Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2011 (13/08/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

448380

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de agosto de 2011

Provincial de Barranca con el MORDAZA UNANIME los Senores Regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE NOMENCLATURA DE VIAS Y NUMERACION DE PREDIOS EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO CAPITAL DE LA PROVINCIA DE BARRANCA Articulo 1º.- APROBAR, el Reglamento de Nomenclatura de Vias y Numeracion de Predios en la Jurisdiccion del Distrito Capital de la Provincia de Barranca, el cual consta de 50 Articulos y 3 Disposiciones Transitorias y 01 Disposicion Final. Articulo 2º.- DEJAR, sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Articulo 3º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- PUBLIQUESE la presente MORDAZA local en el Diario Oficial El Peruano, y sus anexos en el MORDAZA Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.go.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA Municipal, a los ocho dias del mes de junio del dos mil once. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial 673818-1

Amplian y/o integran Procedimientos Administrativos en el MORDAZA de la Municipalidad, relacionados a derechos de obras privadas cuando las empresas en telecomunicaciones expandan su infraestructura
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2011-AL/CPB EL MORDAZA DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO; En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 22 de Junio del 2011, en la Estacion Orden del Dia, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Amplia y/o Integra un procedimiento administrativo en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del ano 2011, de la Municipalidad Provincial de Barranca, referente a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, sobre derechos de obras publicas cuando las empresas en Telecomunicaciones expandan su Infraestructura. CONSIDERANDO: Que, el articulo 40º de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades en materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion administrativa, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, de acuerdo al Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el numeral 38.5 de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, asimismo el numeral 38.3 del mismo articulo 38° y su cuerpo normativo establece que el MORDAZA es publicado en el Diario Oficial El Peruano y en Diario Local.

Que, mediante Informe N° 0240-2011-MDGC-SGOPMPB., el Ing. MORDAZA MORDAZA Giron ­ Sub Gerente de Obras Privadas, refiere que teniendo en cuenta que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA vigente, solo cuenta con un procedimiento administrativo generico sobre Telecomunicaciones (N° 106), ante ello, se hace de conocimiento el proyecto de ordenanza que complementa al mencionado procedimiento de los cuales se desprenden 12 procedimientos, lo que conllevaran al mejor control y orden del uso de la via publica, corroborado mediante Memorandum N° 173-2011-GDUR-MPB. Que, conforme los informes citados los procedimientos a incorporar debidamente se sustentan con estudios de costos administrativos conforme lo dispone el articulo 36° de la Ley N° 27444 - del Procedimiento Administrativo General, MORDAZA si en el actual MORDAZA no se encuentra regulados dichos procedimientos en materia de Telecomunicaciones. Que, hace necesario que esta entidad MORDAZA cumpla con adecuarse a lo dispuesto en el Articulo 2° que define: a) quienes para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, poste, MORDAZA de comunicaciones; Articulo 3° sobre el ambito de aplicacion de la presente ley; Articulo 5° sobre el regimen de permisos y/o autorizaciones; Articulo 7° sobre el calculo de las tasas o derechos; Articulo 9° sobre las obligaciones de las concesiones de telecomunicaciones, articulos que forman parte de la Ley N° 29022 ­ Ley para la Expansion de la Infraestructura en Telecomunicaciones, conforme lo dispuesto y ampliada su vigencia mediante Ley N° 29432. Que, la Ley N° 29022 ­ Ley para la Expansion de la Infraestructura en Telecomunicaciones, ha sido reglamentada mediante Decreto Supremo N° 039-2097-MTC., definiendo en el articulo 2° los derechos que esta entidad MORDAZA puede regular como procedimiento a efectos que cualquier empre de telecomunicaciones solicite la autorizacion correspondiente y la conformidad y finalizacion de la ejecucion de la instalacion de infraestructura necesaria para la prestacion de los servicios de telecomunicaciones; asimismo, en el Titulo II del presente reglamento se regula en el Articulo 10° sobre la obligatoriedad de obtener las autorizaciones para la instalacion de infraestructura necesaria para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; en el Articulo 11 b) sobre la facultad que tiene la entidad a regular el procedimiento sobre la autorizacion de conformidad y finalizacion de la ejecucion de la instalacion de infraestructura necesaria para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; en el Articulo 12° se regula los requisitos de la autorizacion para la instalacion de la infraestructura necesaria para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones; en el Articulo 14° de la autorizacion de conformidad y finalizacion de la ejecucion de la instalacion de infraestructura necesaria para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; y por ultimo el Articulo 15° sobre las comunicaciones previas al mantenimiento de la estructura necesaria para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; todo ello corroborado con el Informe N° 025-2011-SGPOM-MPB., expedido por el Sr. MORDAZA Norena MORDAZA ­ Sub Gerente de Planeamiento, Organizacion y Metodos, al referir que los sub procedimientos a incluir en el item 106 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos , se encuentran elaborados bajo los parametros de la MORDAZA acotada, y el Informe Legal N° 916-2011-OAJ/MPB. Que, despues de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Articulo 9º, 39° y 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el MORDAZA MAYORITARIO de los Senores Regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE AMPLIA Y/O INTEGRA PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA, RELACIONADOS A DERECHOS DE OBRAS PRIVADAS CUANDO LAS EMPRESAS EN TELECOMUNICACIONES EXPANDAN SU INFRAESTRUCTURA. Articulo 1º.- AMPLIAR y/o INTEGRAR los procedimientos administrativos en el Texto Unico de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.