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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (20/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de octubre de 2010 427850 Que, mediante el Ofi cio Nº 1441-2009-AG-OPP-UIS, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura, aprobó el estudio de pre inversión a nivel de pre factibilidad del proyecto Chavimochic Tercera Etapa-Primera Fase; En consecuencia, corresponde otorgar la reserva de recursos hídricos subterráneos a favor del Proyecto Especial Chavimochic, por un período de (02) dos años, para uso agrícola, por una masa anual de hasta 90 Hm³/año prorrogables; 14 Hm³/año corresponden al valle de Moche, 56 Hm³/año al valle de Virú y 20 Hm³/año al valle de Chao y, Estando a lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, con los vistos de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos y de la Secretaría General, y de conformidad con lo establecido por la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338 y el artículo 206º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- De la Reserva de Recursos Hídricos Reservar a favor del Proyecto Especial Chavimochic, los recursos hídricos subterráneos de los valles Moche, Virú y Chao por una masa anual de hasta 90 Hm³/año; por un período de dos (2) años, prorrogables, para uso agrícola, conforme al detalle siguiente: Valle Masa Anual Moche 14 Hm³ Virú 56 Hm³ Chao 20 Hm³ Artículo 2º.- De la supervisión de la Reserva de Recursos Hídricos La Administración Local de Agua Moche-Virú-Chao es responsable de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente Resolución Jefatural, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, respecto del otorgamiento de nuevos derechos de uso de agua que puedan afectar dicha reserva. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS JAVIER PAGADOR MOYA Jefe Autoridad Nacional del Agua 557708-2 Encargan a profesionales las funciones de diversas Administraciones Locales de Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 648-2010-ANA Lima, 18 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua, son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que, mediante resoluciones jefaturales Nº 840-2009- ANA, Nº 07-2010-ANA, Nº 011-2010-ANA, Nº 048-2010- ANA, Nº 402-2010-ANA, Nº 441-2010-ANA, Nº 449-2010- ANA y Nº 553-2010-ANA, se encargaron las funciones de las Administraciones Locales de Agua: Chicama, Barranca, Chancay - Huaral, Alto - Huallaga, Cajamarca, Ocoña - Pausa, Medio y Bajo Piura, Perené, Bagua y Alto Apurímac - Velille, respectivamente; Que, se ha visto por conveniente, dar por concluidas las encargaturas conferidas con las resoluciones señaladas en el considerando precedente y encargar a los profesionales que asuman las funciones en las indicadas Administraciones Locales de Agua; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y en uso de las funciones conferidas en el artículo 11º inciso k) y la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir de la fecha, las encargaturas de las Administraciones Locales de Agua a los profesionales que se indican a continuación, dándoseles las gracias por los servicios prestados: ADMINISTRACION LOCAL DE AGUA PROFESIONAL ENCARGADO RESOLUCION DE ENCARGATURA Chicama Alberto Flores Rojas R.J. Nº 840-2009-ANA Barranca Jorge Luis Mejía Vargas R.J. Nº 007-2010-ANA Chancay – Huaral Jorge Luis Cahuas Servalli R.J. Nº 011-2010-ANA Alto Huallaga Lili Carol Abundo Cevallos Cajamarca Beltrán Amaro Bravo Jiménez Ocoña – Pausa Ángel Eduardo Núñez Zegarra R.J. Nº 048-2010-ANA Medio y Bajo Piura Luz Elena Romero Guevara R.J. Nº 402-2010-ANA Perené Carlos Julio Taipe García R.J. Nº 441-2010-ANA Bagua Pedro Andrés Villanueva Rodríguez R.J. Nº 449-2010-ANA Alto Apurímac – Velille Jorge Luis Tarifeño Rojas R.J. Nº 553-2010-ANA Artículo Segundo.- Encargar, a partir de la fecha, las funciones de las Administraciones Locales de Agua, a los profesionales siguientes: ADMINISTRACION LOCAL DE AGUA PROFESIONAL ENCARGADO Chicama José Rosario Burga Silva Barranca Robinzon Jorge León Salvador Chancay – Huaral Leonel Patiño Pimentel Alto Huallaga Juan Antonio Quiroz Quintana Cajamarca José Felipe Puican Chávez Ocoña – Pausa Lizandro Irigoin Gonzales Medio y Bajo Piura Juan José Gómez Murillo Perené Bienvenido Atoche Valladolid Bagua Gilder Quiñones Aldean Alto Apurímac – Velille Omar Velásquez Figueroa Artículo Tercero.- Los costos que irroguen las encargaturas señaladas en el artículo precedente afectarán al presupuesto del Pliego Nº 164 de la Autoridad Nacional del Agua. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS JAVIER PAGADOR MOYA Jefe Autoridad Nacional del Agua 557708-3 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican el Reglamento de Resoluciones Anticipadas de Origen y Marcado de Origen para Mercancías DECRETO SUPREMO Nº 018-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 8.2 del artículo 8° de la Ley Nº 28977 - Ley de Facilitación del Comercio Exterior, modifi cado por el artículo 14° de la Ley N° 29316 – Ley que modifi ca, incorpora y regula diversas disposiciones a fi n de implementar el Acuerdo de Promoción Comercial suscrito entre el Perú