Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2010 (20/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

429471

CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 1192 de fecha 09 de noviembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, la MORDAZA de MORDAZA del Peru y la Armada de MORDAZA participaran en la VI Reunion de la Comision Mixta de Drogas Chile- Peru y, a su vez, la armada Chilena efectuara una visita a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas ­ DICAPI, para el presente mes; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, detallado a continuacion, del 21 al 25 de noviembre de 2010, para participar en la "VI Reunion de la Comision Mixta de Drogas Chile- Peru" y visitar la Direccion General de Capitanias y Guardacostas ­ DICAPI: 1. Capitan de Fragata MORDAZA Vielma MORDAZA 2. MORDAZA Primero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 569322-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1266-2010-DE/SG MORDAZA, 19 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 1217 de fecha 17 de noviembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, sin MORDAZA de guerra;

Que, en el MORDAZA de la "IX Reunion Bilateral de Comandos Navales Fronterizos Bolivia-Peru", realizada en la MORDAZA de Copacabana, se establecio llevar a cabo la proxima reunion del presente ano en la MORDAZA de Lima; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, al personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, detallado a continuacion, el 21 de noviembre de 2010, para participar en la "X Reunion Bilateral de Comandos Navales Fronterizos Bolivia-Peru": 1. Capitan de Navio 2. Capitan de Navio 3. Capitan de Fragata 4. Capitan de Corbeta MORDAZA Alcon MORDAZA MORDAZA MORDAZA Acha Marconi MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Borgman MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley Nro. 27856, modificado por Ley Nro. 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 569322-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1267-2010-DE/SG MORDAZA, 19 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº F-1193 de fecha 09 de noviembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de Colombia que cuenta con la Certificacion Operativo Final del curso de Operaciones Riberenas, participara como Observador en el "XXI Curso de Operaciones Riberenas 2010", a llevarse a cabo en la MORDAZA de Iquitos; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso

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