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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (22/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de abril de 2011 441456 el Banco de la Nación, ubicadas en: (i) Mz. A1, Lote 3, Centro Poblado Carumas, distrito de Carumas, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; (ii) Esquina del Jr. Bolognesi Nº 103 con Jr. Junín Nº 208, distrito y provincia de Yunguyo, departamento de Puno; y, (iii) Jr. San Juan Nº 138-140 distrito de Juli, provincia de Chucuito, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 631226-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante los meses de febrero y marzo de 2011 por la Dirección Regional de Energía y Minas Moquegua RESOLUCION DIRECTORAL Nº 035-2011/DREM.M-GRM Moquegua, 5 de abril del 2011. VISTO: La relación de títulos mineros otorgados durante el mes de: Febrero y Marzo del 2011, conforme a lo informado por Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008- MEM/DM publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 16.01.2008, se declaro entre otros, que el Gobierno Regional de Moquegua concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas (…), por tanto a partir de dicha fecha se tiene competencia para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. Que, el Gobierno Regional Moquegua a través de la Dirección Regional de Energía y Minas de Moquegua, ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme a lo indicado en el párrafo anterior. Que, conforme a lo establecido por el Artículo 10 Literal n. del D.S. Nº 084-2007-EM “SIDEMCAT”, concordante con el Artículo 124 del D.S. Nº 014-92 “TUO de la Ley General de Minería” y Artículo 24 del D.S. Nº 018-92-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros”, una de las funciones del Gobierno Regional integrante del SIDEMCAT, es efectuar la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de la relación de concesiones mineras, cuyos títulos hubiera aprobado. De conformidad con el D.S. Nº 084-2007-EM “SIDEMCAT”, D.S. Nº 014-92 “TUO de la Ley General de Minería” y D.S. Nº 018-92-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros” y Resolución Ministerial Nº 009-2008-MEM/DM y Ley Nº 28926. SE RESUELVE: Artículo Unico.- PUBLICARSE en el Diario Ofi cial El Peruano, las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante el mes de Febrero y Marzo del 2011, por la Dirección Regional de Energía y Minas Moquegua, siendo las siguientes: 1) JEFFCON 1 2010, con código 68-00065- 10, mediante R.D. Nº 010-2011/DREM.M-GRM, de fecha 09 de Febrero del 2011 (D. Omate/Quinistaquillas P. General Sanchez Cerro), 2) JOCON 1 2010 con código 68-00066- 10, mediante R.D. Nº 011-2011/DREM.M-GRM, de fecha 09 de Febrero del 2011 (D. Omate/Quinistaquillas P. General Sanchez Cerro), 3) ANA ROSA, con código 68-00057-10, mediante R.D. Nº 013-2011/DREM.M-GRM, de fecha 10 de Febrero del 2011 (D. Carumas P. Mariscal Nieto), 4) SANTA ELENA UNO con código 68-00059-10, mediante R.D. Nº 014-2011/DREM.M-GRM, de fecha 10 de Febrero del 2011 (D. Carumas P. Mariscal Nieto) 5) MARIA ISABEL 2010 con código 68-00072-10, mediante R.D. Nº 015-2011/DREM.M- GRM, de fecha 10 de Febrero del 2011 (D. Torata P. Mariscal Nieto) 6) NIKITALAND con código 68-00052-10, mediante R.D. Nº 019-2011/DREM.M-GRM, de fecha 25 de Febrero del 2011 (D.Moquegua P. Mariscal Nieto) 7) V COPACABANA 2010 con código 68-00068-10, mediante R.D. Nº 020- 2011/DREM.M-GRM, de fecha 25 de Febrero del 2011 (D. Moquegua P. Mariscal Nieto) 8) SAN ANTONIO M con código 68-00070-10, mediante R.D. Nº 025-2011/DREM. M-GRM, de fecha 10 de Marzo del 2011 (D. El Algarrobal P. Ilo) 9) VIRGEN DE CHAPI VIII con código 68-00069-10, mediante R.D. Nº 026-2011/DREM.M-GRM, de fecha 11 de Marzo del 2011 (D. Puquina P. General Sanchez Cerro) 10) CALICANTO 2010 con código 68-00061-10, mediante R.D. Nº 029-2011/DREM.M-GRM, de fecha 17 de Marzo del 2011 (D. Moquegua P. Mariscal Nieto) 11) LA CIMA DE BRONCE, con código 68-00064-10, mediante R.D.Nº 030-2011/DREM. M-GRM, de fecha 17 de Marzo del 2011 (D. Moquegua P. Mariscal Nieto). Regístrese y comuníquese. JESÚS A. DURAN ESTUCO Director Regional Dirección Regional de Energía y Minas 631380-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de marzo de 2011 por la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 20-2011-DRSEM/G.R.TACNA 8 de abril del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 179-2006- MEM-DM, Nº 550-2006-MEM-DM y Nº 121-2008-MEM/DM publicadas el 06 de abril del 2006, el 18 de noviembre del 2006 y el 10 de marzo del año 2008 en el Diario Ofi cial “El Peruano” respectivamente, se declaró que el Gobierno Regional de Tacna, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esas fechas para el ejercicio de la misma. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 135-2007-PR/G.R.TACNA de fecha 23 de abril del 2007, el Gobierno Regional de Tacna dispone delegar a la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna las funciones señaladas en la Resolución Ministerial Nº 179-2006-MEM-DM y Resolución Ministerial Nº 550-2006- MEM-DM. Que, por Ordenanza Regional Nº 022-2009-CR/GOB. REG.TACNA de fecha 21 de agosto del 2009, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna aprueba los Documentos de Gestión de esta Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna, dentro de los cuales se encuentra su Reglamento de Organización y Funciones (ROF). Que, el Gobierno Regional de Tacna a través de esta Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas, ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional, conforme lo indicado en el párrafo anterior. Que, de conformidad con la atribución establecida en el inciso f) del artículo 59º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867, y con lo dispuesto en el Artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por D.S. 014-92-EM; y, el Artículo 24º del D.S. 018-92-EM;