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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de agosto de 2011 448219 CONSIDERANDO: Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, en el marco del artículo 47º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se emitió la Resolución Directoral Nº 036-2009-EF/76.01 que aprobó la Directiva Nº 003-2009-EF/76.01 “Directiva para la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2009”, y la Resolución Directoral Nº 044-2008-EF/76.01 que aprobó la Directiva Nº 007-2008-EF/76.01 “Directiva para la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales”, esta última de carácter general y permanente; Que, asimismo, mediante la Resolución Directoral Nº 007-2011-EF/50.01 se dispuso que la Directiva Nº 003-2009-EF/76.01, antes mencionada, es aplicable a la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2011, aprobándose a su vez, los Anexos A y B para los plazos de evaluación respectivos; Que, resulta necesario modifi car y establecer, según sea el caso, los plazos vinculados al proceso de evaluación Semestral y Anual de los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, correspondiente al año fi scal 2011; Que, de otro lado, a fi n que en el registro y transmisión del proyecto de presupuesto y presupuesto institucional de apertura de los 1837 Gobiernos Locales se considere la aplicación de los programas presupuestales, así como de las nuevas estructuras programáticas y funcionales del gasto, se encuentra necesario establecer un nuevo plazo para dichas acciones reguladas en la Resolución Directoral Nº 002-2011-EF/50.01 y sus modifi catorias las Resoluciones Directorales Nºs. 004 y 008-2011- EF/50.01; Que, conforme al artículo 29º-A de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de compatibilización de la programación de caja de Ingresos y gastos con la real capacidad de fi nanciamiento, en el marco de la disciplina fi scal y el Marco Macroeconómico Multianual; Que, el numeral 9.1 del artículo 9º de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 dispone excepciones para la revisión y actualización de la PCA, siendo necesario establecer, hasta el 31 de diciembre de 2011, un mecanismo de aplicación inmediata de la PCA de los Gobiernos Locales, a fi n de fl exibilizar la disponibilidad de los recursos de dichos pliegos en la ejecución de acciones y proyectos que garanticen una efectiva respuesta de las municipalidades a las necesidades básicas de la población con oportunidad y calidad; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que las Municipalidades Distritales y Municipalidades Provinciales deben registrar y transmitir en el Aplicativo Informático “Módulo de Formulación Presupuestal de Gobiernos Locales” del SIAF–SP, la información presupuestaria del Proyecto de Presupuesto del año fi scal 2012 a más tardar el 11 de agosto de 2011; y, la información presupuestaria del Presupuesto Institucional de Apertura a más tardar el 15 de diciembre de 2011. Asimismo, las Municipalidades Distritales deben presentar a las Municipalidades Provinciales de su ámbito geográfi co su proyecto de presupuesto hasta el 15 de agosto de 2011. Artículo 2º.- Modifi car los Anexos de plazos para la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, aprobados mediante el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 007-2011-EF/50.01, y que serán publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Dichos Anexos contienen lo siguiente: a) Anexo A. Plazos para la fecha de corte en el Módulo SIAF-SP y de carga en el aplicativo Web, de la información registrada por las entidades en el aplicativo SIAF-MPP, de acuerdo a lo señalado en el inciso a) del numeral 3.2 del artículo 3º de la Directiva Nº 003-2009-EF/76.01. b) Anexo B. Plazos de registro y presentación de la Evaluación Presupuestaria 2011 de acuerdo al artículo 14º de la Directiva Nº 003-2009-EF/76.01. Artículo 3º.- Aprobar el Cuadro de Plazos para la Elaboración y Presentación de la Evaluación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2011, conforme a lo siguiente: CUADRO DE PLAZOS PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA EVALUACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS INSTITUCIONALES DE LOS GOBIERNOS LOCALES PARA EL AÑO FISCAL 2011 Evaluación Institucional Municipalidad Plazo máximo de Elaboración Fecha de Presentación Organismo de destino Semestral Municipalidad Distrital Hasta el 12 de agosto de 2011 Hasta el 14 de agosto de 2011 Municipalidad Provincial Municipalidad Provincial Hasta el 14 de agosto de 2011 Hasta el 19 de agosto de 2011 Dirección General de Presupuesto Público Anual Municipalidad Distrital Hasta el 12 de mayo de 2012 Hasta el 15 de mayo de 2012 Municipalidad Provincial Municipalidad Provincial Hasta el 15 de mayo de 2012 Hasta el 19 de mayo de 2012 Dirección General de Presupuesto Público Artículo 4º.- Establecer que las actualizaciones de la Programación de Compromisos Anual (PCA) que se realizan durante el trimestre, para los Gobiernos Locales se efectúan sobre la base del Presupuesto Institucional Modifi cado y las solicitudes realizadas a través del Módulo de Proceso Presupuestario de los Gobiernos Locales, hasta el 31 de diciembre de 2011. Para tal efecto, queda en suspenso lo señalado en el segundo párrafo del numeral 9.2 del artículo 9º de la Directiva Nº 003-2009- EF/76.01. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General (e) Dirección General de Presupuesto Público 675659-1 INTERIOR Aceptan renuncia de Director General de la Oficina de Defensa Nacional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0885-2011-IN Lima, 9 de agosto de 2011