Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2010 (26/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de setiembre de 2010

economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru y que se canalizan a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta conveniente autorizar el viaje en mision oficial del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Barba, Asesor del Despacho Viceministerial de Trabajo, para que participe en representacion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en las reuniones a que se refiere el primer considerando de la presente resolucion; Con la visacion de la Jefa de Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos del Poder Ejecutivo, modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, precisado por el Decreto de Urgencia Nº 001-2010; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en mision oficial del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARBA, Asesor del Despacho Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a la MORDAZA de Bandar Seri Begawan, Brunei Darussalam, del 03 al 11 de octubre de 2010, para que en representacion del Sector participe en la Tercera Ronda de Negociaciones para el Acuerdo de Asociacion Transpacifico (TTPA). Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US$ 3,537.87 Viaticos: US$ 1,560.00 Tarifa Corpac (TUUA): US$ 31.00 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario debera presentar al Despacho Ministerial, un Informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion y sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 548600-13

VISTO, el Expediente Nº 2007-043149 presentado por la ASOCIACION DE RADIOS COMUNITARIAS MORDAZA ES MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Chincheros, departamento de Apurimac; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 091-2004MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº 886-2007-MTC/03, Nº 064-2008-MTC/03 y Nº 1632008-MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada con Resolucion Viceministerial Nº 164-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Chincheros, la misma que incluye al distrito y provincia de Chincheros, departamento de Apurimac; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, indicado en el parrafo precedente, establece 1 Kw. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, segun Resolucion Ministerial Nº 207-2009MTC/03, la misma que modifico las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 500 w. hasta 1 Kw. de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D4, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, la ASOCIACION DE RADIOS COMUNITARIAS MORDAZA ES MORDAZA no se encuentra obligada a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes, asi como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, segun se establece en el articulo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 0382006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, con Informe Nº 2629-2009-MTC/28, MORDAZA con Informe Nº 2347-2010-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por la ASOCIACION DE RADIOS COMUNITARIAS MORDAZA ES MORDAZA para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Chincheros, departamento de Apurimac; De conformidad con la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan autorizaciones para prestar servicio publico de radiodifusion sonora educativa y comercial en FM
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 652-2010-MTC/03 MORDAZA, 2 de setiembre de 2010

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