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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (23/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de octubre de 2010 428027 CONSIDERANDO: Que, el Estado debe promover mecanismos efi caces y seguros en los procedimientos administrativos a fi n de optimizar los recursos y facilitar la admisión de extranjeros en misiones de carácter diplomático y ofi cial, con destino al Perú, con las medidas de seguridad pertinentes en el marco de los dispositivos legales vigentes; Que al interior del territorio peruano se realizarán en los meses de noviembre, enero y febrero reuniones ofi ciales internacionales en el marco de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro América del Sur - Países Árabes (ASPA) que convocan a los Estados de ambas regiones; Que si bien el Perú no exige visados a los funcionarios de gobierno de los Estados de América del Sur, existe una serie de Estados Árabes cuyos funcionarios requieren visa diplomática, consular, u ofi cial para ingresar a nuestro territorio; Que, de conformidad con el artículo 11 incisos a), b) y c) del Decreto Legislativo N° 703 -Ley de Extranjería-, modifi cado por el Decreto Legislativo N° 1043, el Gobierno del Perú reconoce las calidades migratorias: diplomática, consular y ofi cial; Que de conformidad con el artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 703 -Ley de Extranjería-, se entiende como Visa la autorización de calidad migratoria que otorga la autoridad peruana a un extranjero para su admisión, permanencia o residencia en el territorio nacional; Que de conformidad con el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 703 -Ley de Extranjería-, modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 1043, es de competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores autorizar el ingreso al territorio nacional con la calidad migratoria diplomática, consular y ofi cial, entre otras; Que, es necesario ejecutar medidas que simplifi quen el ingreso de extranjeros al territorio nacional para facilitar su participación en reuniones de carácter diplomático y ofi cial; DECRETA: Artículo 1º.- Eximir temporalmente del requisito de visa para el ingreso al Perú a los nacionales de los siguientes Países Árabes que sean titulares de pasaportes diplomáticos, consulares, ofi ciales, o especiales: Arabia Saudita Bahrein Comoras Djibouti Emiratos Árabes Unidos Irak Kuwait Líbano Libia Mauritania Omán Autoridad Nacional Palestina Qatar Somalia Sudán Siria Túnez Yemen Artículo 2°.- El plazo máximo de estada en el caso de cada entrada al territorio nacional será hasta noventa días. Artículo 3°.- Dichos pasaportes deberán tener una vigencia mínima de seis meses, computable a partir de la fecha de ingreso al Perú. Artículo 4°.- Todo trámite de prórroga de la estada a que se contrae el artículo 1° será efectuado directamente por los interesados en la Dirección de Privilegios e Inmunidades de la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano hasta el 28 de febrero de 2011, y será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 559306-11 Autorizan viaje de funcionario diplomático para participar en diversos eventos que se llevarán a cabo en Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 429-2010-RE Lima, 22 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Encuentro Presidencial y la IV Reunión del Gabinete de Ministros Binacional del Perú y del Ecuador, se celebrarán en la ciudad de Loja, República del Ecuador, el 26 de octubre de 2010; Que, con miras a preparar dichos encuentros, se ha previsto una Reunión de Funcionarios de Alto Nivel, el 24 de octubre de 2010, y una Reunión de los Viceministros de Relaciones Exteriores de ambos países, el 25 de octubre de 2010, en la ciudad de Loja, República del Ecuador. Estas reuniones permitirán evaluar los avances en el cumplimiento de los compromisos asumidos por ambos países en el marco de los Acuerdos de Brasilia de 1998 y, Encuentros Presidenciales de Tumbes, Machala y Piura; Teniendo en cuenta los Memoranda (SAA) Nº SAA0695/2010, de la Subsecretaría para Asuntos de América, de 07 de octubre de 2010; y (FIN) Nº FIN0667/2010, de la Dirección de Finanzas, de 07 de octubre de 2010, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso f) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619 y su modifi catoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Néstor Francisco Popolizio Bardales, Viceministro de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Loja, República del Ecuador, del 24 al 26 de octubre de 2010, a fi n que participe en el Encuentro Presidencial, en la IV Reunión del Gabinete de Ministros Binacional del Perú y del Ecuador; y, presida la Reunión de los Viceministros de Relaciones Exteriores del Perú y del Ecuador. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de esta comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: