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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de agosto de 2011 448411 de Procesos Electorales - ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares, y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que, en atención a lo previsto en el literal c) del artículo 5° de la Ley Orgánica de la ONPE, Nº 26487, es función de este organismo electoral planifi car, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente; Que, mediante Decreto Supremo N° 024-2011-PCM, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 19 de marzo de 2011, el Presidente de la República convocó a las Elecciones Municipales para el día domingo 20 de noviembre de 2011, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores, de los concejos de los distritos de Cosme de la provincia de Churcampa del departamento de Huancavelica; de Yacus de la provincia de Huánuco, del departamento de Huánuco; Constitución de la provincia de Oxapampa, del departamento de Pasco y Samugari de la provincia de La Mar, del departamento de Ayacucho, que por su reciente creación no participaron en las Elecciones Municipales del año 2010; Que, asimismo mediante Decreto Supremo N° 072- 2011-PCM, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 4 de agosto de 2011, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias para el día domingo 20 de noviembre de 2011, con la fi nalidad de elegir alcalde y regidores, del concejo distrital de Huacachi de la provincia de Huari, del departamento de Ancash, al haber declarado el Jurado Nacional de Elecciones la nulidad de los comicios realizados en dicha localidad el 3 de julio de 2011; Que, según lo dispuesto por el artículo 165° de la Ley Orgánica de Elecciones: ” (…) El diseño y el procedimiento de ubicación de las candidaturas o símbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de partidos políticos, organizaciones políticas, agrupaciones independientes y candidatos dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de la inscripción de candidaturas. La ubicación de las candidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público”; Que, adicionalmente al procedimiento antes mencionado, el Jurado Nacional de Elecciones, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2002, a propósito de un recurso de nulidad interpuesto por la organización política local “Ahora Desarrollo Organización Responsabilidad y Apertura – D.O.R.A.”, emitió la Resolución N° 314-2002-JNE publicada en el diario ofi cial El Peruano el 30 de agosto de 2002, disponiendo que “la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, realice un primer sorteo a nivel nacional para la ubicación de los bloques en la cédula de sufragio; y, posteriormente, se realice el sorteo para la ubicación de los símbolos o números en cada bloque”; sin establecer la fecha en que debía realizarse el primer sorteo de los bloques de organizaciones políticas; Que, teniendo en cuenta los argumentos expuestos, la Gerencia de Gestión Electoral, con el informe de vistos, ha propuesto el procedimiento para el sorteo de ubicación de los bloques de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio a utilizarse en las Elecciones Municipales y las Elecciones Municipales Complementarias 2011; De conformidad con lo dispuesto en los incisos c) y h) del artículo 5° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; así como en los literales j) y cc) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modifi cado mediante Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ONPE, respectivamente; y con el visado de la Secretaría General, de la Gerencia de Gestión Electoral, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “Procedimiento para el sorteo de ubicación de bloques de las Organizaciones Políticas en la cédula de sufragio correspondiente a las Elecciones Municipales y Elecciones Municipales Complementarias 2011”, el cual consta de siete artículos, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, y de los personeros de las organizaciones políticas participantes, el contenido de la presente resolución. Artículo Tercero.- Publicar el contenido de la presente resolución y su anexo en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional, www.onpe.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN DURAND PARDO Jefe (e) ANEXO PROCEDIMIENTO PARA EL SORTEO DE UBICACIÓN DE BLOQUES DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS EN LA CÉDULA DE SUFRAGIO CORRESPONDIENTE A LAS ELECCIONES MUNICIPALES Y ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2011 Artículo 1º.- Sede del sorteo El sorteo se llevará a cabo en la sede central de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, estando a cargo de la Ofi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional. Artículo 2º.- Actos previos Previamente al sorteo, la Ofi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional confi rmará la FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL