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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (14/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de noviembre de 2010 429196 marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, y los viajes que efectúen los trabajadores de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) vinculados con el cumplimiento de sus objetivos estratégicos, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado y Dicta Otras Medidas, y modifi catoria. Todos los viajes se realizan en categoría económica. En las entidades del Poder Ejecutivo, las excepciones adicionales a la restricción establecida en el primer párrafo se canalizan a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante resolución suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. En el caso de los Organismos Constitucionalmente Autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad; en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, se autoriza mediante acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente. En todos los casos, la resolución o acuerdo de excepción es publicado en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Informe Legal N° 1147-2010-GRSM/ CR, de fecha 19 de octubre del 2010, la Ofi cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional de San Martín, opina porque se autorice el viaje de la Directora Regional de Comercio Exterior y Turismo de San Martín – Ing. Yzia Encomenderos Bancallan, a la República de Brasil entre los días del 15 al 26 de noviembre del 2010, para que dentro del Convenio Marco de Cooperación Técnica entre el Gobierno Regional de San Martín y el Instituto Interamericano de Cooperación para la agricultura, asista al II Concurso Internacional de Actualización Conceptual e Intercambio de Experiencias y el V Foro de desarrollo Territorial estrategias de Combate a la Pobreza Rural, debiendo elevarse el presente Informe al Consejo Regional para su correspondiente aprobación, teniendo en cuenta que si bien es cierto los gastos de pasajes serán asumidos por la Directora Regional y el alojamiento por el CIIA, también es cierto que la mencionada Directora Regional, continuará percibiendo retribución económica del Estado Peruano en el período de tiempo que dure su viaje; Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por las Leyes Nº 27902 y N° 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos de interés público, ciudadano o institucional; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada en el Recreo Turístico los Krotos, ubicado en el distrito y provincia de Lamas, el día viernes 22 de octubre del 2010, aprobó por unanimidad el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero: AUTORIZAR a la Directora Regional de Comercio Exterior y Turismo de San Martín – Ing. Yzia Encomenderos Bancallan el viaje ofi cial a la República de Brasil, a partir del 15 al 26 de noviembre del 2010, para que dentro del Convenio Marco de Cooperación Técnica entre el Gobierno Regional de San Martín y el Instituto Interamericano de Cooperación para la agricultura, asista al II Concurso Internacional de Actualización Conceptual e Intercambio de Experiencias y el V Foro de desarrollo Territorial estrategias de Combate a la Pobreza Rural. Artículo Segundo: ESTABLECER que los pasajes, serán asumidos por la Directora Regional de Comercio Exterior y Turismo de San Martín y los gastos de alojamiento, y alimentación que origine el viaje descrito en el artículo primero del presente acuerdo, serán asumidos por el IICA; teniendo en cuenta que la mencionada Directora Regional continuará percibiendo retribución económica del Estado Peruano, en el período de tiempo que dure su viaje. Artículo Tercero: DISPONER que la Directora Regional de Comercio Exterior y Turismo de San Martín – Ing. Yzia Encomenderos Bancallan, dentro de los 15 días calendario siguientes a su retorno, deberá presentar un informe detallado de las acciones realizadas, con el sustento documentario respectivo. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de San Martín, realizar los trámites respectivos para la publicación del presente acuerdo regional en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, Publíquese y Cúmplase. DERTIANO RIOS RUIZ Presidente Consejo Regional de San Martín 566228-1 Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2010 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 142-2010-GR-SM/DREM Moyobamba, 2 de noviembre del 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los gobiernos regionales ejercerán funciones especifi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas, las funciones en materia de minas, específi camente la de: Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal; conforme lo señala el inciso f) del artículo 59º de la referida Ley; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008- MEM-DM se resuelve declarar al Gobierno Regional de San Martín, haber concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de la misma; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 017-2007-GRSM/ CR se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas de San Martín, en la que establece la función de Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 24º del Reglamento de Procedimientos Mineros aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-92-EM, y con las visaciones de la Ofi cina Técnica de Minería y Ofi cina de Asesoría Legal de la Dirección Regional de Energía y Minas de San Martín; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre del 2010, de acuerdo a la nomenclatura que se establece: NOMENCLATURA: A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO DE RESOLUCION DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS 1.- A) MSP ARENAL B) 720000910 C) MARIO SANTILLAN PORTOCARRERO D) 138-2010-GR-SM/ DREM E) 18 F) V1: N9285 E246 V2: N9284 E246 V3: N9284 E244 V4:N9285 E244 2.- A) LAS LOMAS DEL FRAYLE II B) 720002709 C) JOSE NATIVIDAD VELA PEREZ D) 139-2010-GR-SM/DREM E) 18 F) V1: N9280 E355 V2: 9279 E355 V3: N9279 E354 V4:N9280 E354 3.- A) DICOPA II B) 720000110 C) DILMER COBA PADILLA D) 140-2010-GR-SM/DREM E) 18 F) V1: N9332 E254 V2: N9330 E254 V3: N9330 E253 V4:N9332 E253 4.- A) ALDRACO B) 720000510 C) FREDDY RENGIFO CULQUI D) 141-2010-GR-SM/DREM E) 18 F) V1: N9326