NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (16/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 34
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de setiembre de 2010 425884 Peruano y Latinoamericano de la Unidad de Postgrado de la Facultad de Letras y Ciencias Humanas, por los períodos que en cada caso se señala, para realizar una estadía de intercambio académico en la ciudad de México, en el marco del “Convenio General de Cooperación Académica, Científi ca y Cultural suscrito entre la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y la Universidad Nacional Autónoma de México”. 2. Otorgar a cada uno de los cuatro (04) profesores señalados en el resolutivo que antecede, la suma en nuevos soles equivalente a US$ 900.00 dólares americanos por los conceptos de viáticos, pasaje aéreo Lima-México-Lima y Tarifa CORPAC, respectivamente, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Facultad de Letras y Ciencias Humanas, debiendo a sus retornos rendir cuenta documentada de los gastos efectuados en el plazo de Ley, como se indica: Docente Código Fecha de viaje Actividad Académica Nanda Leonardini Herane 086509 Del 17 al 27 de setiembre del 2010 • Los héroes de la independencia a través de la pintura. • Iconografía republicana en el Perú. Hilda Barentzen Gamarra 079251 Del 25 de setiembre al 02 de octubre del 2010 • Inicios republicanos de Gil de Castro y otros aspectos de su pintura. • Pancho Fierro inédito. Martín Fabbri García 09448A Del 02 al 09 de octubre del 2010 • La arquitectura en Lima y la inmigración europea de la segunda mitad del siglo XIX. • La arquitectura del Neoclasicismo al fi nal del Virreinato del Perú. Patricia Victoria Cánovas 096865 Del 09 al 16 de octubre del 2010 • Las artes gráfi cas y la litografía en la construcción de la nación, el caso de El Perú Ilustrado (1887-1892). • Imágenes del patrimonio cultural en El Perú Ilustrado (1887-1892) 2º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. 3º.- Encargar a la Ofi cina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Letras y Ciencias Humanas, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FERNANDO IZQUIERDO VÁSQUEZ Rector 543569-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC Aprueban creación de la Oficina de Defensa Nacional del Gobierno Regional de Apurímac (ODENA) (Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Apurímac, mediante Ofi cio Nº 562- 2010-GRAP/02/PR, recibido el 14 de setiembre de 2010) ORDENANZA REGIONAL Nº 027-2009-CR-APURIMAC EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC: POR CUANTO: El Consejo Regional de Apurímac, en Sesión Ordinaria de fecha quince de diciembre del año dos mil nueve; concordante y amparado por el ordenamiento jurídico vigente; ha dado la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, prescribe que, los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el literal a) del artículo 7º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Apurímac, señala que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, los artículos 16º y 17º de la Ley Nº 28478, Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, establecen que los Ministerios, Organismos Públicos y Gobiernos Regionales son los elementos de ejecución del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, encargados de planear, programar, ejecutar y las acciones de defensa nacional en las áreas específi cas de responsabilidad, para el cumplimiento de estas funciones cuentan con Ofi cinas de Defensa Nacional, que dependen de la más alta autoridad de su institución. Asimismo, indica que las Ofi cinas de Defensa Nacional asesoran al Ministro, Jefe del Organismo o al Presidente del Gobierno Regional, sobre el planeamiento, programación, ejecución y supervisión de las acciones de seguridad y defensa nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2006-DE/ SG, Reglamento de la Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, Ley Nº 28478, se establece que los Ministerios y Gobiernos Regionales tienen la responsabilidad de compatibilizar los planes estratégicos sectoriales y regionales con las políticas de Seguridad y Defensa Nacional, así como, los organismos públicos, de defi nir procesos orientados a compatibilizar la seguridad y defensa nacional o actividades propias de su competencia; Que, de igual manera el referido Decreto Supremo señala que las Ofi cinas de Defensa Nacional desarrollarán las funciones generales de Defensa Nacional, Difusión de Doctrina, Movilización y Defensa Civil y tienen la responsabilidad de viabilizar la relación técnica funcional con la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa (DCEPE); Que, las Ofi cinas de Defensa Nacional de los Ministerios, Organismo Públicos y Gobiernos Regionales tienen como fi nalidad primordial asesorar a los funcionarios de la alta dirección de sus correspondientes entidades en asuntos relacionados con la seguridad y defensa nacional, movilización y coordinaciones en asuntos de Defensa Civil; Que, las Ofi cinas de Defensa Nacional estarán a cargo de un funcionario que tenga califi cación en Desarrollo y Defensa Nacional debidamente acreditado; Que, las Ofi cinas de Defensa Nacional mantienen relación técnica con la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa; Que, la Estructura de las Ofi cinas de Defensa Nacional debe estar organizada para cumplir tareas de planeamiento, defensa nacional y movilización nacional; Que, en la medida de sus posibilidades y de acuerdo a sus necesidades, pueden en su estructura contar con los siguientes elementos: a. Órgano de Dirección Director b. Órganos de Línea Órgano de Planeamiento Órgano de Movilización Nacional Órgano de Doctrina Que, en este sentido, mediante Ofi cio Nº 634-2009- MINDEF/VPD/A/01, de fecha 21 de julio del 2009, el Viceministro de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa comunica al Gobierno Regional de Apurímac, la necesidad de implementar y organizar en el Departamento una Ofi cina de Defensa Nacional – ODENA, a fi n de dar cumplimiento a la normatividad vigente en materia de Seguridad y Defensa Nacional; Que, la Comisión de Planificación del Consejo