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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (02/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de octubre de 2010 426881 Que, por Ofi cio Nº 983-2010-CONAFU-P de fecha 06 de agosto de 2010, el Presidente del CONAFU comunica a la Universidad Privada Arzobispo Loayza que deberá remitir a la brevedad posible la información de su disponibilidad económica que exige el TUPA-CONAFU como uno de los requisitos señalados en el item Nº 19; Que, por Ofi cio Nº 063-UAL/P-2010 recibido el 12 de agosto de 2010, el Gerente General y el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Arzobispo Loayza, en repuesta al Ofi cio Nº 983-2010- CONAFU-P, manifi esta que la promotora se compromete a invertir los recursos económicos y Financieros necesarios para cumplir con los requerimientos y necesidades en Infraestructura física y académica; Que, por Ofi cio Nº 630-2010-CONAFU-CDAA de fecha 31 de agosto de 2010 el Consejero de Asuntos Académicos da a conocer que el Gerente General y el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Arzobispo Loayza, comunica que la universidad se compromete a invertir los recursos económicos y fi nancieros necesarios a fi n de cumplir con los requerimientos y necesidades en Infraestructura física y académica, que se generan en consecuencia de la ampliación de 80 a 120 vacantes en las respectivas Carreras profesionales de Enfermería y Obstetricia; por lo que, opina que el expediente pase a Sesión del Pleno a fi n de que los Señores Consejeros miembros del Pleno emitan opinión sobre la aprobación y autorización de ampliación de vacantes para las Carreras Profesionales de Enfermería y Obstetricia de 80 a 120 de la Universidad Privada Arzobispo Loayza, previo informe de la Comisión Inopinada designada en la Sesión del Pleno del CONAFU del 18 de Agosto del 2010; Que, en la Sesión del Pleno del 01 de setiembre de 2010, la Msc Tapia, miembro de la Comisión encargada de realizar la visita inopinada, informó: “Tal como se acordó en el Pleno anterior, se ha realizado la visita inopinada, en razón a la solicitud de la Universidad, pidiendo se autorice la ampliación de vacantes para las carreras profesionales de enfermería y obstetricia. En este sentido, cabe señalar que las carreras de enfermería y obstetricia requieren un tratamiento práctico desde los primeros ciclos; sin embargo, en dicha visita inopinada se ha podido constatar que para la realización de su campo básico aún se encuentra en un proceso de implementación de laboratorios; por ello, no es procedente la autorización al no contar con el equipamiento necesario para hacer funcionar sus primeros años”. Que, en atención a lo descrito en el párrafo precedente, en Sesión Ordinaria del Pleno del CONAFU, 01 de setiembre de 2010, por Acuerdo Nº 336-2010-CONAFU convino por UNANIMIDAD: No Autorizar la ampliación de vacantes para las Carreras Profesionales de Enfermería y Obstetricia de la Universidad Privada Arzobispo Loayza; En atención a lo expuesto en los considerándos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NO AUTORIZAR la ampliación de vacantes para las Carreras Profesionales de Enfermería y Obstetricia de la Universidad Privada Arzobispo Loayza. Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. ANGELMIRO MONTOYA MESTANZA Presidente MARCELA JAQUELINY GIL CUEVA Secretaria General 550546-1 BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje del Presidente del BCRP a los EE.UU. e Italia para asistir a reuniones del FMI y Banco Mundial y participar en evento de promoción del comercio exterior RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 065-2010-BCRP Lima, 1 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido la convocatoria para que el Banco Central de Reserva del Perú participe, en el marco de las Reuniones Anuales del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Mundial (BIRF), en la XLVI Reunión de Gobernadores de América Latina, España y Filipinas ante el FMI-BIRF; la V Reunión de Gobernadores de Bancos Centrales de Asia, América Latina y el Caribe; la XXXII Reunión Anual de Bancos Centrales y Ministerios de Finanzas de América Latina del BID; las reuniones de la LAC/G20 Initiative y las del Grupo de los 24 (G-24); la 22º Reunión del Comité Financiero Internacional y la 82º Reunión del Comité de Desarrollo del FMI; la Asamblea General del FMI y del Banco Mundial; y las reuniones y citas organizadas en el contexto de dichas Reuniones Anuales, que se realizarán en Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, asimismo se ha recibido invitación del Ministerio de Asuntos Exteriores de Italia y de la Embajada del Perú en Italia para que el Presidente de la Institución exponga en el evento “Perú Country Presentation”, que se realizará el 14 de octubre en la ciudad de Roma, Italia; Que, el Perú es miembro del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial, y el Banco Central de Reserva del Perú representa al país para los fi nes establecidos en el Convenio Constitutivo del primero de esos organismos multilaterales; Que, el doctor Julio Velarde Flores es Gobernador ante el Fondo Monetario Internacional; Que el evento en Roma tiene como fi nalidad promover el comercio exterior bilateral y las inversiones italianas hacia nuestro país; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 16 de setiembre de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del presidente, señor Julio Velarde Flores, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América del 6 al 11; y a la ciudad de Roma, Italia, el 14 de octubre y al pago de los gastos que no sean asumidos por las entidades organizadoras, a fi n de que participe en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 3 481,31 Viáticos US$ 1 660,00 Tarifa Única de Aeropuerto US$ 31,00 TOTAL US$ 5 172,31 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE Presidente 551055-1