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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (02/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de octubre de 2010 426892 Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente disposición a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Desarrollo Social y Económico, Departamento de Participación Vecinal y Departamento de Imagen Institucional. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ROSA ELVIRA QUARTARA CARRIÓN DE RUAS Alcaldesa ANEXO DEL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2010-MDMM CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL Nº ACTIVIDAD FECHA 1 Convocatoria a elecciones 04 de Octubre de 2010 2 Cierre de inscripciones en el Registro Único de Organizaciones Sociales 07 de Octubre de 2010 3 Publicación de organizaciones registradas (padrón) 11 de Octubre de 2010 4 Presentación de impugnaciones Del 12 al 14 de Octubre de 2010 5 Resolución de tachas 15 de Octubre de 2010 6 Publicación defi nitiva de organizaciones inscritas 18 de Octubre de 2010 7 Taller de capacitación a delegados electores de las organizaciones inscritas 19 de Octubre de 2010 8 Inscripción de candidatos 19 de Octubre de 2010 9 Acto Electoral-Palacio Municipal –Av. Brasil Nº 3501 de 9:00 a.m. a 12 m. 20 de Octubre de 2010 10 Proclamación y juramentación 20 de Octubre de 2010 11 Publicación de resultados 21 de Octubre de 2010 12 Entrega de credenciales 22 de Octubre de 2010 550839-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Suspenden temporalmente la recepción de determinadas solicitudes de autorización municipal de ubicación de elementos de publicidad exterior ORDENANZA Nº 315-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO Visto, en sesión extraordinaria de Concejo de fecha 1° de octubre de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, precisando la última norma indicada, que la autonomía de las municipalidades señalada en la Constitución Política, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con Ordenanza Nº 248-MSI se reguló la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de San Isidro, norma que regula los aspectos referidos a la ubicación de elementos de publicidad exterior bajo una visión coherente del uso de los espacios urbanos, salvaguardando la imagen visual del distrito y proteger la calidad del paisaje urbano con relación a la publicidad, así como el orden, el ornato y la calidad de vida de los vecinos del distrito de San Isidro, preservando además la seguridad de las personas, de la vía pública y de los predios urbanos; Que, si bien dicha norma fue emitida en concordancia con lo estipulado con la Ordenanza Nº 1094-MML que regula la ubicación de anuncios y avisos publicitarios en la provincia de Lima, la Resolución Nº 2320-2010/SC1- INDECOPI del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual confi rmó en parte la Resolución Nº 0143-2009/CEB-INDECOPI de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas que declaró la existencia de barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad, con respecto a la prohibición de instalar paneles monumentales, elementos de publicidad exterior en azoteas, aires y techos de edifi caciones, paneles publicitarios en estructuras tipo torres, paneles simples en zonas residenciales y de la regulación del contenido de los anuncios publicitarios; Que, por estas razones se hace necesario modifi car algunos aspectos de la Ordenanza Nº 248-MSI con relación a los criterios que formaron parte de las resoluciones citadas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, y las Ordenanzas Nros.1337-MML y 1347-MML que precisan las competencias de las municipalidades distritales para autorizar y regular a través de ordenanzas la colocación de elementos de publicidad en el marco de la Ordenanza Nº 1094-MML; Que, de acuerdo a lo señalado en los párrafos precedentes, se hace necesario la suspensión temporal de los ingresos de las solicitudes de autorización municipal de ubicación de publicidad exterior mencionados en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente Ordenanza, a fi n de salvaguardar el interés publico, consistente en la necesidad de prevenir un escenario de saturación visual que cause inseguridad y daño a la integridad de los vecinos, al no contar con parámetros técnicos para su evaluación; Que, dicha medida resulta idónea por su temporalidad, por cuanto posibilita la realización de un análisis a corto plazo que permita determinar los aspectos técnicos necesarios a incorporar en la Ordenanza Nº 248-MSI, sin que con ello, se logre perjudicar a los vecinos y a los administrados; Que, en ejercicio de las funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, previstas en el artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, debe ejecutarse acciones inmediatas para la intervención municipal y regulación de dichas actividades, a fi n de restablecer el desarrollo urbano ordenado del distrito; y, En uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa de trámite de aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA SUSPENDEN TEMPORALMENTE LA RECEPCIÓN DE ALGUNAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE UBICACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR Artículo Primero.- Suspender temporalmente por un periodo de 90 días calendario o hasta la emisión