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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (21/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de setiembre de 2010 426098 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de agosto del 2010, el Informe Nº 004-181-00000166 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria, emite opinión técnica y legal con relación a la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza Nº 343-MDJM, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Jesús María. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, éstas deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción. Que, en el caso de la Provincia de Lima, a través del Edicto Nº 227 se otorgó al Servicio de Administración Tributaria, la facultad de emitir opinión técnica acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que sean sometidas a la ratifi cación del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (Inciso. s del artículo 6º). Que, en esa misma línea y de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ordenanza Metropolitana Nº 607, respecto a que las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de Lima deberán formular sus solicitudes de ratifi cación ante el Servicio de Administración Tributaria, dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza Nº 727, la cual precisa que la presentación de las solicitudes de ratifi cación de las Ordenanzas que aprueban derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) deberán efectuarse hasta el último día hábil del mes de junio. Que en el presente caso, mediante Ofi cio Nº 398-2010-MDJM/SG del 28 de mayo del 2010, la Municipalidad Distrital de Jesús María solicitó la ratifi cación de la Ordenanza Nº 343-MDJM, que aprueba los derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos institucional. Que, dicha solicitud ha sido tramitada y evaluada según la Ordenanza Nº 607, de acuerdo con lo establecido en su Sexta Disposición Final, en la que se dispone su aplicación respecto de las solicitudes de ratifi cación de Ordenanzas que aprueben derechos administrativos ingresadas a partir del 1º de julio del 2004, así como, de conformidad con los lineamientos de la Directiva Nº 001-006-00000001; en atención a lo preceptuado en el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, en cuya primera Disposición Transitoria se dispuso que en tanto se implemente la nueva metodología de costos en todas las entidades de la Administración Pública, éstas podrán aprobar, modifi car o ratifi car sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos utilizando las pautas metodológicas contenidas en la Directiva Nº 001-95-INAP/DTSA (referida en el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM), para efectos de sustentar técnicamente los Procedimientos Administrativos de sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos, siempre que ésta haya sido expedida con anterioridad a la publicación del citado Decreto Supremo. Que, el Servicio de Administración Tributaria ha procedido a la evaluación legal y técnica correspondiente, siguiendo para tal efecto las disposiciones de la Ordenanza Nº 607, la Directiva Nº 001-006-00000001, a través de las cuales se estableció el procedimiento para la ratifi cación de las Ordenanzas tributarias por las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de Lima, así como las normas legales vigentes a efectos de determinar la legalidad y racionalidad del establecimiento de los derechos de trámite correspondiente a cada procedimiento establecido, respectivamente, emitiendo en este caso la Gerencia de Asuntos Legales del SAT, el Informe Técnico Legal Nº 004-181-00000166 de fecha 04 de agosto del 2010, el mismo que concluye, entre otros, en lo siguiente: 1. Los 117 derechos correspondientes a un total de 89 procedimientos y servicios administrativos contenidos en la Ordenanza Nº 343-MDJM, que aparecen detallados en el Anexo Nº 1 del informe del Servicio de Administración Tributaria, han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simplifi cación administrativa. 2. De la evaluación técnica efectuada se concluye que los ingresos que la Municipalidad Distrital de Jesús María piensa percibir, producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos listados en el Anexo Nº 1, fi nanciarán el 97.58% de los costos por la prestación de los mismos, la diferencia de los costos deberá ser cubierta por la Municipalidad Distrital. Costo Proyectado (S/.) Ingreso Proyectado (S/.) Procedimientos y servicios administrativos: 89 Derechos: 117 537,197.87 524,205.03 Total 537,197.87 524,205.03 Fuente: Expediente Ordenanza Nº 343-MDJM Elaboración: SAT - Gerencia de Asuntos Legales 3. Finalmente, a efectos del cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 29566, norma que modifi ca la Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, corresponde que la Municipalidad Distrital de Jesús María adopte las medidas respectivas respecto de la inexigibilidad de los requisitos de: i) copia literal de dominio, ii) certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios, iii) boletas de habilitación de los profesionales que intervienen en el trámite y iv) documentos que se encuentren en los archivos de las municipalidades, para la tramitación de los procedimientos de edifi caciones y habilitaciones urbanas. De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº 189-2010-MML-CMAEO; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar la ratifi cación de 117 derechos correspondientes a un total de 89 procedimientos y servicios administrativos, contenidos en la Ordenanza Nº 343-MDJM, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Jesús María; que aparecen detallados en el Anexo Nº 1 del Informe Nº 004-181-00000166 del Servicio de Administración Tributaria. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación y de la Ordenanza Nº 343-MDJM; así como del Anexo Nº 1 que contiene el listado de los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos que brinda dicha Comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el marco legal vigente. Por otro lado, la aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratifi cación, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Jesús María. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad Distrital de Jesús María, la cual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lo dispuesto en el inciso b) del artículo 2º de la Ordenanza Nº 607.