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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 8 de agosto de 2011 448171 Aprueban la Agenda Social Regional 2011 - 2015 ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2011-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, La Constitución Política del Perú, en su artículo 191º establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; - Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° precisa; la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; - Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el artículo 45° inciso a) confi ere las atribuciones de defi nir, normar, dirigir y gestionar sus políticas regionales y ejercer sus funciones generales y especifi cas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales. En el inciso b) del acotado artículo se le atribuye las funciones de elaborar y aprobar las normas de alcance regional, de diseñar políticas, prioridades, estrategias, programas, proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de la Descentralización. El artículo 60º inciso a) prescribe como función en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades el formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del gobierno nacional, los planes sectoriales (…); - Que, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 303-2011- GR.CAJ/P de fecha 23 de mayo del año dos mil once, aprueba las “Políticas Institucionales y Estrategias del Gobierno Regional Cajamarca - Periodo 2011-2014”; y prescribe en el artículo 2º, que las Gerencias Regionales elaboren sus políticas y programas específi cos en el marco de las políticas indicadas; - Que, mediante Dictamen Nº 017-2011-GR.CAJ-CR/ COAJ-CODESO, evacuado por la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos y Desarrollo Social de fecha 27 de junio del año 2011, se emite opinión favorable para la aprobación del Proyecto Ordenanza Regional “que aprueba la Agenda Social Regional 2011-2015”, proyecto remitido por el Presidente Regional Prof. Gregorio Santos Guerrero, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca en su Sesión Extraordinaria de fecha 12 de julio del año 2011; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GRCAJ-CR, por mayoría el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- APROBAR La Agenda Social Regional 2011- 2015, la misma que consta de IX Secciones, III Anexos, a sesenta y cuatro (64) folios. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y áreas competentes del Gobierno Regional Cajamarca la implementación y monitoreo, a fi n de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Tercero.- CONVOCAR a los Gobiernos Locales, según la normativa vigente, implementen y articulen sus acciones a fi n que la presente Ordenanza Regional sea incluida en sus planes de trabajo y en sus respectivas jurisdicciones territoriales. Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca la publicación y difusión de la presente Ordenanza Regional con la respectiva “Agenda Social Regional 2011-2015” en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe). Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil once. GREGORIO SANTOS GUERRERO Presidente Regional 673803-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican Ordenanza Nº 456-MSB que fija montos por derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios correspondientes al Ejercicio 2011 en el distrito de San Borja ACUERDO DE CONCEJO Nº 266 Lima, 14 de julio de 2011 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de julio del 2011, el Ofi cio Nº 01-090-00006192 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria – SAT sobre ratifi cación de la Ordenanza Nº 456-MSB que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2011 en el distrito de San Borja;y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24 de marzo de 2004, reguló el procedimiento para la ratifi cación de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación y observancia de la normatividad vigente aprobó la Ordenanza objeto de la ratifi cación remitiéndola con tal fi n a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la información y/o documentación sustentatoria respectiva, la que tiene carácter de Declaración Jurada según lo dispuesto por el Inc. b) del artículo segundo de la Ordenanza Nº 607-MML y, consecuentemente, el Servicio de Administración Tributaria-SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la información y/o documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital concluyendo según Informe Nº 4-181-00000305 22 de junio del 2011 que procede la ratifi cación de la mencionada Ordenanza por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto. De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº 132-2011-MML-CMAEO; ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 456-MSB que fi ja los montos por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2011 en el Distrito de San Borja, dado que cumple con las disposiciones técnicas y legales establecidas en el marco legal para su aprobación y vigencia. Artículo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como la del anexo que contiene el cuadro de la estructura de costos correspondiente, por lo que su aplicación sin la condición antes señalada es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad, la cual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria-SAT a