Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2010 (10/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

425461

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban donaciones dinerarias en cumplimiento de lo dispuesto en la Clausula Decimo Sexta - Reparaciones Colectivas CVR de los Convenios Suscritos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 295-2010-PCM
MORDAZA, 8 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 071-2006-EM, se aprobo el formato del Convenio para el aporte economico voluntario, extraordinario y temporal denominado "Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo" que celebran el Estado y las Empresas Mineras; Que, de acuerdo a la Clausula Decimo Sexta ­ Reparaciones Colectivas, del formato de Convenio MORDAZA senalado, se contempla que, "Como excepcion, con cargo al FONDO MINERO REGIONAL XX y hasta por el 4% anual del mismo, se podra financiar actividades que el ESTADO solicite, para asistirlo en las REPARACIONES COLECTIVAS establecidas en el informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion (CVR), sin asumir la EMPRESA, por ello, responsabilidad alguna sobre estas acciones o por el uso de estos recursos"; Que, mediante el Informe N° 061-2010-PCM/OAF la Oficina de Asuntos Financieros de la Presidencia del Consejo de Ministros comunica que, en el MORDAZA del Convenio "Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo", la Presidencia del Consejo de Ministros ha recibido las donaciones dinerarias siguientes:
Depositos en Moneda Nacional: Banco: Banco de la Nacion MORDAZA y N° de cuenta bancaria: Cuenta Corriente N° 00-000-863149 Denominacion de cuenta bancaria: Donaciones Fondo Minero / Reparaciones Colectivas CVR Fecha del Importe Recibo de Donante registro donado S/. Ingreso Nº financiero 013-2010 COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. 24/08/2010 S/. 65,745.76 014-2010 CEDIMIN S.A.C. 24/08/2010 S/. 98.00 015-2010 COMPANIA MINERA MORDAZA S.A.C. 31/08/2010 S/. 9,634.52 016-2010 COMPANIA MINERA MORDAZA S.A.C. 31/08/2010 S/. 44,196.00 017-2010 COMPANIA MINERA MORDAZA S.A.C. 31/08/2010 S/. 34,453.28 018-2010 MINERA SUYAMARCA S.A.C. 31/08/2010 S/. 15,927.36 019-2010 MINERA SUYAMARCA S.A.C. 31/08/2010 S/. 66,096.36 TOTAL S/. 236,151.28

Depositos en Moneda Nacional: Banco: Banco de la Nacion MORDAZA y N° de cuenta bancaria: Cuenta Corriente N° 00-000-863149 Denominacion de cuenta bancaria: Donaciones Fondo Minero / Reparaciones Colectivas CVR Fecha del Importe Recibo de Donante registro donado S/. Ingreso Nº financiero 013-2010 COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A. 24/08/2010 S/. 65,745.76 014-2010 CEDIMIN S.A.C. 24/08/2010 S/. 98.00 015-2010 COMPANIA MINERA MORDAZA S.A.C. 31/08/2010 S/. 9,634.52 016-2010 COMPANIA MINERA MORDAZA S.A.C. 31/08/2010 S/. 44,196.00 017-2010 COMPANIA MINERA MORDAZA S.A.C. 31/08/2010 S/. 34,453.28 018-2010 MINERA SUYAMARCA S.A.C. 31/08/2010 S/. 15,927.36 019-2010 MINERA SUYAMARCA S.A.C. 31/08/2010 S/. 66,096.36 TOTAL S/. 236,151.28

Articulo 2°.- Estos fondos publicos percibidos se destinaran a la atencion de Proyectos de Inversion Publica, proyectos productivos y otras actividades de Reparacion Colectiva contempladas en el articulo 27° del Reglamento de la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, y que se encuentren comprendidos en el Programa de Reparaciones Colectivas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros

541748-1

AGRICULTURA
Establecen requisitos sanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de determinadas mercancias pecuarias de origen y procedencia MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 024-2010-AG-SENASA-DSA
La MORDAZA, 03 de septiembre del 2010 VISTO: Los Informes Nº 518, 519 y 540-2010-AG-SENASASCA-DSA; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059 Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, expresa que el ingreso al MORDAZA, como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca en el ambito de su competencia el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA; Que, asi tambien el articulo 9° de la referida MORDAZA establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA dictara las medidas fito y zoosanitarias para la prevencion, el control o la erradicacion de plagas y enfermedades. Dichas medidas seran de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier titulo, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas que se trate; Que, el articulo 12° del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que los requisitos fito y zoosanitarios se publican en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 28° del Decreto Supremo N° 0082005-AG ­ Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria establece que la Direccion de Sanidad Animal tiene entre sus funciones el establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervision zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios;

Que, de acuerdo al articulo 69° de la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales e internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos publicos, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las (05) cinco Unidades Impositivas Tributarias; Contando con los visados de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y en la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar las siguientes donaciones dinerarias, en cumplimiento de lo dispuesto en la Clausula Decimo Sexta ­ Reparaciones Colectivas CVR de los Convenios suscritos:

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