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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (22/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de abril de 2011 441457 SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de marzo del 2011 por esta Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del D.S. 014-92-EM; y, 24º del D.S. 018-92-EM; siendo las referidas las siguientes: RELACIÓN DE LAS 08 CONCESIONES OTORGADAS EN EL MES DE MARZO DEL 2011 AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 708 NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN; B) CÓDIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NÚMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS 1.-A) YAMIL TACNA B) 73-00046-10 C) MARCO ANTONIO VASQUEZ ZUBIETA D) RD Nº 11-2011-DRSEMT/ G.R.TACNA 31/03/2011 E) 19 F) V1:N8 028 E369 V2:N8 030 E369 V3:N8 030 E370 V4:N8 028 E370 2.-A) ROSARIO XXII B) 73-00024-10 C) S.M.R.L. NORTEAMERICA XXI D) RD Nº 12-2011-DRSEMT/G.R.TACNA 31/03/2011 E) 19 F) V1:N8 076 E391 V2:N8 072 E391 V3:N8 072 E388 V4:N8 073 E388 V5:N8 073 E389 V6:N8 076 E389 3.- A) HALCON I DE TACNA B) 73-00004-11 C) EDSON RODOLFO LIENDO PEREZ D) RD Nº 13-2011-DRSEMT/G.R.TACNA 31/03/2011 E) 19 F) V1:N8 063 E329 V2:N8 061 E329 V3: N8 061 E328 V4:N8 063 E328 4.- A) GABRIEL TACNA B) 73-00045-10 C) LEONCIO QUISPE ROQUE D) RD Nº 14- 2011-DRSEMT/G.R.TACNA 31/03/2011 E) 19 F) V1:N8 028 E366 V2:N8 030 E366 V3:N8 030 E369 V4:N8 028 E369 5.- A) LOS GEMELOS B) 73-00039-10 C) EMPRESA DE TRANSPORTES LOS GEMELOS Y SERVICIOS MULTIPLES EIRL D) RD Nº 15-2011-DRSEMT/G.R.TACNA 31/03/2011 E) 19 F) V1:N8 002 E371 V2:N8 001 E371 V3: N8 001 E370 V4:N8 002 E370 6.-A) MINERA JEM B) 73- 00048-10 C) YESSENIA DIANA RAMOS VALDIVIA D) RD Nº 16-2011-DRSEMT/G.R.TACNA 31/03/2011 E) 19 F) V1: N8 087 E370 V2:N8 086 E370 V3:N8 086 E369 V4:N8 087 E369 7.-A) MELTRAC I B) 73-00002-11 C) MELCORP SOCIEDAD ANONIMA CERRADA D) RD Nº 17-2011- DRSEMT/G.R.TACNA 31/03/2011 E) 19 F) V1:N8 041 E343 V2:N8 040 E343 V3:N8 040 E342 V4:N8 041 E342 8.- A) EL FENIX II B) 73-00038-10 C) JULIO GILVERT ZAVALETA BUTRON D) RD Nº 18-2011-DRSEMT/G.R.TACNA 31/03/2011 E) 19 F) V1:N8 041 E345 V2:N8 037 E345 V3: N8 0379 E342 V4:N8 039 E342 V5:N8 039 E344 V6:N8 041 E344. Regístrese y comuníquese. ALFREDO ROSALES HEREDIA Director Regional Sectorial Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna 631657-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Autorizan pago de deudas tributarias y no tributarias por servicios comunitarios de la Municipalidad de Independencia ORDENANZA Nº 231-2011-MDI Independencia, 28 de marzo del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTOS, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza propuesto por la Gerencia de Rentas, el mismo que cuenta con el Informe Nº 122-2011-GAL, emitido por la Gerencia de Asesoría Legal, donde se opina que es procedente la aprobación de la Ordenanza de la Municipalidad de Independencia; CONSIDERANDO: Que, la actual Gestión Municipal, ante las difi cultades económicas que atraviesan diversos contribuyentes del distrito, ha visto por conveniente otorgarles a éstos las más amplias facilidades de pago para que cumplan con sus obligaciones tributarias y no tributarias; situación que exige establecer un procedimiento especial con la fi nalidad que dichos contribuyentes tramiten y puedan acogerse a dichas facilidades; Que, los Artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado vigente, concordante con el Artículo 9º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que los Gobiernos Locales pueden crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones y tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley; Que, el Artículo 32º, literal f) del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo 135-EF y normas modifi catorias, dispone que el pago de deudas tributarias se puede realizar mediante otros medios que la Administración Tributaria apruebe; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades con la dispensa de trámite de Comisiones, lectura y aprobación del Acta, por MAYORÍA se aprueba la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE AUTORIZA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS POR SERVICIOS COMUNITARIOS Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Ordenanza que autoriza el Pago de deuda Tributaria y no Tributaria por Servicios Comunitarios de la Municipalidad de Independencia. Con 11 Artículos que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACÚLTESE.- al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Reglamentarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y Derogar los alcances y efectos de la Ordenanza Nº 092-MDI y normas Reglamentarias y toda norma que se oponga a la presente, materia de aprobación. Artículo Tercero.- ENCARGAR.- a la Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Contabilidad, Subgerencia de Logística, Subgerencia de Personal, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Gestión Ambiental, Gerencia de Rentas y Gerencia de Desarrollo Social y a la Secretaria General La presente Ordenanza para su publicación, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde ORDENANZA QUE AUTORIZA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS POR SERVICIOS COMUNITARIOS Artículo Primero.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene como fi nalidad la de regular la extinción de deudas tributarias y no tributarias generadas por la omisión al pago de tributos municipales, así como por incumplimiento al pago de sanciones tributarias y administrativas impuestas por la entidad a las personas naturales y siempre que estos adeudos se encuentren en el Procedimiento de Cobranza Coactiva, adeudos que podrán extinguirse mediante la prestación de servicios comunitarios en la Gerencia de Gestión Ambiental y/o a la Gerencia de Seguridad Ciudadana. Debe de precisarse, que los Servicios que sean prestados, serán de necesidad pública y no será necesario que estén comprendidos en el Plan de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Independencia. Artículo Segundo.- OBJETIVO AUTORIZAR, el canje de deuda tributaria y no tributaria por servicios comunitarios y generar mecanismos para que la población que por diversas circunstancias se encuentren en situación precaria, que resida en el Distrito de Independencia, puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias prestando servicios comunitarios a la Municipalidad de Independencia.