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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (26/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 26 de abril de 2011 441524 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de la República Federativa de Brasil y de la República de Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 357-2011-DE/SG Lima, 20 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nº 241 y 242 de fecha 19 de abril de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, la Marina de la República Federativa de Brasil y del Perú, acordaron realizar reuniones de orden técnico y proporcionar las orientaciones necesarias para el desarrollo conjunto para la implementación del sistema LRTI en el Perú y su adhesión al Centro de Datos Regional LRIT ( CDRL) de América del Sur, administrada por Brasil; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin armas de guerra, personal militar de la República Federativa de Brasil, del 25 al 29 de abril de 2011, para sostener una reunión sobre la instalación del Sistema de Indetifi cación y Acompañamiento a Larga Distancia (LRT): CAPITAN SILVIO ROBERTO SILVESTRE DA SILVA TTE CRL ADILSON DA SILVA LEMOS JUNIOR BCT VAGNER PELATI BCT JOSENALDO SOARES DA SILVA JUNIOR BCT CARLOS ROBERTO DA SILVA CAPITAN JOSE EDUARDO ALMEIDA DOS SANTOS Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley Nro. 27856, modifi cado por Ley Nro. 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 632364-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 358-2011-DE/SG Lima, 20 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nº 240 de fecha 19 de abril de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en el marco de la “X Reunión Bilateral entre las Autoridades Marítimas de Chile y Perú”, se acordó llevar a cabo la siguiente reunión en nuestro país; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin armas de guerra, al Vicealmirante Enrique Larrañaga Martín, Capitán de Fragata Carlos Salgado Riveros y Capitán de Corbeta Gastón Guerrera López, quienes participarán en la “XI Reunión de Autoridades Marítimas de Chile y Perú”, del 24 al 29 de abril de 2011. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley Nro. 27856, modifi cado por Ley Nro. 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 632364-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 359-2011-DE/SG Lima, 20 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nº 239 y 243, de fecha 19 de abril de 2011, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de países de la Región, sin armas de guerra; Que, con ocasión de participar en el “V Encuentro Internacional de Derecho Humanitario y Derecho Militar” personal militar de las Fuerzas Armadas de países de la Región, participará en las diversas actividades programadas para dicho evento;