Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2010 (16/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Articulo 9º.- Plazos perentorios para subsanar incumplimientos En el caso que las empresas contratistas responsables de las unidades supervisadas o unidades operativas, manifiesten a traves de su declaracion jurada que no cumplen con alguna(s) de las normas tecnicas y de seguridad, contaran con un plazo de tres (3) meses para presentar la correspondiente declaracion jurada de cumplimiento de las mismas. En caso de vencerse el citado plazo sin que se cumpla con la MORDAZA de la declaracion jurada respectiva o se presente la misma indicando que no se han levantado el o los incumplimientos a las citadas normas, se procedera a iniciar los procedimientos administrativos sancionadores a que MORDAZA lugar. El plazo contemplado en el parrafo precedente resulta aplicable unicamente para el caso de incumplimientos a normas tecnicas y de seguridad que no hayan sido previamente consignados en una declaracion jurada anterior, presentada por las empresas supervisadas. En caso de reportarse nuevamente incumplimientos que ya han sido previamente consignados en una declaracion jurada anterior, OSINERGMIN estara facultado a iniciar el o los procedimientos administrativos sancionadores por dicho(s) incumplimiento(s) y/o a continuar el tramite de aquellos procedimientos administrativos sancionadores iniciados, sin necesidad de esperar el vencimiento de los plazos contemplados en los parrafos precedentes. Articulo 10º.Infraccion Administrativa Sancionable Toda accion u omision por parte de la(s) empresa(s) supervisada(s) que implique un incumplimiento de las disposiciones contempladas en el presente procedimiento, constituye infraccion administrativa sancionable; siendo de aplicacion las sanciones establecidas en la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN, aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD y sus modificatorias. Los incumplimientos al "Procedimiento para la MORDAZA de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a las Condiciones Tecnicas y de Seguridad aplicable a las Unidades Supervisadas bajo responsabilidad de empresas contratistas a cargo de la exploracion y/o explotacion de Hidrocarburos Liquidos" detectados en una misma unidad supervisada, se acumularan en un solo expediente administrativo, el mismo que MORDAZA origen a un solo procedimiento administrativo sancionador, de ser el caso. DISPOSICION FINAL TRANSITORIA Unica.- Los responsables de las empresas contratistas que suscriban contratos para la exploracion y/o explotacion de un lote de hidrocarburos luego de vencido el plazo establecido en el articulo 7º del presente procedimiento, deberan presentar las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas y de Seguridad dentro del plazo de treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha del inicio de las actividades de MORDAZA, informada oficialmente a OSINERGMIN. Las siguientes declaraciones juradas deberan ser presentadas anualmente por los responsables dentro del plazo dispuesto en el referido articulo. ANEXO Nº 4 PROCEDIMIENTO PARA LA MORDAZA DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES RELATIVAS A LAS UNIDADES SUPERVISADAS BAJO RESPONSABILIDAD DE EMPRESAS CONTRATISTAS A CARGO DE LA EXPLORACION Y/O EXPLOTACION DE GAS NATURAL Articulo 1º.- Definiciones Para efecto de aplicacion del presente procedimiento se deben tener en cuenta las siguientes definiciones: a) Criticidad: Condicion propia de la naturaleza de una obligacion fiscalizable, cuyo incumplimiento puede

generar una situacion de alto, moderado o bajo riesgo sobre aspectos tecnicos, ambientales o de seguridad de las actividades de gas natural. b) Riesgo: Evento o condicion incierta, que de ocurrir, produce un efecto negativo en por lo menos uno de los siguientes aspectos de las actividades de gas natural: Tecnicos o de Seguridad. c) Riesgo Tecnico Alto: Evento o condicion incierta que produce la paralizacion total de las operaciones no programadas. d) Riesgo Tecnico Moderado: Evento o condicion incierta que produce la paralizacion parcial de las operaciones no programadas. e) Riesgo Tecnico Bajo: Evento o condicion incierta que no produce la paralizacion de las operaciones. f) Riesgo Ambiental y Social Alto: Evento o condicion incierta, que produce impactos ambientales, permanentes, irreversibles o que precisen medidas correctoras por un periodo largo. g) Riesgo Ambiental y Social Moderado: Evento o condicion incierta, que produce impactos ambientales, intermitentes o que precisen medidas correctoras por un periodo corto. h) Riesgo Ambiental y Social Bajo: Evento o condicion incierta que produce impactos ambientales, esporadicos o que no precisen medidas de mitigacion. i) Riesgo de Seguridad Alto: Evento o condicion incierta que produce muertes o incapacidad permanente. j) Riesgo de Seguridad Moderado: Evento o condicion incierta que produce incapacidad temporal. k) Riesgo de Seguridad Bajo: Evento o condicion incierta que produce o no un incidente. l) Unidades Supervisadas: Lotes donde se realizan las actividades de exploracion y/o explotacion de gas natural, bajo responsabilidad de la empresa supervisada. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion El presente procedimiento es de aplicacion, a nivel nacional a las unidades supervisadas bajo responsabilidad de empresas contratistas a cargo de la exploracion y/o explotacion de gas natural. Articulo 3º.- Objeto El presente procedimiento tiene como finalidad difundir y promover el cumplimiento de las obligaciones aplicables a los sujetos comprendidos en el articulo precedente respecto de la etapa operativa; asi como proveer de informacion a OSINERGMIN con la finalidad de que pueda implementar los mecanismos de supervision necesarios a efecto de contribuir con la labor de fiscalizacion de las referidas obligaciones. Articulo 4º.- Informacion a entregar Los sujetos comprendidos en el articulo 2º del presente procedimiento, deberan presentar la informacion relativa al cumplimiento de las obligaciones bajo el ambito de supervision de OSINERGMIN, de acuerdo al formato que la Gerencia General aprobara oportunamente. La citada informacion tiene el caracter de declaracion jurada y es confidencial, debiendo ser entregada respecto de cada lote que posean los sujetos MORDAZA mencionados, para lo cual deberan tomarse en cuenta los plazos, formatos y medios tecnologicos que se establezcan para tal efecto. La MORDAZA parcial de la informacion a que se refiere el primer parrafo del presente articulo o aquella que no se efectue mediante los formatos respectivos, implica el incumplimiento de dicha obligacion. Asimismo, el incumplimiento de la MORDAZA de declaraciones juradas de cumplimiento de obligaciones aplicables a las unidades supervisadas bajo responsabilidad de empresas contratistas a cargo de la exploracion y/o explotacion de gas natural, sera sancionada de acuerdo a lo establecido en la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural. Articulo 5º.- Clasificacion de obligaciones Las obligaciones cuyo cumplimiento sera objeto del presente procedimiento seran clasificadas por la autoridad administrativa, de acuerdo a sus niveles de criticidad, en las siguientes tres categorias:

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