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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (26/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de setiembre de 2010 426386 CONSIDERANDO: Que, el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT faculta a los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de su competencia; Que, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Sección Cobranza de la División de Control de la Deuda y Cobranza de la Intendencia Regional Arequipa resulta necesario designar nuevo personal en calidad de Auxiliar Coactivo; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, la Ofi cina de Políticas de Personal ha confi rmado el cumplimiento de los mencionados requisitos por parte de la señora Sandra Virginia Carrillo Ticona; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; En uso de las facultades conferidas en los Artículos 50º y 51º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Arequipa, de la señorita Nadia Zdenia Tapia Belon. Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Arequipa, a la señora Sandra Virginia Carrillo Ticona. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO B. ALBARRACIN MONTENEGRO Intendente Regional Intendencia Regional Arequipa 548097-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban modificación de la fórmula tarifaria y estructuras tarifarias de la EPS SEDALIB S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 035-2010-SUNASS-CD Lima, 21 de setiembre de 2010 VISTO: El Informe Nº 057-2010-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que presenta el Estudio Tarifario Final con la propuesta de los cambios al Plan Maestro, la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión aplicables a la EPS SEDALIB S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 004-2010-SUNASS- GRT del 26 de mayo del 2010 se inició el procedimiento de restablecimiento de equilibrio económico fi nanciero de la EPS SEDALIB S.A.; Que, de acuerdo al Informe Nº 057-2010-SUNASS- 110 - el cual forma parte integrante de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 – se: (i) declaró acreditada la ruptura del equilibrio económico fi nanciero de la EPS SEDALIB S.A. cuya magnitud se determinó en S/. 5.250.923; (ii) aprobó como mecanismo de restablecimiento del equilibrio económico fi nanciero la modifi cación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la EPS SEDALIB S.A. para el quinquenio en curso; (iii) publicó en el Diario Ofi cial El Peruano el Proyecto de Resolución que modifi ca la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión; (iv) realizó la Audiencia Pública respectiva; y, (v) ha presentado el Estudio Tarifario Final que contiene la evaluación de los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la referida audiencia; por lo que corresponde emitir la resolución que dé por concluido este procedimiento; con arreglo a lo dispuesto en los artículos 42º, 43º y 44º del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; El Consejo Directivo en su sesión del 16/09/2010; HA RESUELTO: Artículo 1°.- Aprobar la modifi cación de la fórmula tarifaria que será de aplicación por la EPS SEDALIB S.A. para los últimos dos años regulatorios del quinquenio en curso, y que se detalla a continuación: 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T4 = T3 (1 + 0,100) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,141) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) Donde: T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Artículo 2°.- Aprobar la modifi cación de las estructuras tarifarias que serán de aplicación por la EPS SEDALIB S.A. para los dos últimos años regulatorios del quinquenio en curso, y que se detallan a continuación: a. Cargo fi jo (S/. / Mes) 2,76. Se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. b. Cargo por volumen de agua potable y alcantarillado: Localidades: Trujillo, La Esperanza, Florencia de Mora, El Porvenir, Víctor Larco, Huanchaco y Salaverry CLASE RANGOS Tarifa de agua potable (S/./m3) Tarifa de alcantarillado (S/./m3) CATEGORÍA m3/mes Año 4(1) Año 5 Año 4(2) Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,443 0,443 0,242 0,242 Doméstico 0 a 8 1,212 1,212 0,661 0,661 8 a 20 1,273 1,273 0,694 0,694 20 a más 3,073 3,073 1,676 1,676 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 20 2,697 2,697 1,471 1,471 20 a más 4,017 4,017 2,190 2,190 Industrial 0 a 100 4,547 4,547 2,479 2,479 100 a más 5,232 5,232 2,853 2,853 Estatal 0 a 20 1,389 1,389 0,758 0,758 20 a más 3,073 3,073 1,676 1,676 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 10,0% correspondiente al cuarto año regulatorio. (2) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 14,1% correspondiente al cuarto año regulatorio.