Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2010 (10/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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anterior para que las empresas puedan contar con dichos profesionales, en funcion al area de influencia de cada sede donde el profesional MORDAZA aprobado el curso para optar la condicion de medico veterinario autorizado en salud avicola. Articulo 4º.- Establecer como plazo MORDAZA el dia 30 de septiembre de 2010 para solicitar la autorizacion de medicos veterinarios en salud avicola, en el caso de aquellos profesionales que tomaron los cursos dictados previamente a la publicacion de la presente resolucion. Asimismo, se dispone el plazo de dos meses contados a partir del 01 de octubre de 2010 para que las empresas avicolas puedan contar con dichos profesionales, de acuerdo a los requisitos y procedimientos establecidos. Articulo 5º.- Disponer la publicacion del cronograma de cursos en la pagina web del SENASA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria ANEXO I Cronograma de Cursos para optar la condicion de medicos veterinarios autorizados en sanidad avicola.
Sede MORDAZA Ica Area de influencia MORDAZA, Tacna, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA Ica, MORDAZA, Huancavelica y MORDAZA Septiembre Octubre Noviembre 7-9 22-24

tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable del Ejercito del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del siguiente personal militar de la Republica Federativa de Brasil, del 12 al 18 de setiembre de 2010, para participar en la VI Conferencia Bilateral de Estado Mayor entre los Ejercitos del Peru y Brasil:
1. 2. 3. 4. 5. GENERAL DE DIVISION MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERRAZ MORDAZA DIELSON MORDAZA MONTEIRO DE ALBURQUERQUE MORDAZA MENEZES DA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ACCIOLI MORDAZA DE SOUZA MONTEIRO

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa

MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA Tumbes, MORDAZA, Amazonas, San MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Pasco, Ucayali

541314-1
20-22 15-17

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 970-2010-DE/SG
MORDAZA, 8 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO:

540930-1

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Brasil, Ecuador y otros paises
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 969-2010-DE/SG
MORDAZA, 8 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 0979, de fecha 07 de setiembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la "V Conferencia Bilateral de Estado Mayor entre los Ejercitos del Peru y Brasil, realizada en Brasilia en octubre de 2008, se establecio como sede para la VI Conferencia Bilateral, la MORDAZA de Lima; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el

Que, con Facsimil (DGS) N° 0978 de fecha 07 de setiembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de diversos paises, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la MORDAZA "Reunion de Trabajo del Sub-Comite de Nombres de Caracteristicas del Relieve Submarino de la Carta Batimetrica General de los Oceanos (GEBCO)" realizada en MORDAZA y, conformada por diversos paises, se acordo para la subsiguiente reunion, llevarla a cabo en el Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley N° 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica;

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