Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2011 (26/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable del Ejercito y MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:

peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable del Ejercito del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nº 28899 - Ley que modifica la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, del MORDAZA de Infanteria MORDAZA MORDAZA de Souza MORDAZA del Ejercito de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de MORDAZA, para participar del "Curso Regular de Montana", a partir de 26 de MORDAZA hasta el 20 de noviembre de 2011. Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidenta del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de personal militar de paises de la Region, detallados a continuacion, del 21 al 26 de MORDAZA de 2011, para participar en el "V Encuentro Internacional de Derecho Humanitario y Derecho Militar", a desarrollarse en la MORDAZA de Lima:
1. 2. 3. 4. 5. 6. General de Brigada, Chi MORDAZA, Bra Capitan Fragata, Bra Capitan Corbeta, Bra Capitan Corbeta, Bra MORDAZA primero, Bra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAGUOLO POSSA ELEN RODRIGUES DA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA ROSANE MOREIRA RODRIGUES

MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 632364-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 361-2011-DE/SG MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nº 217 de fecha 19 de MORDAZA de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la "VIII Reunion de Estados Mayores entre la Armada de MORDAZA y la MORDAZA de MORDAZA del Peru" personal militar de MORDAZA, asistira a la ceremonia Civico-Patriotica al conmemorarse el 145º aniversario del " Combate MORDAZA del 2 de MORDAZA de 1866"; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nº 28899 - Ley que modifica la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 1 al 4 de MORDAZA de 2011, para participar en la ceremonia Civico-Patriotico al conmemorarse el 145º aniversario del "Combate MORDAZA del 2 de MORDAZA de 1866".

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 632364-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 360-2011-DE/SG MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 244 de fecha 19 de MORDAZA de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, la Escuela de MORDAZA del Ejercito del Peru, contara con la participacion de un Oficial alumno procedente del Ejercito de la Republica Federativa de Brasil, para participar del "Curso Regular de Montana"; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio

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