Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2011 (13/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

448376
CODIGO INFRACCION

NORMAS LEGALES
MONTO DE LA MULTA EN MEDIDA PROPORCION A COMPLEMENTARIA LA UIT VIGENTE 0.40 1.00 Retencion del animal 1.00 Clausura temporal y/ o clausura definitiva

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de agosto de 2011

Por permitir el ingreso de animales a 09 - 108 las areas asignadas para la fabricacion, manipulacion y/o comercio de alimentos. 09 - 109 Por participar, organizar, promover o difundir peleas de animales.

Por causar actos de violencia contra los 09 - 110 animales. Por asumir una actitud irresponsable frente a la crianza de animales 09 - 111 (no darles alimentos, maltratarlos, tenerlos encadenados, atados u otros vejamenes,), vulnerando sus derechos. 09 - 112 Por adiestrar o entrenar animales para peleas Por abrir o conducir Centros de Adiestramiento o Comercializacion de animales, omitiendo los requisitos exigidos por la normatividad pertinente.

1.00

Retencion del animal

1.00 1.00 1.00

Retencion del animal Retencion del animal Clausura temporal y/ o clausura definitiva

09 - 113 Por abandonar animales en el distrito. 09 - 114

Tercera.- Encarguese a las Gerencias de Desarrollo Humano, y de Autorizacion y Control, y a las Subgerencias de Fiscalizacion y Control, Comercializacion, y de Salud y Bienestar Social, realizar las acciones segun sus respectivas competencias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- Incorporar a la Tabla del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, aprobada por la Ordenanza Nº 148, Regimen de Aplicaciones de Sanciones Administrativas de la municipalidad, las infracciones y sanciones administrativas establecidas en el Titulo I del Capitulo III de la presente Ordenanza. Quinta.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial El Peruano; y, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicacion en el MORDAZA institucional de la municipalidad (www.miraflores.gob.pe). Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

Por conducir Centros de Adiestramiento 09 - 115 que entrenan o adiestran animales para acrecentar o reforzar su agresividad. 09 - 116 Por abrir Criaderos y/o Alberges de animales no autorizados.

1.00 1.00 1.00 1.00 1.00

Clausura definitiva Clausura definitiva Retencion del animal Retencion del animal

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 676787-1

Por comercializar animales en la via 09 - 117 publica. 09 - 118 Por reincidir en infracciones consideradas como graves y muy graves.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban reestructuracion organica, el Reglamento de Organizacion y Funciones y la Estructura Organica de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 396-MSS MORDAZA de MORDAZA, 11 de agosto del 2011 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 038-2011-CGMCAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, la Carta Nº 2922-2011-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 843-2011-GMMSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 300-2011GPP-MSS, el Informe Nº 079-2011-SGPLAE-MSS, el Informe Nº 775-2011-GAJ-MSS, mediante los cuales la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Subgerencia de Planeamiento y Estadistica y la Gerencia de Asesoria Juridica respectivamente, emiten los sustentos tecnicos y legales sobre la reestructuracion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF y Estructura Organica de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de Gestion del Estado, se declara el Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por

Por causar la muerte de un animal 09 - 119 por medios crueles y/o con fines innecesarios. 09 - 120 Por evadir la responsabilidad generada por los danos que ocasiona el animal a otras personas, animales o a la propiedad privada.

1.00

Retencion del animal

Articulo 31.Retencion como medida complementaria.- Mientras no se pague la multa, o se subsanen las causas que generaron la infraccion, siempre que las infracciones MORDAZA graves o muy graves, el animal sera retenido hasta por un MORDAZA de treinta (30) dias y se cobrara una tasa diaria por concepto de mantenimiento del animal. La graduacion de la sancion tendra en cuenta el peligro ocasionado, la reincidencia, y el beneficio economico que se pretende obtener al cometer la infraccion. Articulo 32.- Aplicacion de Infracciones.- La unidad organica de la municipalidad competente para fiscalizar, imponer las sanciones e infracciones dispuestas en el presente Titulo, asi como resolver en primera instancia los recursos que se deriven de la aplicacion de estas, es la Subgerencia de Fiscalizacion y Control. En caso de continuidad y/o reincidencia de la conducta infractora y cuando esta constituya un peligro o riesgo para la salud, seguridad y/o tranquilidad publica, la Subgerencia de Fiscalizacion y Control, aplicara la sancion complementaria de clausura definitiva segun el caso. La responsabilidad administrativa es independiente de la responsabilidad civil o penal que puede derivarse de los hechos materia de la infraccion. TITULO II DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Los propietarios o poseedores de canes cuyas razas MORDAZA, de acuerdo con la presente Ordenanza y la normatividad pertinente, potencialmente peligrosas, tendran un plazo MORDAZA y perentorio de treinta (30) dias para realizar los tramites de autorizacion y registros regulados por la presente Ordenanza, bajo apercibimiento de la aplicacion de la sancion respectiva. Segunda.- Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 172, de fecha 20 de octubre de 2004, asi como todas las disposiciones que se opongan a lo establecido por la presente Ordenanza.

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