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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de octubre de 2010 428507 - Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 057-2010-GR.CAJ-CR, de fecha 30 de setiembre del año 2010, el Pleno del Consejo Regional acordó sancionar con suspensión temporal de noventa (90) días al Vicepresidente Regional del Gobierno Regional Cajamarca, Dr. Aníbal Leoncio Balcázar Torrejón, sin derecho a percibir remuneraciones mensuales y demás benefi cios que corresponden al cargo, por haber infringido el Código de Ética, su Reglamento y Reglamento Interno de Consejo Regional al haber afectado la magnifi cencia del Consejo Regional y el honor de sus integrantes, que en el presente caso, en la persona del actual miembro de la Mesa Directiva del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, Dr. Luzmán Gonzalo Salas Salas; - Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 061- 2010-GR.CAJ-CR, de fecha 14 de octubre de 2010, el Pleno del Consejo Regional acordó aceptar por mandato legal la renuncia irrevocable del señor Econ. Jesús Coronel Salirrosas, al cargo de Presidente del Gobierno Regional de Cajamarca, a fi n de que pueda postular en las Elecciones Generales a realizarse el día domingo 10 de abril de 2011. Asimismo, se acordó dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 31º in fi ne de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales artículo 12º, numeral 12.2. del Reglamento Interno del Consejo Regional de Cajamarca, disponiendo que asuma el Despacho de la Presidencia Regional con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo al señor Consejero Delegado Ing. Wilson Nicolás Flores Castillo, con efectividad desde el día 12 de octubre del presente año y por el tiempo que dure la suspensión temporal al Vicepresidente Regional del Gobierno Regional Cajamarca, Dr. Aníbal Leoncio Balcázar Torrejón, contenida en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 057-2010-GR.CAJ-CR. Finalmente, dicho acuerdo sería comunicado al Jurado Nacional de Elecciones, para los fi nes de Ley, solicitándole emita las credenciales correspondientes, de ser el caso, como Presidente del Gobierno Regional Cajamarca y del Consejero Regional Accesitario por la provincia de Cajabamba, por el tiempo que dure su designación como Presidente del Gobierno Regional Cajamarca; - Que, mediante pedido presentado por el Consejero Delegado, Ing. Wilson Nicolás Flores Castillo, solicita se realice la elección de un nuevo Consejero Delegado mientras dura su designación como Presidente del Gobierno Regional Cajamarca, esto en mérito al Informe Legal Nº 092-2010-GR.CAJ/DRAJ; - Que, mediante Informe Legal Nº 092-2010-GR.CAJ/ DRAJ, de fecha 14 de octubre del año 2010, el Director Regional de Asesora Jurídica, Dr. Luis Felipe Sánchez Jaramillo, cuando emite opinión legal, respecto al Ofi cio Nº 124-2010-GR.CAJ/PCR, en el punto Nº 3. manifestó que es preciso señalar que sí es necesario que el Consejo Regional elija un nuevo Consejero Delegado a fi n de mantener el equilibrio de poderes que establece el artículo 11º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dado que al asumir el Consejero Delegado Ing. Wilson Nicolás Flores Castillo, en su calidad de Presidente Regional no podría ser a la vez fi scalizador de este órgano ejecutivo, por lo que en aras de mantener la transparencia y la separación de poderes y funciones establecidos como estructura básica en el mencionado artículo 11º es preciso nombrar un nuevo Consejero Delegado el cual asumirá estas funciones, mientras se encuentre asumiendo el cargo de Presidente Regional; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.CAJ- CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero: DESIGNAR al Consejero Regional por la Provincia de Cajamarca Dr. Luzmán Gonzalo Salas Salas como Consejero Delegado del Consejo Regional Cajamarca mientras dura la designación como Presidente del Gobierno Regional de Cajamarca, del Consejero Regional por la Provincia de Cajabamba, Ing. Wilson Nicolás Flores Castillo. Dicho Consejero Delegado estará acompañado en la Mesa Directiva por los Consejeros Regionales representantes de las Provincias de San Ignacio y Hualgayoc señores Manuel Benjamín Anyaypoma Ocón y Domitilo Vásquez Suárez, en calidad de Vicepresidente y Secretario, respectivamente. Segundo: El presente Acuerdo Regional entrará en vigencia a partir del día viernes 15 de octubre del año 2010, fecha en que se realizará la próxima Sesión Ordinaria de Consejo Regional. Tercero: ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla WILSON NICOLÁS FLORES CASTILLO Consejero Delegado Presidente del Consejo Regional 561576-1 Aceptan donación dineraria a favor del Gobierno Regional para el pago de docentes, en cumplimiento de convenio de cooperación ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 068-2010-GR.CAJ-CR Cajamarca, 19 de octubre de 2010 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 15 de octubre del año 2010; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 006- 2010-GR.CAJ-CR/CODESO, evacuado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, referente a la aprobación de la aceptación de la donación dineraria por CIENTO TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE NUEVOS SOLES CON 68/100 NUEVOS SOLES (S/. 135,387.68), efectuada por la empresa LUMINA COPPER S.A.C. (como parte del segundo y tercer desembolso, de lo cual ya se cuenta con el Cheque correspondiente al segundo desembolso) a favor del Gobierno Regional Cajamarca, con el voto unánime del Pleno, y; CONSIDERANDO: - Que, la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, artículo 69º, refi ere: “Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. En el caso de montos inferiores a las cinco (5) UIT la referida Resolución o Acuerdo se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad…”; - Que, mediante Carta S/N, de fecha 24 de febrero del año 2010, el Supertintendente de Planifi cación –Relaciones Comunitarias de Lumina Copper S.A.C., señor Jorge Vera Tudela Lema, remite al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca y al Gerente Regional de Desarrollo Social, la propuesta de desembolso del monto donado, siendo éste de la siguiente manera: El 15 de marzo de 2010 El 15 de julio de 2010 El 15 de noviembre de 2010 S/. 100,000.00 S/. 100,000.00 S/. 35,387.68 - Que, mediante Carta S/N, de fecha 19 de julio del año 2010, el Superintendente de Planeamiento de la Empresa