Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2010 (17/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

429269

Gerencia de Plataforma del Seguro, Gerencia Tecnica de Seguros, Redes Asistenciales e Institutos Especializados para los fines correspondientes y a los citados empleados, para los fines correspondientes. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Central de Aseguramiento ESSALUD 567293-1

018-GCASEG-ESSALUD-2009 referido a la MORDAZA de Evaluacion medica emitida por EsSalud para las personas mayores de 70 anos de edad, es aplicable a los nuevos afiliados al Seguro de Salud Agrario Independiente. El costo de la evaluacion medica para la afiliacion por primera vez al Seguro de Salud Agrario Independiente, de las personas mayores de 70 anos de edad, sera asumido por el solicitante. Articulo 2º.- PRECISAR que para la reinscripcion al Seguro de Salud Agrario Independiente, senalado en el numeral b) del articulo 3o de la ResolucionNº 012GCASEG-ESSALUD-2009 no sera aplicable el requisito de MORDAZA de Evaluacion Medica emitida por EsSalud. El plazo para la reinscripcion al Seguro de Salud Agrario Independiente se amplia hasta el 30 de octubre de 2010. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA Gerencia Central de Aseguramiento ESSALUD 567295-1

Establecen precisiones a los requisitos de afiliacion al Seguro de Salud Agrario Independiente para personas mayores de 70 anos
RESOLUCION DE LA GERENCIA CENTRAL DE ASEGURAMIENTO Nº 08-GCAS-ESSALUD-2010 MORDAZA, 10 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27360, Ley que aprueba las Normas de Promocion del Sector Agrario, asi como su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 049-2002-AG, con sus respectivas normas modificatorias, establecen los beneficios que fomentan la actividad del Sector Agrario en el MORDAZA, entre los cuales se encuentra el Seguro de Salud para los trabajadores agrarios; Que, mediante Ley Nº 27460, Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura, se incorpora a los trabajadores de la actividad acuicola al Seguro de Salud de los trabajadores de la actividad agraria, creado por la Ley Nº 27360; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 366-PE-ESSALUD-2010 se aprobo la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia Central de Aseguramiento, la cual senala en articulo 7º incisos c), que compete a esta Gerencia Central dirigir y controlar los planes, procesos, actividades y resultados relacionados con el Regimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, los seguros encargados por Ley y otros seguros de salud y de riesgos humanos, dirigiendo a su vez la formulacion e implementacion de las normas, procedimientos e indicadores del Sistema de Aseguramiento en EsSalud; Que, mediante Resolucion de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 12-GCASEG-ESSALUD-2009 se aprobo el Formulario de Registro del afiliado titular, los requisitos y procedimiento para la afiliacion al Seguro de Salud Agrario Independiente. Asimismo, mediante Resolucion de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 14GCASEG-ESSALUD-2009 se aprobo los procedimientos de Registro del titular bajo las modalidades individual y colectiva, asi como el procedimiento de reconocimiento de pagos; Que, mediante Resolucion de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 18-GCASEG-ESSALUD-2009 se aprobo las modificaciones a la Resolucion de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 12-GCASEG-ESSALUD2009, que aprobo entre otros aspectos los requisitos y procedimiento para la afiliacion al Seguro de Salud Agrario Independiente; Que, es necesario precisar los requisitos de afiliacion al Seguro de Salud Agrario Independiente para las personas mayores de 70 anos de edad, a lo establecido en el Acuerdo de Consejo Directivo Nº 2-1-ESSALUD2005; Que, de conformidad con las facultades conferidas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- PRECISAR que el requisito senalado en el literal f) del numeral 2.1 del articulo 2º de la Resolucion Nº

Disponen la reincorporacion de afiliados mayores de 70 anos al Seguro de Salud Agrario para los Trabajadores Independientes que no presentaron MORDAZA de evaluacion medica emitida por ESSALUD
RESOLUCION DE LA GERENCIA CENTRAL DE ASEGURAMIENTO Nº 09-GCAS-ESSALUD-2010 MORDAZA, 14 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo de Consejo Directivo Nº 2-1-ESSALUD2005 establecio algunos requisitos de afiliacion al Seguro de Salud Agrario para los Trabajadores Independientes, entre otros, los referidos a la MORDAZA de Evaluacion medica emitida por EsSalud para las personas mayores de 70 anos de edad; Que, mediante Resolucion de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 08-GCAS-ESSALUD-2010 se precisaron aspectos relacionados con el procedimiento y los requisitos para la afiliacion al Seguro de Salud Agrario Independiente establecidos en la Resolucion Nº 012-GCASEG-ESSALUD-2009 y la Resolucion Nº 018GCASEG-ESSALUD-2009 relacionados con el requisito de la Evaluacion medica emitida por EsSalud para las personas mayores de 70 anos de edad del Seguro de Salud Agrario para los Trabajadores independientes; Que, la Resolucion de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 08-GCAS-ESSALUD-2010, tiene como finalidad aclarar los limites y el significado del requisito de afiliacion al Seguro de Salud Agrario para los trabajadores en mencion a que se refieren las normas precisadas, con relacion a lo establecido en el Acuerdo de Consejo Directivo Nº 2-1-ESSALUD-2005; Que, en este sentido, la eficacia de la Resolucion de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 08-GCASESSALUD-2010, debe extenderse desde la entrada en MORDAZA de las resoluciones precisadas; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 366-PEESSALUD-2010 que aprueba la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia Central de Aseguramiento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la reincorporacion de los afiliados mayores de 70 anos de edad al Seguro de Salud Agrario para los Trabajadores Independientes, que no presentaron la MORDAZA de Evaluacion Medica emitida por EsSalud en el procedimiento de reinscripcion a que

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