NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (27/09/2010)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 27 de setiembre de 2010 426442 La inspección técnica correspondiente se efectuará de ofi cio hasta dentro de los ocho (08) meses siguientes al vencimiento del mencionado período de instalación y prueba, verifi cándose en ella la correcta instalación y operación de la estación, con equipamiento que permita una adecuada prestación del servicio autorizado, así como el cumplimiento de las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución. Sin perjuicio de lo indicado, el titular podrá solicitar la realización de la inspección técnica antes del vencimiento del período de instalación y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas, la autorización otorgada quedará sin efecto. De cumplir el titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a mérito del informe técnico favorable, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a expedir la respectiva Licencia de Operación. Artículo 4º.- El titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorización otorgada, en forma individual o conjunta, aprobará su Código de Ética y presentará copia del mismo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podrá acogerse al Código de Ética aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 5º.- El titular está obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modifi cadas previa autorización de este Ministerio. En caso de aumento de potencia, éste podrá autorizarse hasta el máximo establecido en el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas. En caso de disminución de potencia y/o modifi cación de ubicación de estudios, no obstante no requerirse de aprobación previa, el titular se encuentra obligado a comunicarlo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. Artículo 6°.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el titular adoptará las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estación de radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Artículo 7°.- Serán derechos y obligaciones del titular de la autorización otorgada, los consignados en los artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como los señalados en la presente Resolución. Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período. La renovación deberá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado artículo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, el titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modifi catorias y complementarias que se expidan. Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 546945-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Designan responsables del portal de internet de OSITRAN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 056-2010-PD-OSITRAN Lima, 22 de setiembre de 2010 VISTOS: El Nota N° 013-10-GG-OSITRAN de 20 de septiembre del 2010 así como el Proyecto de Resolución que adjunta; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 1° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27806, ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, dicha norma tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información establecido en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, asimismo, el artículo 5º del TUO de la Ley Nº 27806, establece la obligación de la Administración Pública de difundir información relacionada a ellas a través de internet, debiendo identifi car al funcionario responsable de la elaboración de su Portal de Internet; Que, de conformidad con el artículo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 072- 2003-PCM, la designación del funcionario o funcionario responsables de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, debiéndose colocar copia de la Resolución de designación en un lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante la Resolución N° 038 -2010-PD- OSITRAN del 06 de julio del 2010, se designó a los funcionarios titular y alterno responsables del Portal de Internet del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de uso Público; Que, en atención a las consideraciones de efi ciencia organizacional así como a la vinculación de competencias entre las distintas unidades orgánicas de la institución, se ha determinado la conveniencia de designar a nuevos funcionarios titular y alterno responsables del Portal de Internet del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de uso Público Que, de conformidad con lo dispuesto por el TUO de la Ley Nº 27806 y el Reglamento General de OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a la señora Maria Roxana Victoria Altuna Moreno, Jefa de la Ofi cina de Relaciones Institucionales, como funcionaria responsable del Portal de Internet del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público. Artículo 2º.- Designar, a la señorita Mayra Nieto Manga, Asistente de Comunicaciones, como funcionario responsable alterno del Portal de Internet del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario ofi cial El Peruano y en el Portal de