Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2011 (13/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de agosto de 2011

Estadistica, emite opinion tecnica favorable respecto al "Plan Estrategico de Gobierno Electronico", senalando que de la revision de su contenido, se puede determinar que su cumplimiento contribuye con la optimizacion y maximizacion del uso de los recursos publicos de esta municipalidad de conformidad con lo dispuesto en la normativa de racionalidad, disciplina y calidad en el gasto publico, dispuesta para dicho efecto; Que, mediante Memorando Nº 298-2011-GPPMSS del 05.08.2011, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, senala que la presente propuesta de Plan, se constituye como instrumento de buenas practicas que conforme al articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 061-2011-PCM publicada con fecha 18.02.2011, debe ser remitido debidamente aprobado a mas tardar dentro de los 120 dias habiles siguientes a la entrada en vigencia de la citada Resolucion, emitiendo opinion favorable por la aprobacion de la presente propuesta de "Plan Estrategico de Gobierno Electronico"; Que, con Informe Nº 771-2011-GAJ-MSS del 08.08.2011, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que, de la revision del Plan Estrategico de Gobierno Electronico de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA 2011-2014, aprecia que este contiene la mision y vision, ubicacion estructural, asi como la situacion actual de los recursos humanos y recursos informaticos, el alineamiento de los objetivos con el Plan Estrategico Institucional, la definicion de estrategias para el logro de las metas del plan operativo informatico y conclusiones. Agrega ademas que, que el indicado Plan se encuentra acorde con los alcances previstos por el Plan Estrategico Informatico de las entidades de la Administracion Publica para el ano 2011, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 061-2011-PCM, siendo que la aprobacion del Plan de los Gobiernos Locales corresponde a la MORDAZA autoridad de la entidad, en este caso, el Concejo Municipal. En tal sentido, concluye opinando por la procedencia de la aprobacion de la presente propuesta de "Plan Estrategico de Gobierno Electronico", a efectos de dar cumplimiento al indicado dispositivo legal, para lo cual debera emitirse el Acuerdo de Concejo correspondiente; Que, mediante Memorandum Nº 844-2011-GM-MSS del 08.08.2011, la Gerencia Municipal emite opinion favorable a la propuesta de Plan Estrategico de Gobierno Electronico de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA 2011-2014, remitiendo el mismo para su elevacion al Concejo Municipal, para su aprobacion conforme a sus facultades; Estando al Dictamen Conjunto Nº 039-2011-CGM-CAJMSS de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, al Informe Nº 771-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad con el Articulo 9º, numeral 16) de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; el Concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Estrategico de Gobierno Electronico de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA 2011 ­ 2014, conforme al texto que en Anexo I, forma parte integrante del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General, la remision del Plan Estrategico mencionado en el articulo precedente, a la Oficina Nacional de Gobierno Electronico de la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de los plazos previstos. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Sistemas y Procesos y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento del presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 677154-2

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Prorrogan plazo establecido en la Ordenanza Nº 128/MVMT que suspendio el otorgamiento de autorizaciones y/o licencias para el servicio de transporte de pasajeros en vehiculos menores y la inscripcion de nuevas empresas de transporte de vehiculos menores
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2011-MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 9 de agosto del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO Visto, el Informe Nº 024-2011-GSCYT/MVMT de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y MORDAZA, el Informe N° 015-2011/SGTSV-GSCYT-MVMT de la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial y el Informe Nº 186-2011GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoria Juridica, en el que se plantea la prorroga y/o ampliacion por seis meses del plazo establecido en la Ordenanza N° 128/MVMT; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe N° 015-2011/SGTSV-GSCYTMVMT, la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, se senala que a la fecha se tiene un 63% de empresas reempadronadas (40 empresas); siete empresas debidamente evaluadas (constatacion de caracteristicas de vehiculos menores) faltando aun continuar con las empresas que han sido reempadronadas; no se cuenta todavia con un deposito municipal de vehiculos menores para una debida fiscalizacion y sancion, estando el mismo a un 80% de su implementacion; por lo que solicita la prorroga del plazo establecido en la Ordenanza N° 128/ MVMT; Que, mediante Informe N° 024-2011-GSCYT/MVMT, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y MORDAZA ha senalado que estando a las consideraciones senaladas por la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial y para una desenvolvimiento de la misma, solicita la prorroga y/ o ampliacion del plazo establecido en la Ordenanza 128/ MVMT por un lapso de seis meses, conforme se especifica en el articulo tercero de la ordenanza MORDAZA mencionada, sin perjuicio de que se continue con las acciones de su competencia; Que, el Informe N° 186-2011-GAJ/MVMT, la Gerencia de Asesoria Juridica ha opinado en el sentido de que estando a lo expuesto en los informes MORDAZA mencionados, se sustenta la necesidad de prorrogar los alcances de la Ordenanza 128/MVMT de fecha 14 de febrero del 2011, publicada el 16 de febrero del 2011 en el Diario Oficial El Peruano, ello en virtud a lo dispuesto en el articulo tercero de dicha disposicion, el mismo que autoriza a la Alcaldia que mediante Decreto de Alcaldia se pueda prorrogar y/o ampliar el plazo precisado en el articulo primero de la mencionada Ordenanza, dado que es competencia y atribucion de la Alcaldia de acuerdo a lo prescrito en el inciso 6) del articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades - 27972, situacion que es concordante con lo dispuesto en los articulos 42° y 44° inciso 1) de la mencionada Ley Organica, razon por la que, para la vigencia del citada Decreto de Alcaldia debera procederse a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru modificado por el articulo unico de la Ley N° 28607, establece que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972 y, que dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de

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