Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2010 (30/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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de la Sub Gerencia Regional de Asesoria Juridica y de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Lima; En uso de las atribuciones conferidas por los incisos a) y d) del articulo 21º de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Reordenamiento del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Unidad Ejecutora: 001 Region MORDAZA - Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ejecutiva Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia Regional de Administracion, la publicacion de la presente Resolucion Ejecutiva Regional, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 16º del Decreto Supremo N° 0432004-PCM. Articulo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolucion Ejecutiva Regional a las instancias comprendidas, conforme a Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional (E)

562017-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA
Crean el Proyecto Especial Minero Ambiental de MORDAZA de MORDAZA - PEMA
ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2010-GRMDD/CR
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria llevada a cabo el 18 de MORDAZA del ano 2010, aprobo la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region. Que, el articulo 15, inciso a), de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que una de los atribuciones del Consejo Regional es: "aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; constituyendo por lo tanto, atribucion del Gobierno Regional, a traves del Consejo Regional y previo los procedimientos establecidos, aprobar la Creacion del Proyecto Especial Minero Ambiental, en concordancia con el articulo 38 de la acotada Ley Organica de los Gobiernos Regionales. Que, el articulo 59 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone explicitamente las Competencias Sectoriales, como parte de las funciones del Gobierno Regional en Materia de Mineria. Que, siendo necesario conseguir un optimo nivel de consenso y compromiso mediante alianzas estrategicas entre el sector publico y privado, a fin de garantizar la sostenibilidad de la actividad economica, en concordancia con la preservacion del medio ambiente, que garantice la condicion de MORDAZA de MORDAZA como region lider en la Conservacion de la Biodiversidad del Peru. Que, siendo necesario promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad, en base a la competencia regional, sobre la gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental. Que, es necesario garantizar a la poblacion la proteccion de la salud, de las amenazas contra su seguridad, promoviendo el bienestar social en el desarrollo integral y equilibrado de la Region.

Que, el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, dentro de sus responsabilidades asumidas en el MORDAZA de la descentralizacion, estimula la creacion de riquezas y garantiza la MORDAZA de trabajo y la MORDAZA de empresa, comercio e industria, considerando que el ejercicio de dichas libertades no debe ser lesivo a la moral, a la salud, ni a la seguridad publica. Que, la implicada y compleja situacion de la mineria aurifera aluvial dentro de la region y las acciones negativas que esta generando en detrimento del medio ambiente y de la salud de la poblacion humana, fauna y MORDAZA de las zonas de explotacion, urge formular Lineamientos de Politicas, Planes, Proyectos y acciones especificas, tendientes a alcanzar la solucion de esta problematica. Que, las actividades informales e irregulares en la mineria aurifera aluvial representan un alto riesgo para la MORDAZA, la salud y conservacion de los recursos naturales y medio ambiente, que exigen la aplicacion inmediata de medidas que MORDAZA posible alcanzar la FORMALIZACION, REORDENAMIENTO Y PROMOCION DE LA PEQUENA MINERIA Y MINERIA ARTESANAL, Y RECUPERACION Y REMEDIACION de los pasivos ambientales de las zonas afectadas en el ambito territorial en el que se desarrollan estas actividades. Que, en la MORDAZA la informalidad en las actividades mineras afecta no solo, la explotacion aurifera, sino tambien, los aspectos de saneamiento, vivienda, urbanismo, educacion y salubridad, que requieren un pronto tratamiento integral, con efectiva presencia de la autoridad pertinente. Que, mediante Decreto de Urgencia N° 012-2010, se declaro de necesidad publica, interes nacional y de ejecucion prioritaria el ordenamiento de la mineria aurifera en el Departamento de MORDAZA de MORDAZA, a fin de garantizar la salud de la poblacion, la seguridad de las personas, la recaudacion tributaria, la conservacion del patrimonio natural, asi como el desarrollo de actividades economicas sostenibles. Que, el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, conforme a las competencias y funciones asignadas por la Constitucion Politica del Estado y las leyes pertinentes, dentro del MORDAZA de descentralizacion del MORDAZA, es la responsable de la elaboracion de planes y programas orientados a la formalizacion, ordenamiento minero y a la recuperacion de los pasivos ambientales mineros, implementando debidamente las unidades necesarias para la ejecucion de los mismos en el ambito de su jurisdiccion. Que, el Poder Ejecutivo a traves del Decreto de Urgencia Nº 012-2010, reconoce el alto riesgo de la problematica minera en la Region de MORDAZA de MORDAZA, disponiendo por este motivo el apoyo de los Ministerios e Instituciones Publicas para apoyar en el MORDAZA de formalizacion, reordenamiento de la pequena mineria y de la mineria artesanal y recuperacion de los pasivos ambientales mineros, estableciendo de ser el caso, acciones a fin de gestionar recursos para tales efectos. Que, mediante Informe Nº 006-2010-GOREMAD/ CR-CEMHTCVYC, la Comision de Energia, Minas, Hidrocarburos, Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion del Consejo Regional, concluye y recomienda la aprobacion del mismo. Que, el Consejo Regional en pleno, en Sesion Ordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio por mayoria de los Consejeros Regionales, ha considerado necesario aprobar el Informe referido en el considerando precedente. Consecuentemente, Crear el Proyecto Especial Minero Ambiental de MORDAZA de Dios. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- CREAR, el Proyecto Especial Minero Ambiental de MORDAZA de MORDAZA, cuyas siglas seran PEMA. Articulo Segundo.- ESTABLECER, como funciones del Proyecto Especial Minero Ambiental (PEMA), la formalizacion, el reordenamiento y la promocion de la pequena mineria y mineria artesanal; asi como, la recuperacion de los pasivos ambientales en las zonas afectadas. Articulo Tercero.- APROBAR, la Estructura Organica del Proyecto Especial Minero Ambiental (PEMA), propuesta y que en anexo forma parte de la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en un plazo no mayor a treinta dias de promulgada

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