Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2011 (21/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2011

la implementacion de los Lineamientos Nacionales de Politica de Formacion Profesional, dentro de ellos sobre el diseno de las politicas regionales desarrolladas en funcion a los citados Lineamientos, asi como la elaboracion del Plan Regional de Formacion Profesional, ampliandose el plazo otorgado a las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo y de Educacion, para que cumplan con la remision del cronograma consensuado para la implementacion gradual de los Lineamientos de Politica de la Formacion Profesional en el Peru; Que, segun el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF vigente del Gobierno Regional de Amazonas, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, le corresponde ejercer las funciones especificas regionales en los sectores Educacion, Cultura y Tecnologia, Recreacion, Deportes, Salud, Vivienda, Trabajo y Promocion del Empleo, Poblacion, Saneamiento, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades; Que, en cumplimiento de este MORDAZA normativo, mediante la Resolucion de Gerencia Regional Nº 0172010-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GRDS, del 22 de Enero del 2010, se conformo el COMITE TECNICO REGIONAL, organismo que, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion y democratizacion de la Gestion, inicia un MORDAZA participativo, orientado a la formulacion de los Lineamientos Regionales de Politica de Formacion Profesional de manera concertada y participativa, buscando generar acuerdos y propuestas consensuales con el objetivo de elevar la calidad de la formacion profesional y los niveles de educacion laboral; y en el mediano plazo contribuir a la mejora del nivel de MORDAZA de la Poblacion Economicamente Activa (PEA), en la perspectiva del desarrollo de la competitividad regional y nacional; Que, con los criterios directrices que sustentaron la tarea de elaboracion de los Lineamientos Regionales de Formacion Profesional, el Comite Tecnico Regional, MORDAZA con la asistencia tecnica de funcionarios de la Direccion Nacional de Formacion Profesional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y actores sociales del Estado, empresa privada y la sociedad civil organizada, concluyendo con el presente documento sobre Lineamientos Regionales de Formacion Profesional, el mismo que contiene los cuatro lineamientos de politica regional como se precisa: Espacios de Dialogo Social, Calidad y Pertinencia de la Formacion Profesional; Informacion del MORDAZA Laboral y Formativo; y Sostenibilidad; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 024, mediante Acuerdo Nº 228-2010 de fecha 21 de Diciembre del 2010, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y sus modificatorias Nº 28968 y 29053 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- APROBAR los Lineamientos de Politica Regional de Formacion Profesional del Gobierno Regional de Amazonas, en concordancia con la Politica Nacional sobre dicha materia, cuyo texto integro corre anexo a la presente disposicion regional, formando parte integrante de la misma. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Direccion Regional de Educacion y Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, promover su implementacion en el MORDAZA de los sistemas educativos publicos y privados, en sus diversas modalidades de la educacion basica del tercer nivel, en el sistema de la educacion tecnico productiva y superior; asi como en la Sociedad Civil del ambito regional. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion.

En Chachapoyas, a los 21 dias del mes de Diciembre del 2010. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI. Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 28 dias del mes de diciembre del 2010. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Amazonas 630475-1

Aprueban "Plan Vial Departamental Participativo Amazonas 2010-2020"
ORDENANZA REGIONAL Nº 283 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de la Region Amazonas, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru del 1993 modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley 27867 y sus modificatorias: en Sesion Ordinaria de fecha 21 de Diciembre del 2010 ha aprobado por unanimidad la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se crean los Gobiernos Regionales y conforme a lo dispuesto por el Articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, estos emanan de la voluntad popular y son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal; Que, los Articulos 11º y 13º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, establece que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; la misma MORDAZA en el Inc. a) del Articulo 15º concordante con el Inc. a) del Articulo 37º establece, que el Consejo Regional tiene la atribucion de normar asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, asi como aprobar las decisiones de caracter institucional, de interes publico y ciudadano, mediante Acuerdos y Ordenanzas Regionales; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales en el Articulo 56 Inc. a) determina como funciones de los Gobierno Regional en materia de Transportes "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la Region de conformidad con las politicas nacionales y los planes sectoriales; Que, el Plan Vial Departamental Participativo 2010 ­ 2020, propuesto por la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones, mediante Informe Nº 0238-2010G.R.AMAZONAS/GRI/DRT, del 02 de Diciembre del 2010, ha sido formulado dando cumplimiento al Convenio de Cooperacion Interinstitucional suscrito entre la Direccion Ejecutiva de PROVIAS Descentralizado MTC y Gobierno Regional, con la participacion del equipo tecnico de Panificacion Vial nominado con Resolucion Ejecutiva Regional Nº 597-2009-GRA/PR; Que, este documento de gestion vial actualizado, constituye una herramienta de gestion participativa, permitiendo al Gobierno Regional de Amazonas, anticipar de manera organizada sus acciones de desarrollo local, asegurando mejores mecanismos de inversion progresiva

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