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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (21/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de abril de 2011 441430 Que, según lo dispuesto en el Inc. a) Art. 15º concordante con el Inc. a) del Art. 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada con la Ley Nº 27902, el Concejo Regional tiene la atribución de aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar decisiones de carácter institucional, de interés público y ciudadano a través de Ordenanzas Regionales; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional Nº 003 de fecha 18 de enero del 2011, mediante Acuerdo Nº 005-2011, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modifi catoria Nº 27902, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 274-2010-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 22 de noviembre de 2010, norma que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Sede del Gobierno Regional Amazonas. Artículo Segundo.- RESTITUIR LA VIGENCIA de la Ordenanza Regional Nº 219-2008-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 11 de agosto de 2008, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) reformulado de la Unidad Ejecutora 01 – Sede del Gobierno Regional Amazonas, en 62 folios; y Aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) reformulado de la Unidad Ejecutora 01 - Sede del Gobierno Regional Amazonas. Artículo Tercero.- SOLICITAR al Ejecutivo Regional la actualización de los Documentos de Gestión de la Sede Regional y Direcciones Regionales Sectoriales que conforman el Gobierno Regional Amazonas, señalando como plazo límite para ésta actualización el 31 de agosto de 2011. Artículo Cuarto.- ORDENAR la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 19 días del mes de enero del año 2011. ELMER SOTO MONJE Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los, 20 ENE. 2011. JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Presidente Gobierno Regional de Amazonas 630481-1 Designan Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas ACUERDO DE SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CONSEJO REGIONAL AMAZONAS Nº 001 DE FECHA 02-01-2011. ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 001-2011-GRA/CR-SE En Sesión Extraordinaria Nº 001 del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas de fecha 02 de enero del dos mil once, llevada a cabo en la provincia de Chachapoyas sede del Gobierno Regional Amazonas y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28968, Ley que modifi ca el numeral 1) del artículo 21º y la undécima disposición transitoria, complementaria y fi nal de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el segundo párrafo del artículo Nº 13º de la Ley Nº 29053; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, le corresponde las atribuciones que establece la Ley de la materia y aquella que le sean delegadas, integrado por los Consejeros regionales, los mismos que anualmente eligen entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional, los representa y tramita sus acuerdos, conforme lo contempla, el artículo 13º de la Ley Nº 29053 norma que modifi ca la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el artículo 16º del Reglamento Interno de Consejo Regional Amazonas, aprobado con Ordenanza Regional Nº 251-2010; Que, son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, conforme lo prescribe el inc. a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano e institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme lo contempla el artículo 39º de la norma acotada; Que, con fecha 02 de Enero del 2011, se llevó a cabo el acto de instalación del Consejo Regional electo para el período 2011 – 2014, conformado por los Consejeros Regionales: Prof. Lilia M. Pelaez Mesía, Consejera por la Provincia de Rodríguez de Mendoza, Ing. Elmer Soto Monje, Consejero por la Provincia de Utcubamba; A.S. Doris Vilcarromero de Malqui, Consejera por la Provincia de Chachapoyas; Sra. Nélida Calvo Nantip, Consejera por la Provincia de Condorcanqui; Santiago Manuin Valera, Consejero por la Provincia de Condorcanqui; Med. Gorky Jave Poquioma, Consejero por la Provincia de Luya; Sr. Pedro Pablo Vela Velarde, Consejero por la Provincia de Bagua; Lic. María Elena Vilchez Angeldones, Consejera por la Provincia de Bagua y Sr. Walter Hugo Sánchez Fernández, Consejero por la Provincia de Bongará; Que, luego el Consejo Regional de Amazonas en un acto democrático y ciñéndose a lo estipulado en el articulo 13º de la Ley Nº 29053, norma que modifi ca la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la Sesión Extraordinaria Nº 001 de fecha 02 de enero del dos mil once, han dejado plasmado su decisión eligiendo por mayoría simple de sus miembros, al Consejero Delegado para el período 2011, conforme a Ley, recayendo el cargo en el señor Consejero Regional por la Provincia de Utcubamba, Ing. ELMER SOTO MONJE; Y, siendo esto así, con las facultades conferidas por el artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, el Consejo Regional por mayoría simple; ACORDO: Artículo Primero: DESIGNAR al Ing. ELMER SOTO MONJE, Consejero por la Provincia de Utcubamba, como CONSEJERO DELEGADO del Consejo Regional Amazonas, para el período comprendido entre el 01 de enero del 2011 hasta el 31 de diciembre del año 2011. Artículo Segundo: DISPONER, el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta. Artículo Tercero: DERIVAR al Ejecutivo el presente Acuerdo, para su conocimiento y fi nes.