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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de octubre de 2010 428490 Autorizan viaje de Oficial de la Marina de Guerra del Perú a Chile para participar en Reunión del Grupo de Trabajo que se encargará de establecer los criterios para la Homologación y Medición de los Gastos de Defensa en el contexto de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 482-2010-DE Lima, 30 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, entre el 04 y 07 de noviembre de 2010, en la ciudad de Santiago de Chile, se desarrollarán las reuniones del Grupo de Trabajo conformado por representantes de la República del Perú y la República de Chile, que se encargará de establecer los criterios para la Homologación y Medición de los Gastos de Defensa en el contexto de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR; Que, la mencionada reunión tiene por objetivo incrementar y fortalecer las Medidas de Confi anza Mutua entre ambos países, por lo que es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje en Comisión de Servicio del representante del Ministerio de Defensa que participará en la mencionada reunión; Que, el mencionado viaje se encuentra incluido en el Ítem 143 del Anexo 1, Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, de la Resolución Suprema Nº 260-2010-DE del 09 de junio de 2010, que modifi ca el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa para los meses de marzo a diciembre del Año Fiscal 2010 que fuera aprobado mediante Resolución Suprema Nº 130-2010-DE/SG del 01 de abril de 2010; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM del 05 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicio al Contralmirante Jorge Ricardo MOSCOSO FLORES, para que del 04 al 07 de noviembre de 2010, viaje a la ciudad de Santiago de Chile, a fi n de participar en la Reunión del Grupo de Trabajo que se encargará de establecer los criterios para la Homologación y Medición de los Gastos de Defensa en el contexto de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administración General efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima - Santiago de Chile - Lima): US$ 800.00 x 1 persona Viáticos: US$ 200.00 x 1 persona x 4 días Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31.00 x 1 persona Artículo 3º.- El personal autorizado, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 562228-3 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican Texto Único Actualizado del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 248- 2009-EF DECRETO SUPREMO N° 220-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, aprobó medidas con el objeto de impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los Gobiernos Regionales y/o Locales; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 081-2009 se sustituyó la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29230, reduciendo el plazo y precisando la documentación a remitir a la Contraloría General de la República para la emisión del Informe Previo; Que, mediante Decreto Supremo N° 147-2008-EF, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29230, el mismo que fue modifi cado por los Decretos Supremos Nº 090-2009- EF y Nº 165-2009-EF, a efectos de simplifi car y agilizar los procedimientos para la selección de la empresa privada y emisión de los Certifi cados “Inversión Pública Regional y Local - Tesoro Público”, entre otros; Que, mediante Decreto Supremo N° 248-2009-EF se aprobó el Texto Único Actualizado del Reglamento de la Ley N° 29230, con la fi nalidad de facilitar su aplicación; Que, a efectos de agilizar y facilitar la aplicación inmediata de la Ley N° 29230 y normas reglamentarias, resulta necesario modifi car algunas disposiciones del Texto Único Actualizado del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado mediante Decreto Supremo N° 248- 2009-EF. De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.-Sustitución de artículos Sustitúyase el texto del numeral 9.2 del artículo 9°, del artículo 15°-A, 16° y 17°, del numeral 20.2 y 20.3 del artículo 20°, del artículo 21°, del numeral 22.1 del artículo 22° y de la Primera Disposición Complementaria Final del Texto Único Actualizado del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 248-2009-EF, por lo siguientes: Artículo 9°.- Del Monto de Inversión referencial y elaboración de los Expedientes Técnicos