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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (17/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de noviembre de 2010 429275 Pasajes US$ 1341,35 Viáticos US$ 1000,00 Tarifa Única de uso de Aeropuerto US$ 31,00 TOTAL US$ 2372,35 Artículo 3°.- La Presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE Presidente 566827-1 UNIVERSIDADES Aprueban donación dineraria a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1555 Lima, 11 de noviembre del 2010 Visto el Ofi cio No. 01223-UT/OCEF-2010, de la Unidad de Tesorería de la Ofi cina Central de Economía y Finanzas de esta Casa Superior de Estudios, comunicando una donación efectuada por la Empresa Petrolera UNIPETRO ABC S.A.C. CONSIDERANDO: Que, la Empresa Petrolera UNIPETRO ABC S.A.C., con RUC Nº 20161738272, ha efectuado una donación dineraria a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, que asciende a la suma de S/. 42,086.00 (Cuarenta y Dos Mil Ochenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles), registrada el 26 de octubre del 2010 según Recibo por Donación Nº 320 emitido por la Unidad de Tesorería de la Ofi cina Central de Economía y Finanzas, comunicada a la Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto mediante Ofi cio Nº 01223-UT/OCEF-2010, donación otorgada a la Facultad de Ingeniería de Petróleo, Gas Natural y Petroquímica de la UNI, destinada para el Proyecto “Ampliación del Laboratorio de Química de la FIP”. Estando a lo informado por la Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto, y de conformidad con el Artículo 52º, Inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación dineraria que efectúa la Empresa Petrolera UNIPETRO ABC S.A.C., con RUC Nº 20161738272, por la suma de S/. 42,086.00 (Cuarenta y Dos Mil Ochenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, registrada el 26 de octubre del 2010 según Recibo por Donación Nº 320 emitido por la Unidad de Tesorería de la Ofi cina Central de Economía y Finanzas, comunicada a la Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto mediante Ofi cio Nº 01223-UT/OCEF-2010. Artículo 2º.- Disponer que la donación mencionada sea destinada para el Proyecto “Ampliación del Laboratorio de Química de la FIP”. Artículo 3º.- Agradecer a la Empresa Petrolera UNIPETRO ABC S.A.C. por la donación realizada, la misma que será en benefi cio de nuestra Comunidad Universitaria. Artículo 4º.- Encargar a la Facultad de Ingeniería de Petróleo, Gas Natural y Petroquímica de la UNI, la realización de los trámites y el pago de los derechos de publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario Ofi cial “El Peruano” dentro de los 05 días hábiles siguientes. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO PADILLA RIOS Rector 567615-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Aprueban y aceptan donación efectuada por empresa minera a favor del Gobierno Regional destinada a la ejecución del Proyecto “Irrigación Cañón Apurímac Tramo III” ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 539-2010-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en sesión Ordinaria de fecha dieciocho de Octubre del año dos mil diez, ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Título IV, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia…”. Que, la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867 modifi cada por la Ley Nº 27902, establece en su artículo 2º que: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera; un Pliego Presupuestal”. Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone: “Las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del titular de la Entidad cuando provienen de las fuentes de fi nanciamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones ofi ciales de crédito que se produzcan durante el año fi scal”. Que, el Artículo 69º de la Ley precedentemente referida, dispone además: “Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios ce cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución de la entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos”. Que, la presidencia del Gobierno Regional de Cusco, da cuenta que se ha suscrito el Convenio de Donación Nº 100-2010-GR CUSCO/PR con la Empresa Minera XSTRATA TINTAYA S.A., para la ejecución del Proyecto de Irrigación Cañón de Apurímac, por el que se obliga a donar S/. 2’500,000 de los cuáles S/. 2’383,700 constituyen donación dineraria; y S/. 216,300 en bienes materiales valorizados (madera y Triplay) por lo que solicita al Consejo Regional, la incorporación de dichos recursos fi nancieros al Presupuesto Institucional. El Consejo Regional del Cusco, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y el Reglamento Interno de Organización y Funciones, ha aprobado emitir el presente; y por tanto: ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR Y ACEPTAR la Donación de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON