Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2011 (26/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Publicos Juramentados, con fecha 28 de febrero de 2011, a los siguientes funcionarios diplomaticos: · Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Cadenillas Londona; y, · Primera Secretaria en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Koster Chavez. Articulo 2º.- Dar termino, con eficacia anticipada, como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Publicos Juramentados, al Primer Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arestegui, con fecha 01 de MORDAZA de 2011. Articulo 3º.- Adecuar la conformacion de los integrantes de la Junta de Vigilancia de los Traductores Publicos Juramentados, a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, incorporando a la Oficina General de Apoyo a la Gestion Institucional; y la Oficina de Cooperacion Judicial, de la Oficina General de Asuntos Legales, quedando conformada de la siguiente manera; con eficacia anticipada al 01 de MORDAZA de 2011: · Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llosa, Director (e) de Politica Consular, de la Direccion General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, quien la preside; · Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sedo, Jefe de la Oficina General de Apoyo a la Gestion Institucional, como integrante; y, · Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Cooperacion Judicial, de la Oficina General de Asuntos Legales, como integrante. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 632366-2

Que, en concordancia con los lineamientos de Politica de Salud es necesario incrementar sostenida y progresivamente las coberturas de inmunizaciones, impidiendo por consiguiente la circulacion de virus y bacterias que causan enfermedades inmunoprevenibles, tales como poliomielitis, sarampion, rubeola, paperas, tos ferina, difteria, fiebre amarilla, hepatitis B, neumococo, rotavirus e influenza, fortaleciendo asi mismo el control de estas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 070-2011/ MINSA del 28 de enero del 2011, se aprobo la NTS Nº080-MINSA/DGSP V.02, MORDAZA Tecnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunacion, estableciendo el numeral 6.17.1 como una de las actividades complementarias de inmunizaciones a partir del ano 2009 la MORDAZA Nacional de Vacunacion de "Semana de Vacunacion en las Americas", bajo la cual se enmarca la denominacion de "Semana Nacional de Vacunacion"; Que, mediante la misma Resolucion Ministerial Nº 070-2011/MINSA, se establece en los numerales 6.17.2 y 6.17.3 de la NTS Nº080-MINSA/DGSP V.02, las actividades complementarias de inmunizaciones de Barridos de Sarampion-Rubeola y MORDAZA respectivamente; Que, del mismo modo la Semana Nacional de Vacunacion permitira realizar las intervenciones MORDAZA mencionadas, ademas de fortalecer la Vacunacion contra la Influenza, dando enfasis a la vacunacion de la poblacion priorizada y del personal de salud para facilitar una respuesta oportuna, contribuyendo a reducir la vulnerabilidad de la salud publica y evitando un exceso de morbi-mortalidad por la Influenza; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud, y; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

SALUD
Oficializan la "Semana Nacional de Vacunacion" y dictan disposiciones sobre actividades de vacunacion para ninos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 311-2011/MINSA MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2011 Visto el Expediente Nº 11-017884-006 de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, en la Resolucion Nº CD 47.R10, sobre la Estrategia Regional para mantener los Programas Nacionales de Vacunacion en las Americas, realizada en el mes de setiembre del 2006, se insto a los Estados Miembros para que ejecuten las politicas y estrategias operativas para alcanzar cobertura de todas las vacunas ordinarias mayor al 95% en todos los distritos; Que, en la Resolucion Nº CD45.R3, sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio y las Metas de Salud, se insto a los Estados Miembros para que elaboren y ejecuten planes nacionales de accion para el cumplimiento de los Objetivos del Milenio de las Naciones Unidas y en la programacion eficaz de los recursos de asistencia para el desarrollo; Que, en la Resolucion Nº CD42.R8, sobre la Sostenibilidad de los Programas de Vacunacion y de Control o erradicacion de las Enfermedades Inmunoprevenibles, se insto a los Estados Miembros para que establezcan como meta nacional una cobertura de vacunacion de 95% para todos los antigenos en cada distrito del pais;

Articulo 1º.- Oficializar la "Semana Nacional de Vacunacion" en el MORDAZA de la Semana de Vacunacion de las Americas, la cual se desarrollara del 26 al 30 de MORDAZA de 2011. Articulo 2º.- Disponer que en el MORDAZA de la Semana de Vacunacion de las Americas se desarrollen los barridos nacionales de MORDAZA y sarampion-Rubeola. Articulo 3º.- Aprobar el documento tecnico de la MORDAZA a que se refiere el articulo 1º y 2º de la presente resolucio, que se adjuntan: Plan de Accion y Lineamientos Tecnicos de la MORDAZA de Vacunacion para el Barrido de MORDAZA y Sarampion-Rubeola, 2011, que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer que las actividades de vacunacion de barrido nacional iniciadas en el MORDAZA de la "Semana de Vacunacion en las Americas", continuen hasta el dia 31 de junio del 2011 para la vacunacion contra Sarampion-Rubeola, la Poliomielitis y la Influenza en el menor de 5 anos, debiendo efectuarse el seguimiento sanitario respectivo. Articulo 5º.- Disponer que se completen los esquemas de vacunacion de la vacuna Pentavalente a los ninos desde los 6 meses hasta los 4 anos 11 meses y 29 dias, de acuerdo a lo normado en la NTS Nº080-MINSA/DGSP V.01, MORDAZA Tecnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunacion. Articulo 6º.- Disponer que se completen los esquemas de vacunacion de la vacuna contra el Neumococo a los ninos desde los 2 meses hasta los 2 anos 11 meses y 29 dias, de acuerdo a lo normado en la NTS Nº080-MINSA/ DGSP V.02, MORDAZA Tecnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunacion. Articulo 7º.- Intensificar las acciones de vacunacion en los establecimientos de salud estableciendo 3 turnos de atencion, incluidos los dias domingos y feriados de modo que se garantice el acceso de la poblacion menor de 5 anos para completar los esquemas de vacunacion y de la poblacion objetivo para la vacunacion contra la Influenza. Articulo 8º.- La Direccion General de Salud de las Personas a traves de la Estrategia Sanitaria Nacional

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