Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2011 (06/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2011

objetivo proteger la salud, mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion y promover el desarrollo sostenible; Que, el Reglamento senala en su articulo 18º que las municipalidades provinciales y distritales podran autorizar la realizacion de actividades eventuales que generen temporalmente niveles de contaminacion sonora por encima de lo establecido en los estandares nacionales de calidad ambiental para ruido y cuya realizacion sea de interes publico. Cada autorizacion debe definir las condiciones bajo las cuales podran realizarse dichas actividades, incluyendo la duracion de la autorizacion, asi como las medidas que debera adoptar el titular de la actividad para proteger la salud de las personas expuestas, en funcion a las zonas de aplicacion, caracteristicas y horario de realizacion de actividades eventuales. Que, el articulo 82º de la Ley Organica de Municipalidades establece que las municipalidades, en materia de educacion, cultura, deportes y recreacion, tienen como competencias y funciones compartidas con el gobierno nacional y el regional las siguientes: promover actividades culturales diversas; promover la consolidacion de una cultura de ciudadania democratica y fortalecer la identidad cultural de la poblacion campesina, MORDAZA y afroperuana. Asimismo, tiene como funcion, fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes; Que, las celebraciones por el Aniversario Patrio, Aniversario del Distrito, Navidad, MORDAZA de Fin de ano representan actividades que fortalecen la cultura, la identidad de la poblacion y fomenta el turismo en nuestro distrito por lo que es necesario considerarlo dentro de las excepciones indicadas en el articulo 18º del referido reglamento. Estando a lo expuesto con el MORDAZA unanime de los miembros del concejo con dispensa de lectura y aprobacion de actas se aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- AUTORIZAR la realizacion de actividades publicas eventuales con motivos de Aniversario Patrio, Aniversario del Distrito, Navidad, MORDAZA de Fin de ano y otros similares organizados por la Municipalidad de Chaclacayo, conforme al articulo 18º del Decreto Supremo 085-2003-PCM. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social que por Resolucion Gerencial emita las especificaciones senaladas en la normatividad citada. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 623537-1

Aprueban Reglamento que regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo 2012 de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 237 Chaclacayo, 16 de marzo de 2011 VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha, el Informe Nº 0047-2011-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal, el Informe Nº 044-2011-MDCH-GAJ Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 023-2010-GPP/MDCH de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Informe N° 037-2011-GDS-MDCH de la Gerencia de Desarrollo Social; y; CONSIDERANDO: Que, los numerales 1 y 2 del articulo 195° de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que los

Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de servicios publicos, siendo competentes para aprobar su organizacion interna, su presupuesto y aprobar el Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo con la Sociedad Civil; Que, los articulos 197º y 199º, del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion de la Constitucion Politica del Peru, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anual bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 31° de la Constitucion Politica del Peru, precisa que es derecho y deber de los vecinos participar en el Gobierno Municipal de su Jurisdiccion; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su titulo preliminar, articulo I Gobiernos Locales, establece que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades. Ademas en su articulo IV senala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. Asi mismo en su articulo 53º senala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, se aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion; Que, la Ley Nº 28056 Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su Reglamento Aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, definen y establecen mecanismos para la participacion ciudadana para la toma de decisiones referente a la asignacion de los recursos publicos en los procesos de elaboracion del Plan de Desarrollo Concertado y del Presupuesto Participativo. Que la Ley Nº 29298, Ley que modifica la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo en sus articulos 4º, 5º, 6º y 7º referida a: las instancias del Presupuesto Participativo; los alcances del MORDAZA de programacion participativa; las nuevas fases del MORDAZA participativo y de La Oficializacion de Compromisos. Que, mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.01 el Ministerio de Economia y Finanzas aprobo el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 "Instructivo para el Presupuesto Participativo Basados en Resultados", que recoge las disposiciones legales arriba mencionadas, que orienta y establece los mecanismos para que los gobiernos locales y regionales articulen procesos de planeamiento del desarrollo concertado y del presupuesto participativo en sus respectivas jurisdicciones, asi como asegurar la participacion efectiva de la sociedad civil en el proceso. En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, en sus articulos 9º inciso 8, 39º y 40º, con el MORDAZA unanime se aprobo la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA EL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento que Regula, el MORDAZA de Presupuesto Participativo 2012 de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia General Municipal, Gerencia Administracion y Finanzas, Equipo Tecnico, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Desarrollo Social y demas dependencias Organicas segun sus competencias funcionales. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones la Publicacion del texto completo del Reglamento que

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