas y nomina de electores en acto publico, el Comite Electoral Externo junto con el Fiscal Adjunto Provincial de Prevencion del Delito de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y en presencia de los personeros de las Listas de candidatos docentes se realizo el sorteo en forma ordenada y transparente dentro de un debido procedimiento, conforme consta en el Acta Fiscal de fecha 22.10.10. Asimismo, en el considerando 17 de la Resolucion Nº 12161-2010-CU-UNFV se afirma que el Comite Electoral Externo vulnera las normas al autorizar que su Secretario suscriba las resoluciones emitidas por dicho Colegiado, acto que no vulnera la Ley Universitaria, ya que dentro del MORDAZA de autonomia este esta facultado para organizar el MORDAZA electoral, debiendo precisarse que no existe MORDAZA que establezca que este cargo sea ejercido por un miembro del Comite Electoral Externo. Por tanto, es de aplicacion el articulo 2º inciso 24 literal a) de la Constitucion que precisa que nadie esta obligado hacer lo que la ley MORDAZA ni impedido de hacer lo que esta no prohibe. Es de considerar, tambien que el Secretario de un organo oficia de fedatario, siendo su participacion estrictamente formal, refrendando con su firma los actos del organo respectivo. Por lo tanto, la designacion y participacion de dicho Secretario no trasgrede ninguna MORDAZA legal o administrativa. Que, desde el 18 de MORDAZA del 2010, en la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA no funciona la Asamblea Universitaria, por la suspension por parte del Consejo Universitario, del MORDAZA electoral y la conclusion de los mandatos de los representantes docentes y estudiantiles. Tampoco funcionan los Consejos de Facultad y los Decanatos se encuentran encargados no a los profesores principales mas antiguos de cada Facultad lo cual, ademas, vicia de ilegitimidad el funcionamiento del Consejo Universitario integrado por dichos Decanos. Ademas, tampoco existe MORDAZA Estudiantil en dicho Consejo Universitario ni los otros organos de gobierno; Que, una vez mas en estos ultimos meses, en la

Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA el Rector y el Consejo Universitario vulnera el articulo 39° de la Ley Universitaria y constituye grave irregularidad que motiva la aplicacion de las Ley Nº 26490 ampliada por la Ley Nº 27602, que autoriza a la Asamblea Nacional de Rectores a intervenir de oficio en estos casos en universidades publicas y privadas; Que, lo expuesto en los considerandos precedentes, se concluye que en la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA se ha configurado la situacion de ingobernabilidad por la falta de sus organos de gobierno legalmente constituidos, consecuentemente, se encuentra incursa en las causales previstas por la Ley Nº 26490 y Ley Nº 27602, quedando la Asamblea Nacional de Rectores en la obligacion de intervenir de oficio, mucho mas cuando los hechos ocurridos son de dominio publico tal como se acredita con las propias publicaciones de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA en "El Peruano" y diarios de circulacion nacional. Que, la Comision de Coordinacion Interuniversitaria en sesion extraordinaria de fecha 10 de noviembre de 2010, acordo declarar en situacion de ingobernabilidad a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, y en aplicacion de las Leyes Nos. 26490 y 27602 conformar una Comision de Orden y Gestion, con las previsiones adicionales que MORDAZA factible corregir la presente situacion. Estando a lo acordado; y, De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y las Leyes Nº 26490 y Nº 27602 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de ingobernabilidad a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA y suspender en sus funciones a los profesores que a la fecha vienen ejerciendo los cargos de Rector y Vicerrectores Academico y Administrativo, respectivamente. Articulo 2º.- Conformar una Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, por el plazo de ciento ochenta (180) dias, la misma que sera designada por otra resolucion. Articulo 3º.- Establecer que la Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, dentro del MORDAZA de intervencion, MORDAZA las veces de Consejo Universitario y de Asamblea Universitaria. El Presidente MORDAZA las veces de Rector, el primer Vicepresidente de Vicerrector Academico y el MORDAZA Vicepresidente de Vicerrector Administrativo. Articulo 4º.- La Comision de Orden y Gestion ejercera sus atribuciones de conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733, Leyes No. 26490 y Nº 27602, sustanciara los procedimientos administrativos a fin de identificar la responsabilidad de las autoridades, personal docente y administrativo a que hubiere lugar, por los ultimos acontecimientos que han afectado la gobernabilidad institucional. Para la realizacion de los procesos electorales a que hubiera lugar la Comision de Orden y Gestion prestara las facilidades que MORDAZA necesarias al Comite Electoral Externo. Articulo 5º.- Ratificar y prorrogar el mandato del Comite Electoral Externo designado por Resolucion Nº 0625-2010-ANR, para que continue con el MORDAZA eleccionario hasta la conformacion de los organos de gobierno y eleccion de las autoridades. Articulo 6º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de la Institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 566706-1

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