Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2010 (27/09/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

426434

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de setiembre de 2010

Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, disponen que el titular de autorizaciones del servicio de radiodifusion debe solicitar la renovacion de la respectiva autorizacion hasta el ultimo dia de su plazo de vigencia y haber cumplido con todos los pagos de los derechos, tasa anual, canon anual y demas conceptos que se adeuden al Ministerio vinculados a telecomunicaciones, o en su caso contar con fraccionamiento de pago vigente o que se encuentre suspendida la exigibilidad de las obligaciones economicas, conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Concursal; Que, actualmente, el articulo 15º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º, 67º, 68º y 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, establecen que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de las condiciones y requisitos legalmente establecidos; Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, de fecha 28 de junio de 2007, modificada con Decreto Legislativo Nº 1029, senala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automaticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o MORDAZA, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, en la fecha de inicio del procedimiento de renovacion de autorizacion, presentado por EMPRESA INTERAMERICANA DE RADIO DIFUSION S.A., este se encontraba sujeto a silencio administrativo negativo. Sin embargo, con la actualizacion del Texto Unico de Procedimiento Administrativos, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, modificado por Resolucion Ministerial Nº 846-2009-MTC/01, las solicitudes de renovacion de autorizacion se encuentran sujetas a silencio administrativo positivo, entrando en vigencia la aplicacion de dicho silencio a la entrada en vigencia de la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo, esto es, el 04 de enero de 2008; Que, habiendo transcurrido el plazo MORDAZA para la atencion de la solicitud de renovacion de autorizacion, senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado con Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, modificado por Resolucion Ministerial Nº 846-2009-MTC/01, la solicitud presentada por EMPRESA INTERAMERICANA DE RADIO DIFUSION S.A., ha quedado aprobada el 04 de enero de 2008, en virtud de haberse configurado el silencio administrativo positivo; Que, sin perjuicio de lo MORDAZA senalado, se ha verificado que EMPRESA INTERAMERICANA DE RADIO DIFUSION S.A., cumple con los requisitos establecidos para la renovacion de la autorizacion, establecidos en los articulos 201º y 205º del entonces Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; Que, de acuerdo al Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion por television en la banda de UHF, para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 182-2004-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se advierte que dentro de la localidad denominada MORDAZA, se incluye al distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 3321-2010MTC/28, considera que corresponde declarar que el 04 de enero de 2008 se aprobo la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 221-93-TCC/15.17, solicitada por EMPRESA INTERAMERICANA DE RADIO DIFUSION S.A.; De conformidad con el entonces Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, modificado

por Resolucion Ministerial Nº 846-2009-MTC/01. el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que el 04 de enero de 2008 se aprobo la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 221-93-TCC/15.17, a EMPRESA INTERAMERICANA DE RADIO DIFUSION S.A., para que continue prestando el servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 221-93-TCC/15.17, en consecuencia, vencera el 06 de MORDAZA de 2013. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 546898-1

Declaran aprobada solicitud de renovacion de autorizacion otorgada por R.M. Nº 102-95-MTC/15.17 a Corporacion Radial del Peru S.A.C.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 661-2010-MTC/03 MORDAZA, 6 de setiembre de 2010 VISTA, la Solicitud de Registro Nº 2004-007489 de fecha 30 de MORDAZA de 2004, presentada por la empresa SUPER FM S.A.C., sobre renovacion de autorizacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que con Resolucion Ministerial Nº 102-95-MTC/15.17 de 20 de marzo de 1995, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", se autorizo a la empresa SUPER FM S.A., por el plazo de diez (10) anos, el establecimiento de una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Disponiendo en el ultimo parrafo de su articulo 1º que el plazo de vigencia de la autorizacion se computara a partir del dia siguiente de su publicacion, por lo que el plazo de vigencia vencio el 25 de marzo de 2005; Que, con fecha 30 de MORDAZA de 2004, la empresa SUPER FM S.A. solicito la renovacion de la autorizacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.