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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de octubre de 2010 428002 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban ajuste del Sistema Vial Metropolitano, correspondiente a los distritos de Comas y Carabayllo ORDENANZA N°1445 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de octubre del 2010, el Dictamen Nº 160-2010-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL AJUSTE DEL SISTEMA VIAL METROPOLITANO, CORRESPONDIENTE A LOS DISTRITOS DE COMAS Y CARABAYLLO Artículo Primero.- Aprobar la Propuesta de Ordenanza de Ajuste del Sistema Vial Metropolitano, en consecuencia, modifi car el Plano del Sistema Vial Metropolitano y el Anexo 2 de la Ordenanza N° 341-MML, en lo que respecta al Reajuste de la Sección Vial Normativa de la Vía Arterial denominada Av. Túpac Amaru, a 35.00 ml. en los Tramos: El Maestro – San Martín y Santa Cruz - Periurbana; a 44.00 ml. en los Tramos: San Martín – Jamaica, Retamas – San Pedro de Carabayllo, José Gálvez – Mirafl ores y Los Geranios – Grau; a 48.00 ml. en el Tramo: Jamaica – Retamas; a 50.00 ml. en el Tramo: San Pedro de Carabayllo – Chimpu Ocllo; a 58.00 ml. – 60.00 ml. en el Tramo: Grau – Samanez Ocampo; a 60.00 ml. en el Tramo: Chimpu Ocllo – José Gálvez; a 50.00 ml. – 80.00 ml. en el Tramo: Mirafl ores – Los Geranios; y a 60.00 ml. – 70.00 ml., en el Tramo: Samanez Ocampo – Santa Cruz, de los Distritos de Comas y Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad con las Láminas Nos. 01, 02, 03, 04, 05, 06 y 07 que como Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza, las cuales serán publicadas en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (www.munlima.gob.pe): Artículo Segundo.- El Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima efectuará las modifi caciones necesarias del Plano del Sistema Vial Metropolitano y de las Secciones Viales Normativas, de acuerdo a la modifi cación aprobada en el Artículo Primero. Artículo Tercero.- Las entidades competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima y las Municipalidades Distritales de Comas y Carabayllo, efectuarán el control urbano necesario para cautelar el Derecho de Vía aprobado, denegando cualquier solicitud que se efectúe sobre las áreas reservadas. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima,18 de octubre de 2010 MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 558111-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan Amnistía Tributaria y Administrativa aprobada por Ordenanza Nº 244-MDS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2010-MDS Surquillo, 30 de setiembre de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; VISTO, el Informe N° 1474-10-SGAT-GR-MDS de fecha 30 de setiembre de 2010 de la Sub Gerencia de Administración Tributaria, con el V° B° de la Gerencia de Rentas relativo a la prórroga de la fecha de vencimiento de la Amnistía Tributaria y Administrativa con ocasión del 61º Aniversario del Distrito; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 244-MDS se estableció una Amnistía Tributaria y Administrativa para los contribuyentes del distrito de Surquillo con ocasión del Sexagésimo Primer Aniversario de Surquillo aplicable a los contribuyentes deudores de obligaciones tributarias y administrativas generadas hasta la vigencia de la presente Ordenanza, estableciéndose como fecha de término el 31 de Julio de 2010, la cual fuera prorrogada hasta el 15 de agosto de 2010 por virtud del Decreto de Alcaldía Nº 005-2010-MDS; prorrogada hasta el 31de agosto de 2010 por Decreto de Alcaldía N° 006-2010-MDS; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 007-2010-MDS de fecha 31.AGO.2010 se prorroga la amnistía tributaria y administrativa hasta el 15 de setiembre de 2010; y con Decreto de Alcaldía N° 008-2010-MDS se prorrogó la misma hasta el 30 de setiembre de 2010; Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza citada permite al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue los plazos de aplicación de los benefi cios de la amnistía tributaria y administrativa; Que, en atención al Informe de Visto, resulta conveniente seguir brindando las facilidades expuestas en la precitada Ordenanza y posterior Decreto de Alcaldía, ante la respuesta positiva de los vecinos en cuanto a su acogimiento para el pago de sus obligaciones tributarias y administrativas, disponiéndose la prórroga de la Amnistía, con arreglo a las facultades contenidas en la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 244-MDS; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: PRORROGA DE AMNISTIA TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA CON OCASIÓN DEL 61º ANIVERSARIO DEL DISTRITO Artículo Único.- Objeto de la norma: PRORRÓGUESE hasta el 31 de octubre de 2010 la fecha de vencimiento de la Amnistía Tributaria y Administrativa con ocasión del 61º Aniversario del Distrito aprobada por Ordenanza Nº 244-MDS. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 557961-1