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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de octubre de 2010 428474 VISTO: el Memorando Nº 1235-2010-MSB-GM de fecha 26.10.2010 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 069-2010- MSB-GR de fecha 21.10.2010 de la Gerencia de Rentas e Informe Nº 171-2010-MSB/GR/URT de fecha 21.10.2010 de la Unidad de Recaudación Tributaria, por el cual se propone la ampliación del plazo de vigencia del Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria aprobado mediante Ordenanza Nº 445-2010. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando ésta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante Ordenanza Nº 445-MSB publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 22 de julio de 2010, se aprueba un Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito, cuyo plazo de vigencia terminó el 27 de julio de 2010. Que, en mérito a las facultades establecidas en la tercera disposición fi nal de la Ordenanza Nº 445-MSB, mediante Decreto de Alcaldía Nº 009-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldía Nº 010-2010-MSB-A y Decreto de Alcaldía Nº 011-2010-MSB- A, se prorroga el plazo de vigencia del benefi cio aprobado, hasta el 30 de octubre del 2010. Que, siendo política de la actual administración el brindar las máximas facilidades a los vecinos del distrito a fi n de que puedan regularizar sus obligaciones tributarias y no tributarias, se considera necesario prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 445-MSB, señalado precedentemente. Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, de la Gerencia de Rentas y de la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de noviembre del 2010, el plazo de vigencia establecido en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 445-MSB, prorrogado mediante Decreto de Alcaldía Nº 009-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldía Nº 010- 2010-MSB-A y Decreto de Alcaldía Nº 011-2010-MSB-A. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Tecnologías de la Información, Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Administración y Finanzas y sus unidades dependientes, en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ANTONIO ALVAREZ VARGAS Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía 561211-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Declaran la vacancia del cargo de Regidor del Concejo Municipal ACUERDO DE CONCEJO Nº 140-2010-MDS Surquillo, 22 de octubre de 2010. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, estando a lo expuesto por la Secretaria General a través del Informe Nº 014-2010/SG-MDS de fecha 22.OCT.2010, de conformidad con lo previsto en el artículo 22º numeral 1) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modifi cada por la Ley Nº 28961, por UNANIMIDAD de votos de sus miembros y con la dispensa del trámite de aprobación de actas: ACORDO: Artículo 1º.- DECLARAR la VACANCIA del cargo de Regidor del Concejo Municipal de Surquillo que ejerciera el señor FRANKLIN MOISES ARANAGA MANRIQUE, al producirse la causal prevista en el artículo 22º numeral 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, modifi cada por la Ley Nº 28961. Artículo 2º.- Encargar a la Secretaria General la comunicación del presente Acuerdo al Jurado Nacional de Elecciones para los efectos de la proclamación del ciudadano accesitario de la lista electoral que corresponda para que ocupe el cargo de Regidor declarado vacante. Artículo 3º.- Dispóngase la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 561125-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 247-MDS Mediante Ofi cio Nº 277-2010/SG-MDS la Municipalidad Distrital de Surquillo solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 247-MDS, publicada en la edición del 27 de octubre de 2010. En el Por Cuanto: DICE: (...) unánime DEBE DECIR: (...) por mayoría 561133-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA Autorizan participación del Equipo Técnico del FOMECC Huamanga en evento a celebrarse en Colombia ACUERDO DE CONCEJO N° 166-2010-MPH/CM VISTO: En la fecha, en Sesión Extraordinaria de Concejo el Punto 3 de la Agenda sobre Participación en el Encuentro de los Proyectos FOMEECC en la ciudad de Medellín - Colombia, y el Informe Nº 102-2010-MPH-A/12 de fecha 26 de octubre del 2010; para su evaluación y tratamiento por el Pleno del Concejo; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607 y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;