Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2010 (16/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de setiembre de 2010

Unidades Supervisadas bajo Responsabilidad de Empresas Contratistas a Cargo de la Exploracion y/o Explotacion de Gas Natural"; asi como, a aprobar los formatos que contendran las declaraciones juradas que deberan ser llenadas por los responsables de las unidades supervisadas que dichos procedimientos regulan. Articulo 9º.- Publicar la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en la pagina web de OSINERGMIN (www. osinergmin.gob.pe). Articulo 10º.- Derogar todos los dispositivos legales que se opongan a lo establecido en la presente resolucion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN ANEXO Nº 3 PROCEDIMIENTO PARA LA MORDAZA DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES RELATIVAS A LAS UNIDADES SUPERVISADAS BAJO RESPONSABILIDAD DE EMPRESAS CONTRATISTAS A CARGO DE LA EXPLORACION Y/O EXPLOTACION DE HIDROCARBUROS LIQUIDOS DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Definiciones: Para efecto de aplicacion del presente procedimiento se deben tener en cuenta las siguientes definiciones: a) Empresa Supervisada.- es aquella persona natural o juridica que cuenta con un contrato vigente celebrado con PERUPETRO S.A. para efectuar operaciones de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos liquidos. b) Unidad Supervisada o Unidad Operativa.- es aquel lote donde se encuentran ubicadas las instalaciones y donde se realizan las actividades para las operaciones de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos liquidos, bajo la responsabilidad de la empresa supervisada, que a continuacion se detallan: b.1) Instalaciones: - Instalaciones Generales, Campamentos, Oficinas, Helipuertos. - Baterias de Produccion. - Tanques de Almacenamiento de Hidrocarburos en Pozos, Manifolds de MORDAZA y Baterias. - Pozos en General. - Plataformas Marinas. - Estaciones o Plantas de Gas, Inyeccion o de Compresion de Gas. - Estaciones o Plantas de Inyeccion / Reinyeccion de Agua. - Plataformas en Selva. - Estaciones de Bombeo y en Patio de Tanques de Fiscalizacion o Plantas de Tratamiento de Crudo Fiscalizacion de Petroleo o Gas Natural. b.2) Actividades: - Sismica. - Perforacion de Pozos. - Workover. - Completacion de Pozos - Cementacion, Baleo, Fracturamiento, Registros Electricos. - Servicios de Pozos y de Swab (SUABEO). Articulo 2º.- Objeto El presente procedimiento tiene como finalidad que los responsables de las unidades supervisadas efectuen inspecciones periodicas de sus instalaciones y actividades referidas en el articulo precedente, segun corresponda, a efectos de asegurar que sus operaciones se realizan acorde con las normas tecnicas y de seguridad establecidas en el ordenamiento juridico vigente. Articulo 3º.- Ambito de Aplicacion El presente procedimiento es de aplicacion para todas las unidades supervisadas bajo responsabilidad de las empresas supervisadas a nivel nacional.

Articulo 4º.- Informacion a entregar Las empresas contratistas responsables de las unidades supervisadas deberan elaborar un inventario de sus instalaciones y actividades a fin de presentar la informacion relativa a las condiciones tecnicas y de seguridad que el presente procedimiento establezca. La citada informacion tiene el caracter de declaracion jurada y es confidencial debiendo ser entregada en los plazos, formatos, y medios tecnologicos establecidos para tales efectos. Articulo 5º.- Declaraciones Juradas de Instalaciones para las operaciones de exploracion y/o explotacion. Las empresas contratistas responsables de las unidades supervisadas, presentaran una declaracion jurada por cada instalacion referida en el item b1) del literal b) del articulo 1º del presente procedimiento, bajo su responsabilidad, de acuerdo a los formatos correspondientes que aprobara para tales efectos la Gerencia General de OSINERGMIN. Articulo 6º.- Declaraciones Juradas de Actividades para las operaciones de exploracion y/o explotacion. Las empresas contratistas responsables de las unidades supervisadas, presentaran una declaracion jurada por cada actividad referida en el item b2) del literal b) del articulo 1º del presente Procedimiento, realizada dentro de cada unidad operativa bajo su responsabilidad, de acuerdo a los formatos correspondientes que aprobara para tales efectos la Gerencia General de OSINERGMIN. Articulo 7º.- Formas y plazos de entrega de las declaraciones juradas Las declaraciones a las que se hacen referencia en los articulos 5º y 6º deberan contener toda la informacion requerida en los formatos que se aprueben para tales efectos, debiendo ser presentadas anualmente, dentro de los primeros siete (7) dias habiles del mes de MORDAZA, conforme a la Resolucion de Gerencia General Nº 2362010-OS/GG. Para tales efectos, OSINERGMIN entregara un "usuario" y una "contrasena", segun corresponda, a cada uno de los responsables por cada unidad operativa de las Empresas Supervisadas que realicen actividades de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos, para que cumplan con remitir via Internet, a traves de la plataforma virtual que OSINERGMIN establezca para tales efectos, las declaraciones juradas a las que se hace referencia en el articulo precedente. Cabe precisar que previamente a la MORDAZA de las declaraciones juradas, las empresas supervisadas deberan registrar los inventarios de sus instalaciones y actividades a los que se hace referencia en el articulo 4º del presente procedimiento. Cabe precisar, que es responsabilidad del agente tomar las medidas de seguridad en el uso de la contrasena y usuario; asimismo, se entendera que la informacion registrada ha sido efectuada por el agente en todos aquellos casos en los que para acceder a los referidos sistemas MORDAZA utilizado el codigo de usuario y la contrasena que le corresponde. Toda Informacion presentada por los agentes a traves de otros formatos que no MORDAZA los establecidos para el PDJ segun la normativa que los regula, o los autorizados por OSINERGMIN, sera considerada como informacion no remitida. Articulo 8º.- Declaraciones Jurada en caso de variacion de las condiciones Los responsables de las unidades supervisadas estan obligados a presentar una nueva declaracion jurada cada vez que las condiciones de sus instalaciones o actividades hayan variado. Se entendera que las condiciones han variado cuando se hayan realizado en las mismas algun MORDAZA de cambio que implique(n) ampliacion(es) o modificacion(es); independientemente de las obligaciones de cumplir con los procedimientos de modificacion y/o ampliacion u otros exigidos por la normativa vigente; asi como de la responsabilidad administrativa que dicha conducta genere; debiendo presentar la correspondiente declaracion jurada dentro de los quince (15) dias calendarios de ocurrida la variacion.

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