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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de octubre de 2010 428465 Rector de la Universidad Nacional del Santa a la Asamblea General de dicha Asociación, la que se llevará a cabo el día 15 de los corrientes, en la Universidad Técnica de Machala - Ecuador, con la fi nalidad de tratar la siguiente agenda: a) Plan de Trabajo, b) Reunión de Presidentes Nacional en octubre en Loja, c) Reunión de Presidentes Regionales y Prefectos en Noviembre, y d) Posible fi rma de Convenio entre la UNT-Perú y la UAE-Guayaquil; Que, con Ofi cio Nº 983-2010-UNS-OCP, recepcionado el día 12.10.2010, la Jefatura de la Ofi cina Central de Planifi cación, alcanzó el Ofi cio Nº 896-2010-UNS-OCP/ OPRES, de la Ofi cina de Presupuesto, con la correspondiente CERTIFICACIÓN PRESUPUESTAL del gasto que irrogará el viaje del señor Rector, señalando que deberá afectarse en la Meta Nº 02, Actividad 1 000110 Acciones de la Alta Dirección y por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto UNS; Que, es necesario señalar, que el señor Rector tenía programada asistir a una reunión de trabajo en la ciudad de Lima el día 15 del presente mes, en la Asamblea Nacional de Rectores, con los señores Rectores de las Universidades Públicas, por lo que delegó al señor Vicerrector Académico para que asista a la referida Asamblea de Universidades del Sur del Ecuador y Norte del Perú – AUSENP a realizarse en la misma fecha; Que, en consecuencia, el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria N° 20-2010, de fecha 14 de octubre del 2010, acordó autorizar el viaje del señor Vicerrector Académico para asistir a la Asamblea de Universidades del Sur del Ecuador y Norte del Perú - AUSENP, concediéndole la licencia por los días 14 y 15 de octubre del 2010, dos días de viáticos (01 internacional y 01 nacional), así como el permiso de salida del automóvil asignado para el uso por la mencionada autoridad y, además, la asignación de S/. 500,00 para gastos de combustible y peajes; Estando a las consideraciones que anteceden, a lo acordado en el Consejo Universitario, en su Sesión Ordinaria N° 20-2010, de fecha 14 de octubre del 2010, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y en uso de las atribuciones que concede la Ley Universitaria N° 23733; SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR el viaje del señor M.Sc. VICTOR AUGUSTO CASTRO ZAVALETA, Vicerrector Académico de la Universidad Nacional del Santa, a la ciudad de Machala - Ecuador, los días 14 y 15 de octubre del 2010, para los fi nes a los que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución, así como el permiso de salida del automóvil asignado para el uso por la mencionada autoridad. Artículo 2°.- ENCARGAR el Despacho del Vicerrectorado Académico por el día 14.10.2010 al señor Ms. PEDRO ELISEO MONCADA BECERRA, Rector de la Universidad Nacional del Santa, y al DR. DAMIÁN MANAYAY SÁNCHEZ, Vicerrector Administrativo UNS, por el día 15.10.2010. Artículo 3°.- La Universidad Nacional del Santa cubrirá los gastos siguientes: - Viáticos (1 día internacional) : US$ 200,00 - Viáticos (1 día nacional) : S/. 250,00 - Asignación por gastos de combustibles y peajes : S/. 500,00 Artículo 4°.- PRECISAR que, dentro de los quince días calendario siguientes de efectuado el viaje, se deberá presentar a la Institución un informe detallado, describiendo las acciones realizadas durante el evento mencionado, juntamente con la entrega de la rendición de cuentas correspondientes a los montos entregados. Artículo 5º.- El egreso que ocasione la aplicación de la presente resolución, se afectará en la Meta Nº 02, Actividad 1 000110 Acciones de la Alta Dirección, con la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2010 del Pliego 536 de la Universidad Nacional del Santa. Artículo 6°.- LA presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- Disponer que la Ofi cina de Secretaría General tramite la publicación de esta Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. PEDRO ELISEO MONCADA BECERRA Rector de la Universidad Nacional del Santa 561422-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Aprueban la creación de la Dirección Regional de Saneamiento de la Propiedad ORDENANZA REGIONAL Nº 0021-2010-GORE-ICA Ica, 15 de octubre de 2010 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del día siete de octubre del año dos mil diez; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 191º de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al inciso a) del artículo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, conforme al inciso a) del artículo 15º de Ley Nº 27867, le corresponde al Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ordenanza Regional se disponen normas sobre asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, de conformidad al primer párrafo del artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM, se dispuso culminar al 31 de diciembre del 2007, diversas transferencias sectoriales hacia los Gobiernos Regionales, entre ellas la función “n” del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que consiste en promover, gestionar y administrar el proceso de transferencia físico- legal de la propiedad agraria con la participación de actores involucrados, cautelando el carácter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades campesinas, la que se pretende garantizar su estricto cumplimiento; Que, para tal efecto con Decreto Supremo Nº 088- 2008-PCM, se precisó que corresponde al Ministerio de Agricultura, conjuntamente con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, la transferencia a los Gobiernos Regionales de la antes indicada función; Que, para la transferencia de funciones, con Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 006-2009-PCM/SD, modifi cada por Resolución de Secretaria Descentralizada Nº 041-2009-PCM/SD, se conformó una comisión intergubernamental para coordinar y ejecutar las acciones derivadas del procedimiento establecido para la transferencia de funciones a los Gobiernos Regionales de la función específi ca del literal “n” del artículo 51º de la Ley Nº 27867 con representación de los Ministerios de Agricultura y de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI y de los Gobiernos Regionales que participaron en el referido proceso de transferencia; en ese mismo sentido se elaboraron y suscribieron las actas sustentatorias de transferencia de Recursos Presupuestales, Acervo Documentario, Personal, Bienes Inmuebles, y Bienes Muebles, con los que se transfi rieron aproximadamente 3,945 expedientes pendientes de trámite, así como bienes muebles; Que, en ese sentido con la fi nalidad de garantizar el estricto cumplimento de las funciones precisadas en el inciso “n” del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Presidencia Regional mediante Ofi cio Nº 724-2010-GORE ICA/ PR, solicita al Consejo Regional, a efecto, de que disponga la creación de un Órgano Desconcentrado denominado: Dirección Regional de Saneamiento de la Propiedad, petición que fue reiterada mediante Ofi cio Nº 217-2010-GORE-ICA/ GRDE, por parte de la Gerencia de Desarrollo Económico,