Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2011 (14/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

448421

2011-MSB-GM-GDU-UOP de fecha 06.05.2011 de la Unidad de Obras Privadas de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe N° 52-2011-MSB-GAF de fecha 08.06.2011 de la Unidad de Contabilidad de la Gerencia de Administracion y Finanzas, y el Informe N° 577-2011-MSB-GAJ de fecha 14.07.2011 de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, en el articulo II de su Titulo Preliminar, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; disposicion que es concordante con lo normado en la Constitucion Politica del Peru, que dispone en su articulo 194º, que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; disponiendo, asimismo, que dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, de acuerdo al Informe N° 022-2011-MSB-GPEUR/GIC de fecha 24.06.2011 el especialista de la Unidad de Racionalizacion de la Gerencia de Planificacion Estrategica, luego del analisis efectuado con ocasion del MORDAZA de actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ TUPA; senala que mediante el Memorandum Circular N° 13-2011-MSB-GM la Gerencia Municipal dispuso la actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos- TUPA; en funcion a ello, se consolido la informacion enviada por los Organos y Unidades Organicas en el instrumento de gestion modificado y tambien refiere que la Unidad de Obras Privadas de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA mediante Informe N° 250-2011-MSBGM-GDU-UOP de fecha 06.05.2011, remite su propuesta de modificatoria acogiendo lo establecido en la Ley N° 29566, Ley que modifica diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversion y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias; Que, asimismo, refiere que mediante Informe N° 52-2011-MSB-GAF, la Unidad de Contabilidad sugiere que, "el MORDAZA no sea modificado aun y se proceda con un trabajo adecuadamente planificado entre las areas involucradas en su elaboracion, a la implementacion de Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, que establece la nueva metodologia de determinacion del costo del MORDAZA y que se programe su ingreso a la SAT el 02.01.2012", por lo que senala que, dado que la presente modificacion del MORDAZA no implica la creacion de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitacion, ni requisitos, se sugiere aprobar la modificacion del MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia, en aplicacion del articulo 38° numeral 38.5 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, adjuntando el proyecto de MORDAZA actualizado para su revision; Que, el especialista de la Unidad de Obras Publicas e Infraestructura Menor de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA mediante Informe N°39-2011-GM-GDU-UOPIM/JLD, de fecha 06.05.2011, remite el proyecto de MORDAZA 2011 de la Unidad de Obras Publicas e Infraestructura Menor, teniendo en cuenta las ultimas normas MORDAZA dentro del MORDAZA de la "Modernizacion del Estado"; que mediante Informe N° 187-2011-MSB-GM-GDU-UOPIM, de fecha 06.05.2011, se senala que se han efectuado las correcciones e innovaciones respectivas; Que, mediante Informe N° 081-2011-SB-GPE-UR de fecha 24.06.2011, la Unidad de Racionalizacion, corrobora el Informe N° 52-2011-MSB-GAF y remite el proyecto modificatorio del MORDAZA institucional para su aprobacion mediante Decreto de Alcaldia; Que, mediante Memorandum N° 164-2011-MSB-GMGPE de fecha 27.06.2011 de la Gerencia de Planificacion Estrategica, se remiten los actuados para opinion de la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, mediante Informe N° 577-2011-MSB-GAJ de fecha 14.07.2011, la Gerencia de Asesoria Juridica, indica que la Gerencia de Desarrollo MORDAZA plantea su modificacion en razon de la dacion de la Ley N° 29566, la misma que es de observancia obligatoria por esta corporacion municipal; Que, senala, entre otros, que el numeral 36.1 del articulo 36° de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, establece que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el TUPA.

Que, el articulo 38° inciso 5) de la acotada Ley, senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, como el caso de la modificacion propuesta por la Unidad de Racionalizacion a traves de la Gerencia de Planificacion Estrategica, mediante la cual se esta mas bien eliminando procedimientos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del sector, MORDAZA regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA, conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo. Que, refiere igualmente que el numeral 38.3 de la precitada Ley, senala que para el caso de los gobiernos locales el MORDAZA es publicado en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­PSCE, y en el MORDAZA Institucional, opinando porque resulta favorable la emision del Decreto de Alcaldia pertinente; Que, conforme lo establece el numeral 3° del articulo 36° y numeral 5° del articulo 38° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, las disposiciones concernientes a la eliminacion de los procedimientos, requisitos o la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Decreto de Alcaldia; Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Gerencia de Planificacion Estrategica, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Fiscalizacion y Autorizaciones Comerciales, Gerencia de Rentas, Gerencia de Desarrollo Economico y de la MORDAZA, Gerencia de Participacion Vecinal, Gerencia Municipal y Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a lo establecido en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N°27972. DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER la modificacion de los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­TUPA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, conforme al cuadro anexo al presente Decreto de Alcaldia en 69 folios. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Gerencias y Unidades Organicas en razon de los procedimientos administrativos a su cargo, que son materia de la presente modificatoria del TUPA. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente decreto en el Diario Oficial "El Peruano", asi como el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­TUPA modificado en el MORDAZA Web de la Municipalidad (www.msb. gob.pe), en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresa (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

676972-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban Ordenanza que regula el funcionamiento de establecimientos que comercializan repuestos, autopartes y/o brindan servicios de reparacion y mantenimiento de vehiculos automotrices
ORDENANZA Nº 395 -MSS
MORDAZA de MORDAZA, 11 de agosto 2011 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 013-2011-CDL-CAJMSS de la Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos

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