Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de noviembre de 2010 429820 las decisiones de la autoridad administrativa que impongan sanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adoptarse dentro de los límites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporción entre los medios a emplear y los fi nes públicos que deba tutelar, a fi n que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfacción de su cometido. 24. En consecuencia, no existiendo circunstancias, además de presentar sus descargos, que permiten atenuar la responsabilidad de la proveedora en la comisión de la infracción, corresponde imponer la sanción administrativa de inhabilitación temporal en sus derechos para participar en procesos de selección y contratar con el Estado por el periodo veinte (20) meses a la señora Victoria Micaela Trejo Vieda, por los fundamentos expuestos. 25. Finalmente, al constatarse la presentación de documentación falsa, prevista en el artículo 427º del Código Penal, este Colegiado deberá poner en conocimiento del Ministerio Público para que proceda conforme a ley, según lo dispuesto en el numeral 9) del artículo 18ºdel Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2009-EF. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente Dr. Carlos Salazar Romero y la intervención de las señoras Vocales Dra. Mónica Yaya Luyo y Dra. Dammar Salazar Díaz, atendiendo a lo dispuesto en la Resolución Nº 190-2010/OSCE-PRE y al Acuerdo de Sala Plena Nº 002-2010-TC, en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 63º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, y su segunda disposición complementaria transitoria, así como los artículos 17º y 18º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2009-EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Imponer a doña VICTORIA MICAELA TREJO VIEDA, la sanción administrativa de inhabilitación temporal por el periodo de veinte (20) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la comisión de la infracción tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo ʋ 1017 y en el literal i) del numeral 1) del artículo 237º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, durante el desarrollo de la Adjudicación Directa Pública Nº 004- 2010/FAP/SEINT, la cual entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notificada la presente Resolución. 2. Declarar no ha lugar a la imposición de sanción a la empresa Herauf Perú S.A.C. y a las señoras Edith Doris Arriola Lolo, Susana Angélica Julca Ventura y Verónica Patricia Castillo Aguilar, por la presunta responsabilidad en la comisión de la infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y en el literal i) del numeral 1) del artículo 237º de su Reglamento, conforme a los fundamentos expuestos. 3. Poner la presente Resolución en conocimiento de la Subdirección del Registro Nacional de Proveedores del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), para las anotaciones de Ley. 4. Poner la presente Resolución en conocimiento del Ministerio Público, para que en uso de sus atribuciones, adopte las medidas legales que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAZAR ROMERO YAYA LUYO SALAZAR DÍAZ 570492-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu. com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: [email protected]; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL