Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2011 (22/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

441463

dentro de secciones viales correspondientes y concordantes con las medidas aprobadas mediante la resolucion N° 486MLM/AM-SMDU; Que, la Ordenanza N° 341-MML indica que, la medida de seccion vial normativa para las siguientes vias: Av. Ferrocarril :40.00 ml. Av. MORDAZA Real (Av. La Atarjea): 26.00 ml. Ahora, mediante plano aprobado con Resolucion N° 486-MLM/AMSMDU se aprobaron las variantes en mediciones de la Av. MORDAZA Real, cuando a tal fecha se encontraba en vigencia la Ordenanza N° 127-MML que indicaba como medida de seccion vial aprobada: 28 ml. Asimismo, no aprueba medida normativa para la "prolongacion" de la Av. MORDAZA MORDAZA, lo que en el plano L-1 se denomina Av. MORDAZA MORDAZA, toda vez que la medida establecida en la normativa citada indica tramo Av. AtarjeaVia de Evitamiento; Que, respecto a las Vias Locales propone nomenclatura que no se ha considerado para otra urbanizacion, asociacion de vivienda, cooperativa de vivienda u otro centro poblado de similares caracteristicas, la misma que se cita a continuacion: Colindante a la Mz. A (entre la Av. MORDAZA Real y Ferrocarril): MORDAZA Cerro Colorado. Entre las Mzs. A y B (tramo Av. MORDAZA Real y Ferrocarril): MORDAZA Quiroz. Entre las Mzs. B y C (tramo Av. MORDAZA Real y Ferrocarril): Pje. MORDAZA Rodrigo. Entre las Mzs. C y D (tramo Av. MORDAZA Real y Ferrocarril): MORDAZA Arica. Entre las Mzs. D y E' (tramo Av. MORDAZA Real y Ferrocarril): Avenida Y. Entre las Mzs. E' y E (tramo Av. MORDAZA Real y Central): Pje. San Jose. Entre las Mzs. E y F (tramo Av. MORDAZA Real y Ferrocarril): Avenida X. Entre las Mzs. F y G (tramo Av. MORDAZA Real y Ferrocarril): Pje. Progreso. Av. Av. Av. Av. Av. Av. Av. Av.

Articulo Segundo.- Determinar que del Area Bruta Total de 60,788.12 m2, que se declara habilitada de oficio como MORDAZA en el Articulo precedente corresponde a:

AREA DEL TERRENO

USOS RESIDENCIAL SUB ESTACION LOCAL COMUNAL AREA MORDAZA VIAS

AREA (M2) 36,598.67 178.02 106.02 190.52 23,714.89

60,788.12 M2

AREA UTIL DE VIVIENDAS MZS. N° LOTES A 22 B 25 C 27 D 49 E 30 E' 18 F 30 G 29 SUMATORIA TOTAL DE AREA DE LOTES MANZANA "A" LOTE FRENTE DERECHA IZQUIERDA 1 1A 2 2A 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 24,5 10,24 35,74 45,89 40,10 y 6.11 35,74 FONDO 14,40 y 5,50 8,5 8,5 15,61 8,05 8,05 8 7,9 8,1 8,1 7,95 7,85 8,05 8,1 7,47 7,53 7,52 7,6 7,45 7,5 9,47 AREA (M2) 553,54 540,24 378,9 367,96 642,2 320,99 311,12 301,25 289,95 283,64 276,96 259,47 248,21 242,79 234,56 203,56 197,54 190,53 185,26 173,5 165,4 190,64 6,558.21 AREA (m2) 6,558.21 3,512.80 3,847.44 5,949.65 3,553.18 2,571.85 5,140.29 5,465.25 36,598.67

Que, la Ordenanza N° 1015-MML: "...Aprueba las normas generales de la zonificacion de los usos del suelo del area de tratamiento I de MORDAZA Metropolitana..." indica que el area normativa para lotes de uso residencial unifamiliar es de 90 m2 y frente de 6 ml, encontrandose los lotes conformantes de la Cooperativa de Vivienda conformes; Que, la Gerencia de Asesoria juridica mediante Informe Nº 047-2011-GAJ/MDSA de fecha 08-02-11, opina que se emita la resolucion de alcaldia que apruebe la habilitacion MORDAZA de oficio del terreno de propiedad de la Cooperativa de Vivienda Los Molles Ltda. 512, senalando que de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 24º de la Ley Nº 29090, Ley de Habilitaciones Urbanas, se indica "Articulo 24º.- Habilitaciones Urbanas de Oficio, las municipalidades distritales y las provinciales o la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el ambito del Cercado, identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las municipalidades emitiran la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion urbana" Estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y a lo establecido en el articulo 24º de la Ley Nº 29090. Ley de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25-09-2009 y su Reglamento, y estando a lo informado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA y la Gerencia de Asesoria Juridica: SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR LA HABILITACION MORDAZA DE OFICIO del terreno de 60,788.12 m2 ubicado en la acumulacion de los predios Sector Longuera Alta y Sector Longuera Baja, conformantes del Fundo MORDAZA de este distrito (antes distrito de Ate), inscrito con el codigo de predio N° P02120871 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA de acuerdo al plano signado con el Nº 002-2011SGCHU-GODU/MDSA que se aprueban con la presente Resolucion.

8,3 44,58 45,89 8,3 43,28 44,58 15 40,91 43,28 7,93 39,67 40,91 7,93 38,44 39,67 7,98 37,2 38,44 8 35,97 37,2 8 34,72 35,97 8,2 33,45 34,72 7,9 32,23 33,45 7,9 31,01 32,23 7,98 29,77 31,01 8,05 28,51 29,77 7,4 27,38 28,51 7,55 26,2 27,38 7,4 25,05 26,2 7,6 23,87 25,05 7,5 22,71 23,87 7,5 21,55 22,71 9,5 20,1 21,55 METRAJE TOTAL DE LOTES MANZANA "B"

LOTE FRENTE DERECHA IZQUIERDA 1 1A 2 3 4 5 6 7 8 9 7 7,45 8,89 10,4 10 10 9 8 8,05 8 19,64 19,42 19,11 19,57 18,62 18,25 17,97 17,62 17,33 17,03 19,87 19,64 19,42 19,11 19,57 18,62 18,25 17,97 17,62 17,33

FONDO 6,62 6,62 8,75 6 12,2 9,96 8,9 8 8 8

AREA (M2) 133,74 137,87 169,07 152,91 206,68 180,37 158,59 139,27 136,97 134,06

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