Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2011 (06/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

440467

VISTOS: El Expediente Nº 2010040174 iniciado por Credititulos Sociedad Titulizadora S.A., asi como el Informe N° 2052011-EF/94.06.2 del 31 de marzo de 2011; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los articulos 301 y 314 de la Ley del MORDAZA de Valores, en los fideicomisos de titulizacion, la sociedad titulizadora que actua como fiduciario es la que realiza la emision de los valores respaldados por el patrimonio fideicometido; Que, mediante Resolucion Directoral de Patrimonios Autonomos N° 009-2011-EF/94.06.2 del 30 de marzo de 2011, CONASEV aprobo el tramite anticipado e inscribio en el Registro Publico del MORDAZA de Valores el "Segundo Programa de Emision de Bonos de Titulizacion - HOCP" hasta por un monto MORDAZA de emision de US$ 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en Nuevos Soles, y dispuso el registro del Prospecto MORDAZA correspondiente al programa y la inscripcion del patrimonio fideicometido denominado "Patrimonio en Fideicomiso Decreto Legislativo N° 861, Titulo XI, 2010 ­ Hunt Oil Company of Peru, LLC, Sucursal del Peru", en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, mediante escrito presentado el 30 de marzo 2011, complementado el 31 de marzo de 2011, Credititulos Sociedad Titulizadora S.A. solicito a CONASEV la inscripcion de los bonos denominados "Primera Emision del MORDAZA Programa de Bonos de Titulizacion - HOCP", hasta por un monto MORDAZA de emision de US$ 160 000 000,00 (ciento sesenta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), "Segunda Emision del MORDAZA Programa de Bonos de Titulizacion ­ HOCP", hasta por un monto MORDAZA de emision de US$ 55 000 000,00 (cincuenta y cinco millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), "Tercera Emision del MORDAZA Programa de Bonos de Titulizacion ­ HOCP", hasta por un monto MORDAZA de emision de US$ 160 000 000,00 (ciento sesenta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) y el registro de los complementos del Prospecto MORDAZA correspondiente, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion de la documentacion presentada se ha determinado que Credititulos Sociedad Titulizadora S.A. ha cumplido con los requisitos contenidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, el Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos y, en lo que corresponde, en el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el articulo 2, numerales 2 y 3, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la aprobacion de tramites anticipados asi como la inscripcion de valores mobiliarios y/o registro de prospectos informativos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y del MORDAZA del MORDAZA de Valores de CONASEV; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 333 de la Ley del MORDAZA de Valores y los articulos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, asi como el literal d) del articulo 32 del Decreto Supremo N° 038-2007-EF; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la inscripcion de los bonos de titulizacion denominados "Primera Emision del MORDAZA Programa de Bonos de Titulizacion - HOCP", hasta por un monto MORDAZA de emision de US$ 160 000 000,00 (ciento sesenta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), "Segunda Emision del MORDAZA Programa

de Bonos de Titulizacion ­ HOCP", hasta por un monto MORDAZA de emision de US$ 55 000 000,00 (cincuenta y cinco millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), "Tercera Emision del MORDAZA Programa de Bonos de Titulizacion ­ HOCP", hasta por un monto MORDAZA de emision de US$ 160 000 000,00 (ciento sesenta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) y el registro de los complementos del Prospecto MORDAZA correspondiente, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2°.- La oferta publica de los valores a que se refiere el articulo 1° debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25 y, de ser el caso, en el articulo 29 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refiere el articulo 53 del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos y, en lo que corresponda, la establecida en los articulos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. La colocacion de los valores debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (09) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogables hasta por un periodo igual a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga en ningun caso podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Articulo 3°.- La inscripcion y registro a que se refiere el articulo 1° de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a la disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4°.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de CONASEV. Articulo 5°.- Transcribir la presente resolucion a Hunt Oil Company of Peru LLC, Sucursal del Peru, en su calidad de originador; a Credititulos Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fiduciario; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a Banco de Credito del Peru S.A., en su calidad de entidad estructuradora; a la Bolsa de Valores de MORDAZA y a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. RODNY MORDAZA VIA Director de Patrimonios Autonomos (e) 623451-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Declaran no ha lugar la imposicion de sanciones contra Supermercado MORDAZA E.I.R.L. y Productos Alimenticios Don Nico E.I.R.L.
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 543-2011-TC-S4 Sumilla: No se configura la infraccion consistente en la resolucion de contrato por incumplimiento injustificado de las obligaciones asumidas por el contratista, si la Entidad no ha seguido el procedimiento establecido para proceder a dicha resolucion.

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