Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2011 (21/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2011

Que, en el MORDAZA de la normatividad vigente, se ha formulado el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades del Gobierno Regional 2010-2012, con la participacion activa de los funcionarios y directivos superiores del Gobierno Regional, en un equipo tecnico que al final se ha integrado en la Plataforma Regional de Desarrollo de Capacidades y tomando como referente el analisis del Plan Regional Concertado de Desarrollo de Amazonas-PRDC 2010-2021, el Plan Estrategico Institucional del Gobierno Regional de Amazonas y su concordancia con los Planes Estrategicos Institucionales Sectoriales, considerando inicialmente cuatro objetivos estrategicos: 1) Desarrollar competencias de Gestion; 2) Fortalecer el vinculo entre la oferta y la demanda, 3) Promover la gestion y produccion del conocimiento y; 4) Promover el fortalecimiento de redes institucionales; Que, el Articulo 15º, inciso q) de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe como atribucion del Consejo Regional, aprobar el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas y el Programa de Desarrollo Institucional de la Entidad, en merito al cual ha evaluado la propuesta del Plan Regional de Desarrollo de Capacidades en Gestion Publica 2010-2012, determinando que cuenta con los elementos necesarios para constituirse en un instrumento de gestion, orientador de las acciones y actividades estrategicas que favorezcan el dinamismo economico y social, sobre la base de un manejo adecuado de prioridades, teniendo en cuenta las necesidades y potencialidades de los diversos agentes del ambito regional; documento que previa conformidad, se hace necesario aprobar, mediante el acto administrativo correspondiente; Que, para garantizar la optimizacion de la implementacion del Plan, su monitoreo, evaluacion y continua actualizacion, es preciso constituir una Plataforma Regional Interinstitucional de Desarrollo de Capacidades de Amazonas, vinculado a los organismos nacionales y regionales pertinente, lo suficientemente representativa, que determine su funcionalidad y sostenibilidad, el mismo que debe ser aprobado conjuntamente con el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades 2010-2012; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional N° 024, mediante Acuerdo N° 229-2010 de fecha 21 de Diciembre del 2010, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° de la Ley N° 27867 y sus modificatorias N° 28968 y 29053 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades 2010-2012 del Gobierno Regional Amazonas, el mismo que en 77 folios, forma parte de la presente Ordenanza Regional y se constituye en instrumento tecnico de orientacion de las acciones de los actores del desarrollo de las capacidades en sus diferentes niveles organizacionales de la Region. Articulo Segundo.- CREASE la Plataforma Regional Interinstitucional para el Desarrollo de Capacidades ­ PRIDECA en Gestion Publica del Gobierno Regional Amazonas, con el objetivo de ejercer funciones de rectoria, conduccion, diseno, ejecucion, monitoreo y evaluacion para la implementacion y sostenibilidad del Plan Regional de Desarrollo de Capacidades en la Gestion Publica y el Buen Gobierno; Plataforma que estara conformada por un representante de las siguientes instancias; - Presidente Regional, quien lo presidira; - Gerencia General Regional; - Gerencia Regional de Desarrollo Social; - Gerencia Regional de Desarrollo Economico; - Gerencia Regional de Infraestructura; - Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; - Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente; - Oficina Regional de Administracion; - Direccion Regional Sectorial de Energia y Minas; - Direccion Regional Sectorial de Agricultura; - Direccion Regional Sectorial de Salud; - Direccion Regional Sectorial de Educacion; - Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo;

- Direccion Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones; - Direccion Regional Sectorial de la Produccion; - Direccion Regional Sectorial de Vivienda, Construccion y Saneamiento; - Direccion Regional Sectorial de Comercio Exterior y Turismo; - Gerencia Sub Regional de Bagua; - Gerencia Sub Regional de Condorcanqui; - Proyecto Especial Kuelap y otros; - Colegios Profesionales de la Region; - La Sociedad Civil Organizada; - Organismos No Gubernamentales ubicadas en la Region; - Alcaldes Provinciales de la Region; Y ademas se establecera coordinacion y concertacion con : - La Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros; - La Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; - La Secretaria de Coordinacion de la Presidencia del Consejo de Ministros; - Consejo Nacional de Competitividad; - Consejo de Coordinacion Intergubernamental; - Centros de Formacion Universitaria o Institutos Superiores, acreditados en SERVIR; - SERVIR; Articulo Tercero.- DETERMINAR que la Plataforma Regional de Desarrollo de Capacidades - PRIDECA, formule su Reglamento Interno, que a de ser aprobado por Resolucion Ejecutiva Regional, contemplando los principios de integracion, coparticipacion, concertacion, pluralismo, desarrollo regional sostenible, equidad, autonomia, solidaridad, eficiencia, subsidiariedad y sostenibilidad, para la prestacion conjunta de servicios en el desarrollo de capacidades y el logro de la competitividad regional. Articulo Cuarto.- DELEGAR que los actores de la Plataforma Regional de Desarrollo de Capacidades, implemente el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades 2010-2012, realice el monitoreo y evaluacion permanente del Plan, en base a sus indicadores de impacto. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, gestionar la difusion estrategica del Plan y la coordinacion con las diferentes entidades, unidades organicas regionales, sectoriales y de la sociedad civil pertinentes para el buen funcionamiento de la PRIDECA, asi como el seguimiento para el cumplimiento de la Ordenanza. Articulo Sexto.- DISPONER que los Gobiernos Locales en el MORDAZA de sus funciones y competencias, implementen la presente Ordenanza Regional, en sus respectivas jurisdicciones. Articulo Septimo.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", asi como en los Portales Electronicos del Gobierno Regional Amazonas. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 21 dias del mes de Diciembre del 2010. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI. Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 29 dias del mes de Diciembre del 2010. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Amazonas. 630478-1

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