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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (15/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de octubre de 2010 427587 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Disponen implementar el uso del Módulo de antecedentes judiciales del Sistema Integral Penitenciario en Lima y sedes de diversas Direcciones Regionales del INPE en Chiclayo, Tarapoto, Huancayo, Puno, Cusco, Arequipa y Huánuco RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 781-2010-INPE/P Lima, 12 de octubre de 2010 VISTO, la Resolución Presidencial Nº 477-2010- INPE/P de fecha 03 de junio del 2010, emitida por la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario, donde aprueba la Directiva denominada “Implementación y uso del Sistema Integral Penitenciario” dentro del cual se encuentra el Módulo – Antecedentes Judiciales; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional Penitenciario es un Organismo Público Descentralizado del Sector Justicia, rector del Sistema Penitenciario Nacional, con personería jurídica de derecho público y autonomía normativa económica, fi nanciera y administrativa, asegurando una adecuada política penitenciaria; Que, mediante la Ley Nro. 27658 – Ley Marco de modernización de la Gestión del Estado, se establecen los principios y la base legal para iniciar la modernización de la gestión del Estado, cuya fi nalidad fundamental es la obtención de mayores niveles de efi ciencia de las entidades del Estado, de manera que se logre mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, mediante la directiva denominada “Implementación y uso del Sistema Integral Penitenciario”, aprobada con Resolución Presidencial Nº 477-2010-INPE/P, se dispuso implementar módulos de atención de antecedentes para descentralizar el servicio en favor de la ciudadanía; Que surge la necesidad que se siga mejorando y descentralizando el servicio de los antecedentes judiciales a nivel nacional, para lo cual, las Ofi cinas Regionales se encargarán de implementar con recursos logísticos lo necesario que permita dar operatividad y sostenibilidad al módulo a implementarse; Estando a las consideraciones expuestas y contando con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario, Secretaria General, Ofi cina General de Administración y de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planeamiento y Presupuesto, Dirección de Registro Penitenciario y de la Ofi cina de Sistemas de Información, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002. PCM; Decreto Legislativo Nº 654, Código de Ejecución Penal y su Reglamento Aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS, Decreto Supremo 009-2007-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INPE y Resolución Suprema Nº 178-2010-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Implementar, a partir de la fecha, el uso del Módulo de antecedentes judiciales del Sistema Integral Penitenciario (SIP), en la ciudad de Lima (Sede de Infraestructura del INPE y Local de la Dicscamec) y en Provincias, en las sedes de las Direcciones Regionales del INPE ubicadas en Chiclayo, Tarapoto, Huancayo, Puno, Cuzco, Arequipa y Huánuco, debiendo los operadores brindar el servicio de emisión del Certifi cado de Antecedes Judiciales en 30 minutos. Artículo 2º.- Las Ofi cinas Regionales implementarán con recursos logísticos los módulos, a fi n de dar operatividad y sostenibilidad del servicio de Antecedentes Judiciales. Artículo 3º.- Distribuir copia de la presente Resolución a las instancias correspondientes, para los fi nes pertinentes. Regístrese y comuníquese. WILSON E. HERNANDEZ SILVA Presidente Consejo Nacional Penitenciario 555290-1 ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de la Oficina de Administración de COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 241-2010-COFOPRI/DE Lima, 14 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27594, regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, estableciendo en su artículo 7° que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el Artículo 1 de esa Ley; Que, de conformidad con el artículo 9º, concordado con el literal i) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007- VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene entre sus funciones, designar y cesar a los empleados de confi anza, de conformidad con la legislación vigente; Que, mediante Resolución Directoral N° 138-2010- COFOPRI/DE, de fecha 30 de junio de 2010, se designó al señor Oswaldo Rubén Flores Benavides como Director de la Ofi cina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, y el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI; Con el visado de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica de COFOPRI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad al 14 de octubre de 2010, la renuncia formulada por el señor Oswaldo Rubén Flores Benavides al cargo de Director de la Ofi cina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar al Licenciado Teófi lo Manuel Arana Medina, Director de la Ofi cina de Planeamiento y