Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2011 (21/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2011

Que, segun lo dispuesto en el Inc. a) Art. 15º concordante con el Inc. a) del Art. 39º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada con la Ley Nº 27902, el Concejo Regional tiene la atribucion de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, asi como aprobar decisiones de caracter institucional, de interes publico y ciudadano a traves de Ordenanzas Regionales; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Extraordinaria de Consejo Regional Nº 003 de fecha 18 de enero del 2011, mediante Acuerdo Nº 005-2011, con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 274-2010-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 22 de noviembre de 2010, MORDAZA que aprueba el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Sede del Gobierno Regional Amazonas. Articulo Segundo.- RESTITUIR LA VIGENCIA de la Ordenanza Regional Nº 219-2008-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 11 de agosto de 2008, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) reformulado de la Unidad Ejecutora 01 ­ Sede del Gobierno Regional Amazonas, en 62 folios; y Aprueba el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) reformulado de la Unidad Ejecutora 01 - Sede del Gobierno Regional Amazonas. Articulo Tercero.- SOLICITAR al Ejecutivo Regional la actualizacion de los Documentos de Gestion de la Sede Regional y Direcciones Regionales Sectoriales que conforman el Gobierno Regional Amazonas, senalando como plazo limite para esta actualizacion el 31 de agosto de 2011. Articulo Cuarto.- ORDENAR la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Amazonas. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 19 dias del mes de enero del ano 2011. MORDAZA MORDAZA MONJE Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los, 20 ENE. 2011. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 630481-1

Designan Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas

del

Que, la Ley Nº 28968, Ley que modifica el numeral 1) del articulo 21º y la undecima disposicion transitoria, complementaria y final de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y el MORDAZA parrafo del articulo Nº 13º de la Ley Nº 29053; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las atribuciones que establece la Ley de la materia y aquella que le MORDAZA delegadas, integrado por los Consejeros regionales, los mismos que anualmente eligen entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional, los representa y tramita sus acuerdos, conforme lo contempla, el articulo 13º de la Ley Nº 29053 MORDAZA que modifica la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el articulo 16º del Reglamento Interno de Consejo Regional Amazonas, aprobado con Ordenanza Regional Nº 251-2010; Que, son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, conforme lo prescribe el inc. a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, los acuerdos de Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano e institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional, conforme lo contempla el articulo 39º de la MORDAZA acotada; Que, con fecha 02 de Enero del 2011, se llevo a cabo el acto de instalacion del Consejo Regional MORDAZA para el periodo 2011 ­ 2014, conformado por los Consejeros Regionales: Prof. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA, Consejera por la Provincia de MORDAZA de MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA Monje, Consejero por la Provincia de Utcubamba; A.S. MORDAZA Vilcarromero de MORDAZA, Consejera por la Provincia de Chachapoyas; Sra. MORDAZA Calvo Nantip, Consejera por la Provincia de Condorcanqui; MORDAZA Manuin MORDAZA, Consejero por la Provincia de Condorcanqui; Med. Gorky MORDAZA Poquioma, Consejero por la Provincia de Luya; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero por la Provincia de Bagua; Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Angeldones, Consejera por la Provincia de Bagua y Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero por la Provincia de Bongara; Que, luego el Consejo Regional de Amazonas en un acto democratico y cinendose a lo estipulado en el articulo 13º de la Ley Nº 29053, MORDAZA que modifica la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en la Sesion Extraordinaria Nº 001 de fecha 02 de enero del dos mil once, han dejado plasmado su decision eligiendo por mayoria simple de sus miembros, al Consejero Delegado para el periodo 2011, conforme a Ley, recayendo el cargo en el senor Consejero Regional por la Provincia de Utcubamba, Ing. MORDAZA MORDAZA MONJE; Y, siendo esto asi, con las facultades conferidas por el articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, el Consejo Regional por mayoria simple; ACORDO: Articulo Primero: DESIGNAR al Ing. MORDAZA MORDAZA MONJE, Consejero por la Provincia de Utcubamba, como CONSEJERO DELEGADO del Consejo Regional Amazonas, para el periodo comprendido entre el 01 de enero del 2011 hasta el 31 de diciembre del ano 2011. Articulo Segundo: DISPONER, el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del acta. Articulo Tercero: DERIVAR al Ejecutivo el presente Acuerdo, para su conocimiento y fines.

ACUERDO DE SESION EXTRAORDINARIA DE CONSEJO REGIONAL AMAZONAS Nº 001 DE FECHA 02-01-2011. ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 001-2011-GRA/CR-SE En Sesion Extraordinaria Nº 001 del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas de fecha 02 de enero del dos mil once, llevada a cabo en la provincia de Chachapoyas sede del Gobierno Regional Amazonas y;

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