Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2010 (31/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 31 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

428505

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La convocatoria realizada por el Board of Governors of The Federal Reserve System (FED), con el fin de participar en el "Payments System Risk Conference", organizado en el MORDAZA del Federal Reserve System Training Program, el mismo que se llevara a cabo del 02 al 05 de noviembre de 2010, en la MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, Estados Unidos de America; CONSIDERANDO: Que, la citada conferencia tiene como principal objetivo ampliar el conocimiento tecnico de los participantes sobre las herramientas necesarias para identificar estrategias y metodos empleados para mitigar los riesgos relacionados a los sistemas de pago, asi como conocer los avances mas recientes de la tecnologia de los sistemas de pago utilizadas por las instituciones financieras y su impacto en las mismas; Que, la participacion en el citado evento contribuira a efectivizar los metodos aplicados para administrar los riesgos de los sistemas de pago en el MORDAZA supervisor, ademas de identificar los riesgos mas importantes de los sistemas de pago; Que, dado que los temas a tratar en la citada conferencia tienen relacion con las funciones realizadas por las areas tecnicas de la SBS y son de interes por su aplicacion directa para la mejora y el fortalecimiento de los procesos de supervision de esta Superintendencia, se ha designado a los senores MORDAZA MORDAZA Arribas Irazola, Supervisor de Banca del Departamento de Supervision Bancaria "C" y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Supervisor de Inspecciones del Departamento de Inspecciones de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, para participar en el referido evento de capacitacion; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-13, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, estableciendose en el Numeral 4.2.1., que se autorizaran los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interes para la institucion; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa CORPAC seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, Nº SBSDIR-ADM-085-13; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA Arribas Irazola, Supervisor de Banca del Departamento de Supervision Bancaria "C" y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Supervisor de Inspecciones del Departamento de Inspecciones de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas de la SBS, a la MORDAZA de MORDAZA ­ MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA del 01 al 07 de noviembre de 2010, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, deberan presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa CORPAC seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos Viaticos Tarifa CORPAC US$ US$ US$ 1 694,26 2 200,00 62,00

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 562013-1

Establecen que las AFOCAT deberan poner a disposicion de los usuarios los MORDAZA para la comunicacion oportuna de la ocurrencia de accidentes de MORDAZA e informar de su existencia al publico en general
CIRCULAR Nº AFOCAT- 4 -2010 ------------------------------------------------------------------------------Ref.: Telefono de Emergencias y Oficinas de Atencion a Usuarios ------------------------------------------------------------------------------Lima, 28 de octubre del 2010 Senor Presidente del Consejo Directivo Sirvase tomar nota que en uso de las atribuciones otorgadas por el literal a) del numeral 1 del articulo 4° y la Decima Disposicion Complementaria Final del Reglamento de Supervision de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2006-MTC y sus modificatorias, en adelante Reglamento, esta Superintendencia ha establecido lo siguiente, cuya publicacion se dispone en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS: 1. Comunicacion de ocurrencias de accidentes de MORDAZA Las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA, en adelante AFOCAT, deberan poner a disposicion de los usuarios, MORDAZA para la comunicacion oportuna de la ocurrencia de accidentes de MORDAZA en los que se vean envueltos sus asociados y terceros no ocupantes, en adelante siniestros; asimismo, deberan informar sobre la existencia de dichos MORDAZA al publico en general. Dichas obligaciones deberan observar las siguientes disposiciones. a. Telefono de Emergencias Las AFOCAT deberan contar con un telefono de emergencias, el cual debera estar en la capacidad de atender las veinticuatro (24) horas del dia (incluyendo domingos y feriados), las comunicaciones de ocurrencias de accidentes de transito. Dicho(s) numero(s) deberan ser comunicados a sus asociados y a esta Superintendencia, dentro del plazo otorgado para la entrada en vigencia de la presente Circular. El personal asignado para su atencion debe estar debidamente capacitado, bajo responsabilidad de la AFOCAT. El o los numeros correspondientes al mencionado telefono de emergencias deberan ser incluidos en el

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