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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de octubre de 2010 428040 Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 559152-1 Designan juez supernumerario del Noveno Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 848-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 21 de octubre de 2010 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 71542-2010, el doctor Percy Carlos Salas Ferro, Juez del Noveno Juzgado Especializado en Contencioso Administrativo de la Corte de Justicia de Lima, solicita se le conceda licencia por capacitación a partir del 25 de octubre al 20 de noviembre del presente año, a fi n de participar en el curso “Refl exiones sobre la Formación de Jueces en Iberoamérica” organizado por el Consejo General del Poder Judicial de España y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo - AECID. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, estando a la licencia del magistrado Percy Carlos Salas Ferro. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial…)”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la fi nalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solución de sus confl ictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONCEDER al doctor PERCY CARLOS SALAS FERRO, Juez Titular del Noveno Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, licencia con goce de haber por motivo de capacitación, a partir del 25 de octubre al 20 de noviembre del presente año. Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor JULIO CÉSAR ARBIETO HUANSI, como Juez Supernumerario del Noveno Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, a partir del 25 de octubre al 20 de noviembre del presente año, mientras dure la licencia del doctor Salas Ferro. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 559154-1 Designan juez supernumerario del Décimo Quinto Juzgado Laboral de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 849-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 21 de octubre de 2010 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 68596-2010, la doctora Delcy Maricela García Román, Juez del Décimo Quinto Juzgado Laboral de la Corte de Justicia de Lima, solicita se le conceda licencia por capacitación a partir del 26 al 29 de octubre del presente año, a fi n de participar en el IV Congreso Nacional de la Sociedad Peruana del Derecho del Trabajo y Seguridad Social a llevarse a cabo en la Ciudad de Cusco. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, estando a la licencia de la doctora Delcy Maricela García Román. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en