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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de octubre de 2010 428492 el monto total de los CIPRL, aplicados en los pagos conforme a lo dispuesto en el numeral 16.1 del artículo 16° del presente Reglamento. Para tales efectos, no se considerará: a) Los recursos del Fondo de Promoción de la Inversión Regional y Local - FONIPREL. b) Los recursos provenientes de la colocación de bonos soberanos emitidos al amparo del Decreto de Urgencia Nº 040-2009 y sus modificatorias. c) Los fi deicomisos especiales cuyo patrimonio está conformado con los recursos provenientes de los benefi cios por eliminación de exoneraciones tributarias. d) Otros conceptos que se determine mediante resolución ministerial del MEF. Tratándose de los Gobiernos Regionales no se considerará los recursos que éstos entregan a las universidades públicas de su circunscripción, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley Nº 27506, Ley de Canon. Si el monto de los CIPRL aplicados en los pagos a cuenta y de regularización del Impuesto a la Renta de tercera categoría por parte de la empresa privada resultase mayor a la transferencia anual futura a la que se hace referencia en el primer párrafo, la DNTP deducirá el monto restante en los años inmediatamente posteriores. Para este fi n, la SUNAT deberá remitir a la DNTP los CIPRL aplicados en los pagos conforme a lo dispuesto en el numeral 16.1 precedente.” “Primera.- De la lista priorizada de Proyectos y el Programa Multianual de Inversión Pública Los proyectos a ser considerados en la lista a la que refi ere el artículo 3 de la Ley, deben ser considerados previamente en el Programa Multianual de Inversión Pública, cuando éste sea aplicable, en el marco de lo dispuesto por el numeral 10.2 del artículo 10 de la Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley Nº 27293, a partir del año 2010.” Artículo 2º.- Incorporación de artículos Incorpórese la Sexta Disposición Complementaria y Final al Texto Único Actualizado del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 248-2009- EF, con el siguiente texto: “Sexta.- Publicación del monto límite de emisión de CIPRL correspondiente al año fi scal 2010. El monto límite de emisión de CIPRL, correspondiente a cada GR y GL, publicado para el año fi scal 2010 estará vigente hasta que se publiquen los nuevos límites para el año fi scal 2011.” Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil diez ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 562228-1 PRODUCE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 270-2010-PRODUCE Mediante Ofi cio Nº 1379-2010-PRODUCE/SG el Ministerio de la Producción solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 270-2010- PRODUCE, publicada en la edición del 19 de octubre de 2010. DICE: Artículo 2º.- (...) gratuitos 3, 11, 12, 31 (...)”. DEBE DECIR: Artículo 2º.- “(...) 11, 12, 31 (...)” 562113-1 SALUD Designan Director de la Oficina de Asesoría Jurídica del Hospital Hermilio Valdizán RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 848-2010/MINSA Lima, 28 de octubre de 2010 Visto el expediente Nº 10-076763-001 que contiene el Ofi cio Nº 155-OP-DG-HHV-2010, del Director General del Hospital Hermilio Valdizán de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 371-2010/ MINSA de fecha 27 de abril del 2010, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal y con Resolución Directoral N° 054-10-SA-DISA-IV-LE-DG-OEA-OP-HHV de fecha 03 de junio del 2010, se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal, del Hospital Hermilio Valdizán, de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; Que mediante el Ofi cio Nº 155-OP-DG-HHV-2010, el Director General del Hospital Hermilio Valdizán, propone la designación del abogado Noé Salas Colorado en el cargo de Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Hospital Hermilio Valdizán, de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; Que mediante el Memorándum N° 084-2010-OPP/ MINSA de fecha 28 de setiembre del 2010, el Director (e) de Programación y Presupuesto de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, manifi esta que la propuesta de designación solicitada por el Director General del mencionado hospital, desde el punto de vista del cargo y plaza no tienen inconveniente de aplicación; Que mediante el Informe N° 200-2010-OGPP-OP/ MINSA de fecha 14 de octubre de 2010 y el Memorándum N° 1055-2010-OP-OGPP/MINSA de fecha 18 de octubre de 2010, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para llevar a cabo la acción solicitada; Que en ese sentido, resulta conveniente designar al profesional propuesto; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al abogado Noé Salas Colorado, en el cargo de Director, Nivel F-3, de la Ofi cina