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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de noviembre de 2010 429281 los contribuyentes del Distrito, a fi n de que puedan cumplir con sus obligaciones ante la Administración Tributaria Municipal incluso para el mes de Noviembre del presente año; Estando a lo expuesto, con las visaciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; y, de conformidad con las atribuciones conferidas en el numeral 6 del Artículo 20° y a lo normado por el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR los Benefi cios Tributarios a que se refi ere la Ordenanza Municipal N° 188-MDC y el Decreto de Alcaldía N° 006-2010-A/MDC, hasta el 30 de Noviembre del 2010, de acuerdo con los considerandos expuestos en este Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Rentas, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Informática y a la Subgerencia de Imagen Institucional, la responsabilidad del cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la tramitación de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 567287-1 MUNICIPALIDAD DE LURIN Disponen que los recursos autorizados mediante D.U. N° 071-2010, correspondientes al Programa de Modernización Municipal se destinen a la ejecución de actividades de carácter prioritario ACUERDO DE CONCEJO Nº 058-2010/ML Lurín, 16 de noviembre de 2010 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN; VISTO: En Sesión de Concejo Extraordinaria de la fecha, en el local del Palacio Municipal, presidida por el señor Alcalde Jorge Marticorena Cuba y la asistencia de los señores Regidores Antonio Cuya Silva, María Lau Bartra, Martin Apolaya A., José Zavala Manco, Mario Carrasco Bejar, Rosa Justiniano Quin, Elsa Andrade Vilca, Verónica Simpson Gonzales y Adán Espinoza Martinez, el Informe N° 186-2010-GA/ML de la Gerencia de Administración; y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos II y IV del Título preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – Los gobiernos locales tienen como fi nalidad representar al vecindario y promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales, gozando además de autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante el artículo 1º numeral 4 literal a) de la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010 – modifi cada mediante Decreto de urgencia Nº 119-2009, se crea el Programa de Modernización Municipal para el período 2010-2013, con el objeto de dotar de recursos a los gobiernos locales para generar condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la economía local, precisando que dichos recursos se transfi eren en dos (02) etapas: la primera hasta el 31 de marzo de 2010 y la segunda hasta el 30 de septiembre de 2010. Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 071-2010 publicado en el diario ofi cial El Peruano el jueves 4 de noviembre del 2010 se “establecen medidas extraordinarias a fi n de autorizar una transferencia de partidas a favor de los gobiernos locales en el presupuesto del sector público para el año fi scal 2010 en el marco del Programa de Modernización Municipal y el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal”, precisando en su artículo 5º que “mediante Acuerdo del Concejo Municipal, los recursos del Programa de Modernización Municipal podrán destinarse a otras fi nalidades, actividades y proyectos que la Municipalidad considere prioritarios siempre que ello no limite el cumplimiento de las metas del mencionado programa” (sic). Asimismo, se establece que el acuerdo de Concejo que se emita debe ser publicado tomando en cuenta los lineamientos establecidos en el artículo 44º numeral del 1 al 4, lo cual refi ere la publicación de normas en el diario ofi cial El Peruano como requisito para su vigencia; Que, mediante el artículo 3º del citado Decreto de Urgencia se establece que los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 2.1. del artículo 2º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Que, mediante Anexo del citado Decreto de Urgencia, se establece que los montos a transferir a favor de la Municipalidad de Lurín por el cumplimiento de metas de setiembre del 2010 del Programa de Modernización Municipal asciende a S/. 555.034.00 (Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Treinta y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe Nº 451-2010-GPPR/ML, la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización comunica los resultados de la evaluación del cumplimiento de metas del Programa de Modernización Municipal, aprobados por Resolución Directoral Nº 026-2010- EF/76.01 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; verifi cándose que la Municipalidad de Lurín ha cumplido el 100% de las Metas programadas a Agosto del presente año. Asimismo, se informa que se tiene avanzado el cumplimiento de las metas correspondientes al mes de Febrero del 2011 en los que respecta a las categorías de: Recaudación de Impuestos Municipales y la Generación de Condiciones Favorables del Clima de Negocios (Simplifi cación Administrativa y Servicios Públicos e Infraestructura); por lo que recomienda que los recursos autorizados para dicho programa en el D.U. Nº 071-2010 sean destinados a otras fi nalidades que se consideren prioritarias. Que, de acuerdo al Informe Nº 186-10-GA/ML de la Gerencia de Administración, solicita que los recursos provenientes del Programa de Modernización Municipal, sean utilizados en los gastos de Gestión Administrativa y refuerzo para la prestación de los Servicios Públicos de Serenazgo, Parques y Jardines y Limpieza Pública, con la fi nalidad de brindar una efi caz atención a los contribuyentes del Distrito de Lurín. Que, mediante Informe Nº 2207-2010-GAJ/ML de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que lo solicitado por la Gerencia de Administración cuenta con el marco normativo correspondiente. Que, en uso de las facultades conferidas por el artículo 39º numera 2) de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el artículo 9º numeral 16) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el VOTO UNANIME de los señores regidores presentes, el Concejo Municipal aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR que los recursos autorizados mediante Decreto de Urgencia Nº 071-