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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (23/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de octubre de 2010 428023 Aprueban resultados de la evaluación del cumplimiento de metas del Programa de Modernización Municipal correspondientes al mes de agosto de 2010 y de las Municipalidades que acreditaron envío oportuno de información de las metas de febrero de 2010 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 026-2010-EF/76.01 Lima, 18 de octubre de 2010. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto para el Sector Público del Año Fiscal 2010, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 119-2009, se crea el Programa de Modernización Municipal, para el período 2010-2013, con el objeto de generar condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la economía local; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2010-EF se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Modernización Municipal, señalándose en el inciso b) del numeral 8.1 de su artículo 8º que las Municipalidades tienen como plazo máximo para el cumplimiento de metas hasta el último día del mes de febrero y el último día del mes de agosto de 2010, disponiéndose además que las metas correspondientes al mes de agosto se evalúan hasta el mes de setiembre de 2010; Que, asimismo, el inciso c) del numeral 8.1 del artículo 8º de la norma citada en el considerando precedente, señala que las metas no cumplidas en el mes de febrero son adicionadas a las metas exigidas para el mes de agosto, por lo que corresponde incluir como parte de la presente evaluación las metas correspondientes al mes de febrero que no fueron cumplidas por las Municipalidades, conforme a la información remitida por los Gobiernos Locales; Que, de otro lado, mediante el Memorando Nº 252- 2010-EF/76.20 la Dirección de Articulación de Presupuesto Territorial remite una relación de Municipalidades que acreditan el envío en forma oportuna de información para el cumplimiento de metas de febrero del presente año, no consideradas en la Resolución Directoral Nº 008-2010- EF/76.01; Que, adicionalmente, el inciso a) del numeral 8.1 y el numeral 8.2 de la referida norma establece que la evaluación del cumplimiento de metas del Programa de Modernización Municipal es realizada por la Dirección General del Presupuesto Público, y sus resultados son aprobados mediante Resolución Directoral, como requisito para la asignación de recursos, de este modo, mediante el Informe Nº 012-2010-EF/76.18 se establece los resultados de la evaluación de las metas de las Municipalidades correspondientes al mes de agosto de 2010; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el numeral 8.2 del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2010-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Objeto Aprobar los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Programa de Modernización Municipal correspondientes al mes de agosto de 2010, así como los resultados de la evaluación de las Municipalidades que acreditaron el envío en forma oportuna de información de las metas del mes febrero de 2010, no considerados en la Resolución Directoral Nº 008-2010-EF/76.01, los que se encuentran consignados en los Anexos Nº 01, 02 y 03 que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación del Anexo de la presente Resolución Directoral en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob. pe/DNPP/normatividad.php Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGER DÍAZ ALARCÓN Director General Dirección General del Presupuesto Público 559199-1 Aprueban resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 027-2010-EF/76.01 Lima, 18 de octubre de 2010. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29332, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 119-2009, se crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, con el objeto de incentivar a los gobiernos locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales, la ejecución del gasto en inversión y la reducción de los índices de desnutrición crónica infantil a nivel nacional; Que, conforme al literal b) de la Primera Disposición Transitoria de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, aprobados por el Decreto Supremo Nº 003-2010-EF y modifi cados por el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 183-2010-EF, la evaluación del cumplimiento de metas asociadas a la recaudación del Impuesto Predial y el gasto en las funciones de saneamiento y salud se realiza sobre la base de la información registrada en el Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF-SP, por las Municipalidades al 30 de junio y 06 de setiembre de 2010, respectivamente, asimismo, se indica que la evaluación del cumplimiento de las metas asociadas a la implementación de la focalización de hogares se realiza sobre la base de la información de la herramienta SISFOH, hasta el 15 agosto de 2010; Que, mediante los Informes Nºs 236-2010-EF/93.01 y 489-2010-EF/65.12, la Dirección Nacional de Contabilidad Pública y la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales, respectivamente, han remitido la relación de Municipalidades que cumplieron las metas señaladas en el considerando precedente dentro de los plazos correspondientes; Que, a través del numeral 7.2 del artículo 7º de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, se establece que los resultados de las evaluaciones son aprobados, mediante Resolución Directoral de la Dirección General del Presupuesto Público, como requisito previo para la asignación de recursos; de este modo, mediante el Informe Nº 011-2010-EF/76.18 se establece los resultados de la evaluación de las metas referidas en los considerandos precedentes por las Municipalidades; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el numeral 7.2 del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 003-2010-EF;